Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
IF310A - Pruebas dirigidas a la obtención del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril.
Las pruebas para obtener el certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas, tanto en la modalidad de carretera como en la de ferrocarril.
Aquellas personas que aspiren a obtener por vez primera el certificado.
1. La estructura de los ejercicios y su forma de cualificación serán las establecidas en la Orden FOM/605/2004, de 27 de febrero, de capacitación profesional de los consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera, por ferrocarril o por vía navegable (BOE número 59, de 9 de marzo de 2004).
2. La prueba que deben superar las personas aspirantes en la modalidad de obtención del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas consta de dos ejercicios:
a) El primero de ellos consistirá en responder a 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una es correcta.
Cada respuesta acertada se valorará con 2 puntos y será preciso conseguir un mínimo de 50 puntos para superar el ejercicio. Las respuestas erróneas o en blanco no tendrán penalización.
Las personas aspirantes no podrán consultar textos normativos ni emplear máquina calculadora para realizar este ejercicio, y dispondrán para hacerlo de, como máximo, 60 minutos.
b) El segundo ejercicio consistirá en realizar estudios o supuestos sobre las tareas y deberes que deberá realizar y/o cumplir el consejero, con referencia al ámbito del modo del transporte y a la especialidad correspondiente. Este ejercicio podrá responderse mediante una explicación escrita o mediante la selección de la respuesta correcta entre varias indicadas por el tribunal.
Este ejercicio se puntuará entre 0 y 100 puntos y será necesario conseguir un mínimo de 50 para superarlo.
Las personas aspirantes podrán consultar textos normativos en formato papel para realizar este ejercicio, siempre que en ellos no figuren comentarios o resolución de casos prácticos. Asimismo, podrán ir provistos de máquina calculadora sin memoria RAM para efectuar las operaciones matemáticas que cumplan. No se admitirá el empleo de tablets ni de teléfonos móviles.
Para realizar este ejercicio las personas aspirantes dispondrán, como máximo, de 60 minutos.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Dirección Xeral de Mobilidade
Subdirección Xeral de Inspección do Transporte
Servizo de Inspección
Edificio Administrativo San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544554/ 981544573
Email: control-transportes@xunta.gal
Dirección Xeral de Mobilidade
Resolución de 5 de julio de 2024, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convoca la realización de las pruebas dirigidas a la obtención y renovación del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril (códigos IF310A, IF310B e IF310C) (DOG nº 142 del 23 de julio de 2024).
Plazo de presentación: CERRADO
24/07/2024 00:00 - 23/08/2024 23:59
El plazo de presentación de solicitudes para participar en las pruebas será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.
Este procedimiento está sujeto al pago de una tasa. A continuación se muestra el listado de tasas aplicables:
- Inscripción en las pruebas para la obtención y/o renovación de la competencia profesional para la actividad de transporte (Código tasa: 31.01.20)
Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.
Solicitudes .
1. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas para obtener el certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad se ajustarán al modelo normalizado que se recoge como anexo II de esta resolución, y que estará disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) con el código IF310A.
2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluído el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Lo contenido en este apartado también es de aplicación para la solicitud del anexo IV.
3. La no presentación de la solicitud y el no pago de la tasa en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante; igualmente, la consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación presentada por las personas aspirantes dará lugar a su exclusión, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.
4. Las notificaciones de resoluciones y actos administrativos se practicarán preferentemente por medios electrónicos. Las personas interesadas podrán decidir y comunicar en cualquier momento que las notificaciones sucesivas se practiquen o se dejen de practicar por medios electrónicos mediante los modelos normalizados disponibles.
La persona interesada deberá manifestar expresamente la modalidad escogida para la notificación (electrónica o papel) en el formulario.
En el supuesto de optar por la notificación en papel se practicará la notificación según lo establecido en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
De conformidad con el artículo 45.2 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, las notificaciones electrónicas se practicarán mediante la comparecencia en la sede electrónica de la Xunta de Galicia y a través del Sistema de notificación electrónica de Galicia-Notifica.gal. Este sistema remitirá a las personas interesadas avisos de la puesta a disposición de las notificaciones a la cuenta de correo y/o teléfono móvil que consten en la solicitud. Estos avisos no tendrán, en ningún caso, efectos de notificación practicada y su falta no impedirá que la notificación sea considerada plenamente válida.
Las notificaciones por medios electrónicos se entenderán practicadas en el momento en el que se produzca el acceso a su contenido, y se entenderá rechazada cuando transcurran diez días naturales desde la puesta a disposición de la notificación sin que se acceda a su contenido.
Si el envío de la notificación electrónica no fuese posible por problemas técnicos, se practicará la notificación por los medios previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:
Justificante de pago de la tasa (código 31.01.20), excepto que el pago de la tasa se inicie y finalice electrónicamente a través de la sede electrónica, en este caso no es necesario adjuntar dicho justificante en los procedimientos IF310A y IF310B.
Certificado de discapacidad emitido por otra Administración distinta de la Xunta de Galicia.
2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquier lugar y registro establecido en la normativa reguladora del procedimiento.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias adjuntadas por la persona interesada, para lo que podrán adquirir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de estos procedimientos ( IF310A e IF310B) se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga su consulta:
a) DNI/NIE de la persona solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
Se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) Certificado de discapacidad emitido por la Xunta de Galicia.
b) Estar inscrito como demandante de empleo con fecha concreta.
c) Importes de la prestación de desempleo percibidos a fecha actual.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de dichos datos se podrá solicitar a las personas interesadas, la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes .
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar estos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Derechos de examen .
1. De conformidad con la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacción reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, para acceder a estas pruebas deberá abonarse, en concepto de tasas por derechos de examen, la cantidad de veintisiete con treinta y un euros (27,31 €), por cada una de las modalidades de prueba y especialidades a las que la persona solicitante se presente, en los procedimientos IF310A y IF310B.
2. El ingreso de la/las tasa/s se efectuará en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios por la Comunidad Autónoma de Galicia; a tal fin, las personas aspirantes tendrán que emplear los impresos de autoliquidación oficiales, que se podrán obtener en los servicios centrales de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes o de la Dirección General de Movilidad, en los Servicios de Movilidad de cada provincia, o en los departamentos territoriales de la consellería.
Los impresos de autoliquidación se cubrirán indicando los siguientes códigos:
– Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes: código: 04.
– Delegación de Servicios Centrales: código: 13.
– Servicio de Movilidad: código: 26.
– Denominación: inscripción en las pruebas para la cualificación como conselleiros de seguridad: código: 31 01 20.
3. Asimismo, el ingreso de la/las tasa/s podrá hacerse en línea, a través de la Oficina Virtual Tributaria disponible en la web de la Consellería de Hacienda (www.conselleriadefacenda.es), indicando al efecto los mismos códigos señalados en el punto anterior.
4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.5 la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, quedan exentos del abono de tasas por derechos de examen las personas que figuren como demandantes de empleo desde al menos seis meses antes a la fecha de convocatoria de las pruebas en las que soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Contra la resolución de este procedimiento podrá interponerse recurso a través de "IF321C. Recurso en materia de movilidad"
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Pruebas dirigidas a la renovación del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancias peligrosas por carretera y por ferrocarril.
Devolución de las tasas de derechos de examen de las pruebas dirigidas a la obtención y renovación del certificado de consejeros de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril.
Pruebas de constatación de la calificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros por carretera.
Devolución de las tasas de derechos de examen de las pruebas de constatación de la cualificación inicial para el ejercicio de la actividad de conductor/a profesional de determinados vehículos destinados al transporte de mercancías o de viajeros/as por carretera.