Guía de procedimientos y servicios

BS611A

Reconocimiento del grado de discapacidad.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Cerrado

Consellería de Política Social e Igualdad

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Desde el 03/01/2025, incluido, las solicitudes relativa al procedimiento BS611A deberán formularse a través del procedimiento BS210A.

Esta orden tiene como objeto regular el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competentes en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Orden de prelación en la tramitación de los procedimientos.

1. Los procedimientos se iniciarán por orden de entrada. Cuando el órgano de la jefatura territorial de la consellería con competencias en materia de servicios sociales entienda que existen razones de interés público, objetivamente motivadas, podrá alterar este orden.

2. No obstante lo dispuesto en el punto anterior se les dará prioridad a las solicitudes urgentes por los siguientes motivos debidamente justificados:

- Acceso al empleo y a enseñanzas regladas donde exista reserva de plazas para personas con discapacidad.

- Solicitudes de ayudas/subvenciones sometidas a plazos.

- Menores de 18 años.

- Mayores de 90 años.

- Pensión no contributiva o prestación por hijo a cargo.

- Caducidad de la valoración del grado de discapacidad.

- Existencia de un procedimiento abierto, judicial o administrativo, relativo a violencia de género, que pueda verse afectado por el reconocimiento y cualificación del grado de discapacidad.

Personas con discapacidad.

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Política Social e Igualdade

Subdirección Xeral de Valoración da Dependencia e da Discapacidade

Servizo de Valoración da Discapacidade

Edificio Administrativo San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544686 / 981545674

Email: sxdependencia@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña

Servizo de Discapacidade da Coruña

Sección de Cualificación e Valoración de Discapacidades da Coruña

Edificio Administrativo, ala sur de Monelos - Rúa Vicente Ferrer, nº 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182482/ 981182523

Email: evo.ctb.coruna@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña

Servizo de Dependencia da Coruña

Oficina Integrada de Dependencia e Discapacidade de Ferrol

Edificio Administrativo. Pza. Camilo José Cela, s/n - 3º andar

15403  Ferrol  (Coruña, A)

Teléfono: 981337232/ 981337237

Email: evo.ctb.ferrol@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña

Servizo de Dependencia da Coruña

Oficina Integrada de Dependencia e Discapacidade de Santiago

Rúa Xosé Chao Rego, s/n - Edificio CEGADI, Salgueiriños,

15705  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881999335

Email: evo.ctb.santiago@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Lugo

Servizo de Discapacidade de Lugo

Sección de Cualificación e Valoración de Discapacidades de Lugo

Serra de Ancares, nº 68 baixo

27003  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982889133

Email: evo.ctb.lugo@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Ourense

Servizo de Discapacidade de Ourense

Sección de Cualificación e Valoración de Discapacidades de Ourense

Rúa Sáenz Díez, nº 33 baixo

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386152

Email: evo.ctb.ourense@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo

Servizo de Discapacidade de Vigo

Sección de Cualificación e Valoración de Discapacidades de Pontevedra

Avda. de Vigo, nº 16 baixo

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 886159831

Email: evo.ctb.pontevedra@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Política Social e Igualdade

Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo

Servizo de Discapacidade de Vigo

Sección de Cualificación e Valoración de Discapacidades de Vigo

Rúa Faisán, nº 12

36205  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 886120710/ 886120719

Email: evo.ctb.vigo@xunta.gal

Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Política Social e Igualdade
Requisitos y documentación

Desde el 03/01/2025, incluido, las solicitudes relativa al procedimiento BS611A deberán formularse a través del procedimiento BS210A.

Plazo de presentación: CERRADO

El 02/01/2025 se cierra el plazo para realizar las solicitudes de reconocimiento del grado de discapacidad a través del procedimiento BS611A.

A partir de esta fecha las solicitudes deberán formularse a través del procedimiento BS210A.

1. Podrán solicitar el reconocimiento del grado de discapacidad aquellas personas de nacionalidad española que residan en un municipio de la Comunidad Autónoma y que cumplan los demás requisitos que se establecen en esta orden.

2. Asimismo, podrán solicitar el reconocimiento del grado de discapacidad las personas de nacionalidad española residentes en el extranjero y las personas extranjeras residentes en Galicia según el procedimiento establecido en el artículos 25 y 26 respectivamente.

Forma y lugar de presentación de las solicitudes

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluyendo el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria

Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud (Anexo I) la siguiente documentación:

  • Comprobación de datos de terceras personas interesadas (Anexo III).

La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las Administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

  • DNI/NIE de la persona solicitante

  • DNI/NIE de la persona representante

  • Certificado de residencia de la persona solicitante

  • Certificado de la renta de la persona solicitante (IRPF)

  • Pensiones y/o prestaciones sociales percibidas

  • Historia Social Única

  • Demandante de empleo, si es el caso.

  • Historia Clínica del SERGAS (Presentar anexo II únicamente si se opone a la consulta o no dispone de Historia Clínica del Sergas).

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondente y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Tres meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competentes (DOG nº 236 del 11 de diciembre de 2015).

    • Corrección de errores. Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competentes (DOG nº 16 del 26 de enero de 2016).

    • Orden de 3 de abril de 2017 por la que se modifica la Orden de 25 de noviembre de 2015 por la que se regula el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad, y la organización y funcionamiento de los órganos técnicos competentes (DOG nº 73 del 17 de abril de 2017).

  • Ámbito Estatal
    • Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad (BOE nº 252 de 20 de octubre de 2022)

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