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Detalle procedemento
IF322A
Reclamaciones ante la Junta Arbitral de Transportes de Galicia
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
La presente orden tiene por objeto aprobar los formularios normalizados que se van a emplear en el procedimiento de presentación de reclamaciones ante la Junta Arbitral de Transportes de Galicia y en el procedimiento de comparecer o presentar alegaciones ante Junta Arbitral de Transportes de Galicia.
IF322A. Presentación de reclamaciones ante la Junta Arbitral de Transportes de Galicia (anexo I).
Personas físicas, personas jurídicas y otros colectivos según lo establecido en su artículo 14.2, colectivo que el artículo 10 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, amplía a los trabajadores autónomos y a sus representantes.
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.
Forma de presentación
Las reclamaciones ante la Junta Arbitral de Transportes de Galicia y la comparecencia o presentación de alegaciones ante ese órgano por parte de las personas físicas se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
La presentación electrónica será obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas que ejerzan una actividad profesional para la que se requiera colegiación obligatoria para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en el ejercicio de su actividad profesional, los titulares o solicitantes de las autorizaciones y habilitaciones reguladas en la Ley 16/1987, de 30 de julio, de ordenación de los transportes terrestres, los trabajadores autónomos para los trámites y actividades que realicen en el ejercicio de su actividad profesional y las personas representantes de una de las anteriores.
Si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su documentación presencialmente, se le requerirá para que la subsane mediante su presentación por medios electrónicos. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud o recurso aquella en que fue realizada la subsanación.
Para la presentación de las reclamacións, comparecencias o alegaciones se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Aquellas personas interesadas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar las reclamaciones o alegaciones en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Pluralidad de personas reclamantes
Las pretensiones de una pluralidad de personas de contenido y fundamento idéntico o sustancialmente similar se podrán formular en una única reclamación según el modelo establecido en el anexo III. En este supuesto, deberá adjuntarse con la reclamación (anexo I) el anexo III debidamente cumplimentado. Las actuaciones se efectuarán con el representante o con la persona interesada que expresamente señalen y, en su defecto, con la que figure en primer término.
Documentación complementaria necesaria para la tramitación de los procedimientos
La documentación complementaria que las personas interesadas quieran adjuntar a su reclamación se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de la reclamación o comparecencia. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fue realizada la subsanación.
Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
. En el supuesto de pluralidad de personas reclamantes deberán adjuntar cumplimentado el anexo III.
Comprobación de datos
Para la tramitación de estos procedimientos se consultarán automáticamente los datos incluidos en los documentos elaborados por las administraciones públicas, en concreto, los documentos identificativos (DNI/NIE para personas físicas y NIF para personas jurídicas), tanto de la persona reclamante o compareciente, como de sus representantes.
En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y adjuntar los documentos.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de reclamaciones ante la Junta Arbitral de Transportes de Galicia
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Fase de solicitud
- Pluralidad de personas reclamantes (Anexo III)
- Solicitud (Anexo I)
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Ámbito Autonómico
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Orden de 10 de septiembre de 2020 por la que se establecen los formularios normalizados para la presentación de reclamaciones ante la Junta Arbritral de Transportes de Galicia y para comparecer o presentar alegaciones ante dicho órgano (DOG nº 200 de 2 de octubre de 2020).
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Otros procedimientos relacionados
Autorización para la ejecución de obras, instalaciones o la realización de cualquier otra actividad, así como los cambios de uso, en la zona de dominio público viario y/o en las zonas de protección de las carreteras de titularidad de la Comunidad Autónoma de Galicia, excepto accesos.
Abierto todo el año
Consulta previa de viabilidad de una autorización.
Abierto todo el año
Autorización de nuevo acceso, cambio de uso o reordenación de un acceso existente en la red de titularidad de la Comunidad Autonóma de Galicia.
Abierto todo el año
Reversión de expropiación.
Abierto todo el año