Guía de procedimientos y servicios
Ir á sección pai
Detalle procedemento
BS304A
Cesión del uso de las instalaciones juveniles de la administración gallega para la realización de programas de ocio educativo y de tiempo libre.
Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong, Ciudadanos, Entidades locales
Consellería de Cultura, Lengua y Juventud
La Consellería de Cultura, Lengua y Juventud convoca el procedimiento de concesión de uso de sus sus instalaciones juveniles dentro de la programación de la Campaña de verano 2025, para el desarrollo de programas de ocio y tiempo libre, sin ánimo de lucro, dirigidas a la juventud en los términos que se establecen en esta orden y de acuerdo con la distribución de plazas que se recoge en el anexo I.
Podrán solicitar el uso de las instalaciones de referencia:
a) Las asociaciones juveniles, las entidades prestadoras de servicios a la juventud y las escuelas de tiempo libre, debidamente constituidas y legalizadas.
b) Los consejos locales y municipales de juventud.
c) Las corporaciones locales.
d) Otras entidades públicas o privadas debidamente constituidas que realicen actividades con la juventud.
e) Los grupos de personas jóvenes no asociadas que organicen actividades de tiempo libre sin ánimo de lucro y, en todo caso, para la realización de un programa de actividades para un mínimo de 15 personas. Una persona integrante del grupo asumirá el papel de representante de este y con poderes suficientes para cumplir las obligaciones que, como destinatario, le corresponden al grupo y, en consecuencia, a todas las personas que lo forman. Será necesario que el grupo tenga una denominación que lo identifique.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Xeral de Xuventude
Instituto da Xuventude de Galicia
Edificio Administrativo San Lázaro, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881999025/ 981540122
Email: instituto.xuventude@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude da Coruña
Servizo de Xuventude e Voluntariado da Coruña
Espazo Amizar, Gregorio Hernández, nº 2-4,
15011 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 881881238/ 881881240/ 881881241
Email: xuventudecoruna.benestar@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Lugo
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Lugo
Ronda da Muralla, nº 70
27001 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294224/ 982294599
Email: xuventudelugo@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Ourense
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Ourense
Celso Emilio Ferreiro, nº 27
32004 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386120/ 988386117
Email: servicio.xuventude.ourense@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Pontevedra
Servizo de Xuventude e Voluntariado de Vigo
Rúa Concepción Arenal, nº 8
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817078/ 986817079
Email: xuventude.voluntariado.vigo@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
02/05/2025 00:00 - 12/05/2025 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de 7 días hábiles, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Solicitudes.
1. De acuerdo con lo establecido en los apartados 2 y 3 del artículo 14 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, y del artículo 10.2 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
2. En el caso de la solicitud de instalaciones para el desarrollo de actividades de tiempo libre, en el número de plazas solicitadas por las entidades y/o grupos relacionados en el artículo 3 se incluirán las correspondientes a las personas integrantes del equipo de animación y cualquier otra, relacionada con la entidad o grupo, que vaya a estar en la instalación durante el período solicitado.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) NIF de la entidad solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
2. Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) Inscripción en el Registro de Entidades Juveniles de la Dirección General de Juventud.
b) Inscripción en el Registro de Entidades Prestadoras de Servicios Sociales de la Consellería de Política Social e Igualdad.
3. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente (anexo II) y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
4. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Plazo de resolución:
Dos meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
-
Ámbito Autonómico
-
Orden de 10 de abril de 2025 por la que se convoca el procedimiento para la concesión del uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante la campaña de verano 2025 para colectivos juveniles (DOG nº 82 del 30 de abril de 2025).
-
Resolución de 2 de junio de 2025, de la Dirección General de Juventud, por la que se publica la Resolución de 2 de junio de 2025, relativa a la adjudicación del uso de instalaciones juveniles al amparo de la Orden de 10 de abril de 2025 por la que se convoca el procedimiento para la concesión del uso de instalaciones juveniles para la realización de programas de ocio educativo y tiempo libre durante al campaña de verano 2025 para colectivos juveniles (DOG nº 106 del 5 de junio de 2025).
-
Otros procedimientos relacionados
Declaración responsable de inicio de la actividad, prestación de servicios de escuelas de tiempo libre.
Abierto todo el año
Inclusión en el censo de entidades juveniles.
Abierto todo el año
Expedición de títulos de enseñanzas impartidas en las escuelas de tiempo libre.
Abierto todo el año
Declaración responsable de inicio de la actividad, prestación de servicios de actividades al aire libre.
Abierto todo el año