Guía de procedimientos y servicios

PE601C

Becas de formación en régimen de empresa tutelada para las personas tituladas en ciclos formativos en acuicultura.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2023 - Plazo cerrado: 08/09/2023 00:00 - 09/10/2023 23:59

Consellería del Mar

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Regular la convocatoria de becas de formación en régimen de empresa tutelada para los/las titulados/as en los ciclos formativos de acuicultura, así como proceder a convocar cuatro (4) becas, en régimen de concurrencia competitiva, de formación en régimen de empresa tutelada para la realización de prácticas de producción de cría de bivalvos para los años 2023, 2024 y 2025.

Número, duración, importe y lugar de realización de las becas.

1. El número de becas de formación en régimen de empresa tutelada para la realización de prácticas de producción de cría de bivalvos será de cuatro (4), que se adjudicarán de acuerdo con el baremo indicado en el artículo 9 de esta convocatoria.

2. Las becas tendrán una duración de dos (2) años, contados desde la fecha indicada en la resolución de concesión de la beca, y sin posibilidad de prórroga.

3. El importe bruto mensual de cada beca será de novecientos euros (900 €).

4. Para la concesión de estas becas se destinará un crédito total de noventa y cuatro mil doscientos cuarenta euros (94.240 €). Su financiación se hará con cargo a la partida presupuestaria 15 03 422K 4800 (proyecto 2016 332) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia en los años 2023 (7.200 €), 2024 (43.200 €) y 2025 (36.000 €).

5. En cumplimiento del Real decreto 1493/2011, de 24 de octubre, por el que se regulan los términos y las condiciones de inclusión en el régimen general de la Seguridad Social de las personas que participen en programas de formación, en desarrollo de lo previsto en la disposición adicional tercera de la Ley 27/2011, de 1 de agosto, sobre actualización, adecuación y modernización del sistema de la Seguridad Social, se destinarán, a los efectos de su inclusión en el régimen general de la Seguridad Social, para contingencias comunes y profesionales, en el año 2023 (600 €), 2024 (3.840 €) y 2025 (3.400 €), con cargo a la aplicación presupuestaria 15 03 422K 4840 (proyecto 2016 332) de los presupuestos generales de la Comunidad Autónoma de Galicia. Con este objeto, se aplican las reglas de cotización correspondientes a los contratos para la formación y aprendizaje establecidas en la respectiva Ley de presupuestos generales del Estado y en sus normas de aplicación y desarrollo. El cálculo de las cotizaciones se hace tomando como referencia la cuota empresarial para el año 2022, más una cantidad adicional para posibles incrementos producidos por altas y bajas en la misma beca y en el mismo mes.

6. Cada becario/a contará con tutores/as nombrados/as por la Dirección General de Desarrollo Pesquero.

7. Los/las tutores/as elaborarán un plan formativo para los becarios en el que quedarán reflejados el horario de trabajo y las normas de funcionamiento del centro donde realizan su formación.

8. No existirá obligación de cotizar por la contingencia de desempleo, así como tampoco al Fondo de Garantía Salarial ni por formación profesional.

9. Las personas beneficiarias realizarán las actividades prácticas de producción de cría de bivalvos en las instalaciones del Instituto Gallego de Formación en Acuicultura en A Illa de Arousa (Igafa), según la programación formulada por el/la tutor/a correspondiente.

Titulados/as en los ciclos formativos de acuicultura.

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Subdirección Xeral de Xestión, Ensino e Relacións Sectoriais

Servizo de Ensino e Titulacións Náutico-pesqueiras

Rúa dos Irmandiños, s/n - Salgueiriños

15701  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546139

Fax: 981546138

Email: cma.dxdesenvolvemento@xunta.es

https://mar.xunta.gal/

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

R/ Ramón y Cajal, nº 2 -5º

15006  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182029

Fax: 981182027

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Celeiro

Avda. Gerardo Harguindey Banet, 2

27863  Viveiro  (Lugo)

Teléfono: 982555003

Fax: 982555007

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

R/ Concepción Arenal, nº 8

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817113

Fax: 986817102

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro

Instituto Galego de Formación en Acuicultura da Illa de Arousa

Niño do Corvo, s/n

36626  Vilanova de Arousa  (Pontevedra)

Teléfono: 986527101

Fax: 986527161

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

08/09/2023 00:00 - 09/10/2023 23:59

El plazo de presentación de las solicitudes será de un (1) mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de la Orden de 24 de agosto de 2023 en el Diario Oficial de Galicia.

Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día de plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente, y si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes.

a) Estar en posesión de un ciclo formativo de acuicultura en la fecha de final del plazo de presentación de solicitudes de esta orden de convocatoria. Pueden presentarse aquellos/as alumnos/as titulados/as como técnicos/as medios en Operaciones de Cultivo Acuícola/técnicos/as medios en Cultivos Acuícolas y/o técnicos/as superiores en Producción Acuícola/técnicos/as superiores en Acuicultura.

b) Tener nacionalidad española o ser nacional de un país miembro de la Unión Europea o ser extranjero/a con permiso de residencia en España en el momento de solicitar la beca y con dominio de alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia.

c) No estar incapacitado/a físicamente o padecer enfermedad que pueda impedir la realización normal de la actividad formativa objeto de las becas que se convocan.

d) No haber sido beneficiario/a de estas becas u otras similares en anteriores convocatorias, excepto que en el conjunto de las convocatorias anteriores hubieran disfrutado de la beca por un período de tiempo no superior a 5 meses.

e) Haber cursado sus estudios en alguno de los centros públicos o privados situados en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Presentación de las solicitudes.

1. Las solicitudes, junto con la documentación adicional requerida, se presentarán conforme al modelo oficial que figura como anexo I de la convocatoria, por cualquiera de las siguientes vías:

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal. Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2. Las solicitudes se dirigirán a la Dirección General de Desarrollo Pesquero de la Consellería del Mar.

Documentación complementaria

1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación, acompañada de un índice, y ordenada según se indica:

a) Justificación del pago de los derechos de expedición del título académico no universitario de técnico/a de ciclos formativos correspondiente, solo en caso de que el título aún no haya sido expedido.

b) Poder de representación de la persona representante: la representación se acreditará por cualquiera de los medios previstos en el artículo 5 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

c) Certificación académica completa de los estudios realizados indicados en esta convocatoria, con detalle de las materias cursadas y las calificaciones obtenidas.

d) Curriculum vitae de la persona solicitante con los documentos acreditativos de los méritos alegados (debidamente relacionados y paginados). No serán computables aquellos méritos alegados que no estén convenientemente justificados.

e) Certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga) cuando no hubieran sido expedidos por la Xunta de Galicia (Secretaría General de Política Lingüística).

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario presentar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se hubieran podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.

c) Título académico (no universitario) de técnico/a de ciclos formativos correspondiente.

d) Certificado de estar al corriente en el pago a la Seguridad Social.

e) Certificado de estar al corriente en el pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma de Galicia.

f) Consulta de la condición de becario/a.

g) Certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga) cuando hubieran sido expedidos por la Xunta de Galicia (Secretaría General de Política Lingüística).

Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) En el caso de personas extranjeras, certificado de residencia con fecha de última variación padronal de la persona solicitante.

b) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT).

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta de datos, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Tres meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 24 de agosto de 2023 por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria de becas de formación, en régimen de empresa tutelada, para los/las titulados/as en ciclos formativos de acuicultura, y se procede a su convocatoria (DOG nº 170 de 7 de septiembre de 2023).

    • Extracto de la Orden de 24 de agosto de 2023 por la que se aprueban las bases que regirán la convocatoria de becas de formación, en régimen de empresa tutelada, para los/las titulados/as en ciclos formativos de acuicultura, y se procede a su convocatoria (DOG nº 170 de 7 de septiembre de 2023).

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