Guía de procedimientos y servicios

IF312A

Pruebas de constatación de la competencia profesional para el desempeño de las funciones de gestor de transporte.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2026 - Plazo abierto: 14/11/2025 00:00 - 21/01/2026 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento

Se convocan, para el año 2026, las pruebas de constatación de la competencia profesional para el desempeño de las funciones de gestor de transporte en empresas de transporte por carretera, tanto en su modalidad de mercancías como en la de personas viajeras, que tendrán lugar en la Comunidad Autónoma de Galicia de acuerdo con el calendario y demás condiciones previstas en esta resolución.

Personas aspirantes a gestor de transporte.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Dirección Xeral de Mobilidade

Subdirección Xeral de Ordenación do Transporte

Servizo de Ordenación do Transporte Regular de Viaxeiros

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881995053/ 981544375

Email: formacion.transportes@xunta.es

https://conselleriadepresidencia.xunta.gal/formacion/xestor-transporte/exame

Dirección Xeral de Mobilidade
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: ABIERTO

14/11/2025 00:00 - 21/01/2026 23:59

22/01/2026 00:00 - 15/04/2026 23:59

16/04/2026 00:00 - 13/07/2026 23:59

14/07/2026 00:00 - 09/10/2026 23:59

En el año 2026, las personas interesadas dispondrán de hasta cuatro llamamientos para la realización del correspondiente examen. Los ejercicios tendrán lugar en los períodos comprendidos entre:

Primer período: entre el 23 de febrero y el 31 de marzo de 2026, para aquellos aspirantes que soliciten realizar el examen en las fechas comprendidas entre el día de la apertura del plazo para presentar la solicitud, que será a partir del siguiente al de publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia, y el 21 de enero de 2026.

Segundo período: entre el 18 de mayo y el 30 de junio de 2026, para aquellas personas aspirantes que soliciten realizar el examen en las fechas comprendidas entre el 22 de enero y el 15 de abril de 2026.

Tercer período: entre el 31 de agosto y el 30 de septiembre de 2026, para aquellas personas aspirantes que soliciten realizar el examen en las fechas comprendidas entre el día 16 de abril y el 13 de julio de 2026.

Cuarto período: entre el 10 de noviembre y el 18 de diciembre de 2026, para aquellas personas aspirantes que soliciten realizar el examen en las fechas comprendidas entre el día 14 de julio y el 9 de octubre de 2026.

Las personas aspirantes que cumplan los requisitos para acceder a las pruebas podrán presentarse a la modalidad de gestor de transporte para empresas de transporte de mercancías por carretera y a la de gestor de transporte para empresas de transporte de personas viajeras por carretera, o solo a una de ellas. Las personas aspirantes que estén interesadas en presentarse a ambas modalidades deberán presentar una solicitud por cada modalidad, debiendo abonar las tasas correspondientes de acuerdo con lo establecido en el apartado 10 de la presente resolución.

En aplicación de lo dispuesto en el artículo 8, apartados 1 y 2, del Reglamento (CE) 1071/2009, y de acuerdo con lo que establece el apartado 4 del anexo II del Real decreto 1211/1990, para poder participar en las pruebas de gestor de transporte, la persona aspirante deberá cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar en posesión de alguno de los siguientes títulos de formación en el momento de presentar la solicitud:

– Título de bachiller o equivalente.

– Título de técnico, acreditativo de superar las enseñanzas de una formación profesional de grado medio, sea cual sea la profesión a la que se encuentre referido.

– Título de técnico superior, acreditativo de haber superado las enseñanzas de una formación profesional de grado superior, sea cual sea la profesión a la que se encuentre referido.

– Cualquier título acreditativo de superar unas enseñanzas universitarias de grado o postgrado.

b) Tener residencia habitual en Galicia.

A tal efecto, se entenderá por residencia habitual en Galicia cuando conste su domicilio en Galicia en el momento de presentar la solicitud y, al menos, durante 185 días naturales en el último año, contados desde la finalización del plazo de presentación de solicitudes para concurrir a las pruebas.

Solo se admitirá que el domicilio no conste en Galicia, a los efectos de la realización del examen, cuando la persona aspirante acredite que, sin cumplir el requisito del apartado anterior, se vio obligada por razones familiares o profesionales a cambiar su residencia en Galicia; no obstante, no se entenderá cumplida esta exigencia ni cuando se trate de estancias temporales en una localidad para la realización de una actividad de duración determinada, ni cuando se trate de supuestos de asistencia a una universidad, escuela o centro docente.

  • Inscripción en las pruebas para la obtención y/o renovación de la competencia profesional para la actividad de transporte ( 31.01.20)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Solicitudes para la inscripción en las pruebas

1. De acuerdo con lo que establece el artículo 56 de la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres, el artículo 51, apartados 1 y 2, del Real decreto 1211/1990, de 28 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley de ordenación de los transportes terrestres, y lo dispuesto en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal, con el código IF312A (anexo I).

2. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la enmienda.

3. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria

1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud de inscripción en las pruebas, procedimiento IF312A, la siguiente documentación:

a) Documentación justificativa del pago de las tasas administrativas devengadas por la tramitación de la solicitud, excepto que sea aplicable alguna exención legal (código de la tasa 31.01.20).

Dicho justificante se genera automáticamente al realizar el pago a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

b) Documentación justificativa de padecer una discapacidad, en caso de que el órgano que reconoce la discapacidad no dependa de la Xunta de Galicia.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de los procedimientos IF312A e IF312B se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

• DNI/NIE de la persona solicitante.

• DNI/NIE de la persona representante.

2. Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada marque en la solicitud la casilla correspondiente para señalar las circunstancias que le sean de aplicación:

• Certificado de discapacidad expedido por la Xunta de Galicia.

• Inscripción como demandante de empleo.

• Prestaciones o subsidios por desempleo que se perciban.

• Títulos oficiales no universitarios.

• Títulos oficiales universitarios.

• Certificado de residencia con fecha de la última variación padronal de la persona solicitante.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 29 de octubre de 2025, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convocan para el año 2026 las pruebas de constatación de la competencia profesional para el desempeño de las funciones de gestor de transporte en empresas de transporte por carretera (DOG nº 220 de 13 de noviembre de 2025).

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