Guía de procedimientos y servicios

ED701A

Evaluación previa a la asignación de las retribuciones adicionales relativas al complemento de excelencia curricular docente e investigadora.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2024 - Plazo cerrado: 18/12/2024 00:00 - 17/01/2025 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

Aprobar la convocatoria ordinaria de 2024 y abrir el plazo de presentación de solicitudes para la valoración previa a la asignación de las retribuciones adicionales relativas al complemento de reconocimiento a la excelencia curricular docente e investigadora establecido en el artículo 2.3 del Decreto 55/2004, de 4 de marzo, por el que se establecen las retribuciones adicionales vinculadas a méritos docentes, investigadores y de gestión del profesorado universitario.

De conformidad con lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 55/2004, de 4 de marzo, por el que se establecen las retribuciones adicionales vinculadas a méritos adicionales docentes, investigadores y de gestión del profesorado universitario, podrá solicitar la valoración previa a la asignación de las retribuciones adicionales señaladas en la base anterior el personal docente e investigador funcionario y contratado doctor, tanto de carácter fijo como temporal, de las universidades públicas que componen el Sistema universitario de Galicia (SUG).

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia (ACSUG)

Cidade da Cultura de Galicia, Monte Gaiás, s/n - Edificio Fontán, 2º andar

15707  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981534173

Email: acsug@acsug.es

Axencia para a Calidade do Sistema Universitario de Galicia (ACSUG)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

18/12/2024 00:00 - 17/01/2025 23:59

El plazo para presentar las solicitudes será de veinte (20) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

De conformidad con el citado artículo 1 del Decreto 55/2004, de 4 de marzo, el artículo 6.3 de la misma disposición, así como con lo dispuesto por el artículo 2.1 de la Orden de 16 de octubre de 2006 por la que se publica el protocolo de evaluación elaborado por la Comisión Gallega de Informes, Evaluación, Certificación y Acreditación (CGIECA), relativo a los criterios y méritos de valoración previa a la asignación de los complementos de reconocimiento a la excelencia curricular docente e investigadora, y de reconocimiento por los cargos de gestión, para obtener la valoración será necesario acreditar, antes del final del plazo establecido para la presentación de las solicitudes:

1. Estar integrado en la plantilla docente e investigadora, como funcionario o como contratado doctor, tanto de carácter fijo como de carácter temporal, de cualquiera de las universidades públicas de Galicia.

Cuando el personal docente e investigador que, cumpliendo todos los requisitos para la solicitud del complemento, se encontrara en situación de servicios especiales o comisión de servicios, podrá presentar igualmente la solicitud para la evaluación del período convocado. No obstante, los efectos económicos resultantes de dicha evaluación se iniciarán en el momento de la reincorporación a su puesto en la correspondiente institución universitaria.

2. Tener, por lo menos, un año de servicio en su plaza, cumplido a 31 de diciembre de 2023.

3. Tener concedidos y reconocidos, por lo menos, dos quinquenios de docencia por la Universidad, en fecha igual o anterior al 31 de diciembre de 2023.

4. Tener concedido y reconocido, por lo menos, un sexenio de investigación por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI), en fecha igual o anterior al 31 de diciembre de 2023.

5. Valoración positiva de los méritos en los que se sustente la solicitud, por el consorcio Agencia para la Calidad del Sistema Universitario de Galicia (ACSUG), de acuerdo con el protocolo de evaluación aprobado al efecto por la Comisión Gallega de Informes, Evaluación, Certificación y Acreditación en la Orden de 16 de octubre de 2006.

Solicitudes.

1. Los solicitantes deberán cumplimentar telemáticamente la solicitud (anexo III generado por la aplicación de ACSUG), a la que se deberá acceder a través de la página web http://www.acsug.es/convocatorias-abertas. Realizado esto, deberá generarse el correspondiente documento pdf y presentarlo obligatoriamente por medios electrónicos en la sede electrónica da Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

Es importante tener en cuenta que no se valorarán las solicitudes que no hayan sido generadas a través de la aplicación informática del consorcio ACSUG y presentadas posteriormente por medios electrónicos en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, tal y como se indica en los párrafos anteriores.

En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de presentación de los formularios en la sede electrónica, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o su equivalente 981 90 09 43, o al correo electrónico 012@xunta.gal

2. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presentara su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán aportar junto a su solicitud (anexo III) la siguiente documentación:

– Documentación justificativa de los méritos curriculares que se aleguen.

– Documentación acreditativa, en su caso, del disfrute de permiso por baja maternal o paternal en el período 2019-2023.

– Curriculum vitae completo actualizado en cualquiera de los formatos existentes (ANEP, Dirección General I+D, etc.).

– Otros documentos que la persona solicitante considere relevantes.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente y de acuerdo con las indicaciones de la Guía del solicitante (convocatoria 2024) publicada en el sitio web del consorcio ACSUG. En la propia aplicación informática del consorcio ACSUG existe un espacio habilitado al efecto para aportar los justificantes de los méritos alegados.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la enmienda. En cualquier caso, esta documentación deberá ser presentada antes de finalizar el plazo de la convocatoria. De lo contrario, la documentación no se tendrá en cuenta.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

4. No se admitirá a trámite ni se valorará ninguna documentación justificativa de los méritos alegados que no cumpla con lo dispuesto en esta base.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI/NIE de la persona solicitante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

c) Estar integrado en la plantilla docente, como funcionario o como contratado doctor, tanto de carácter fijo como de carácter temporal, de cualquiera de las universidades públicas de Galicia, y tener acreditado, por lo menos, un año de servicio en su plaza a 31 de diciembre de 2023.

d) Número de quinquenios de docencia reconocidos por la universidad.

e) Número de sexenios reconocidos por la Comisión Nacional Evaluadora de la Actividad Investigadora (CNEAI).

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar posteriormente a la presentación de la solicitud deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 16 de octubre de 2006 por la que se publica el protocolo de evaluación elaborado por la Comisión Gallega de Informes, Evaluación, Certificación y Acreditación (CGIACA), relativo a los criterios y méritos de valoración y los procedimientos para solicitar la valoración previa y asignación de los complementos de reconocimiento a la excelencia curricular docente e investigadora, y de reconocimiento por los cargos de gestión (DOG nº 207 del 26 de octubre de 2006).

    • Resolución de 5 de diciembre de 2024 por la que se aprueba la convocatoria ordinaria para solicitar la evaluación previa a la asignación de las retribuciones adicionales relativas al complemento de reconocimiento a la excelencia curricular y se abre el plazo para la presentación de solicitudes correspondientes a la convocatoria de 2024 (DOG nº 242 del 17 de diciembre de 2024).

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