Guía de procedimientos y servicios

BS303A

Plazas juveniles, Programa campaña de verano.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 02/05/2025 00:00 - 15/05/2025 23:59

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

Entre aquí para más información sobre como presentar la solicitud.

Sobre el procedimiento

Ofertar las plazas para actividades juveniles dentro de la programación de la Campaña de verano 2025 que se detalla en el anexo I, para facilitar que la juventud gallega pueda participar en actividades de tiempo libre de calidad.

Las diferentes actividades que integran esta programación se llevarán a cabo en diferentes turnos durante los meses de julio, agosto y septiembre.

La información sobre la convocatoria de esta campaña se encontrará detallada en la página web https://xuventude.xunta.gal/es

Personas jovenes residentes en Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Dirección Xeral de Xuventude

Edificio administrativo San Lázaro, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881999025/ 981545293/ 881999314/ 981540122

Email: actividades.xuventude@xunta.gal

https://xuventude.xunta.gal/

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude da Coruña

Servizo de Xuventude e Voluntariado da Coruña

Rúa Gregorio Hernández, nº 2-4,

15071  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 881881238/ 881881239/ 881881240/ 881881241

Email: xuventudecoruna.benestar@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Lugo

Servizo de Xuventude e Voluntariado de Lugo

Ronda da Muralla, nº 70

27001  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294224/ 982294599/ 982294923/ 982294353

Email: xuventudelugo@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Ourense

Servizo de Xuventude e Voluntariado de Ourense

Rúa Celso Emilio Ferreiro, nº 27

32004  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386120/ 988386113/ 988386117/ 988386118

Email: servicio.xuventude.ourense@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Pontevedra

Avda. Mª Victoria Moreno, nº 43 - 1º andar

36071  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 886206395

Email: departamento.cultura.pontevedra@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Pontevedra

Servizo de Xuventude e Voluntariado de Vigo

Rúa Concepción Arenal, nº 8

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817078/ 986817080/ 986817079/ 986817782

Email: xuventude.voluntariado.vigo@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude da Coruña

Servizo de Xuventude e Voluntariado da Coruña

Oficina de Información Xuvenil de Ferrol

Praza Camilo José Cela, s/n

15403  Ferrol  (Coruña, A)

Teléfono: 981337290/ 981337291

Email: oficinaxuventudeferrol@xunta.gal

Dirección Xeral de Xuventude
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

02/05/2025 00:00 - 15/05/2025 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de diez (10) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.

1. Podrán solicitar su participación en las actividades juveniles ofertadas en esta convocatoria las personas jóvenes residentes en Galicia, nacidas en el año señalado en el anexo I para cada actividad. Para participar en estas actividades, el/la menor solicitante deberá tener expedido y en vigor el DNI o NIE en la fecha de presentación de la solicitud.

2. En cuanto a las edades mínima y máxima para participar en la Campaña de verano 2025, las personas nacidas en el año 2016 deberán haber cumplido 9 años al inicio del campamento y las personas nacidas en el año 2007 no podrán cumplir 18 años antes de la finalización del campamento.

3. Para ser admitida/o en el campamento será necesario no padecer enfermedad transmisible con riesgo de contagio. A estos efectos, las personas admitidas deberán comunicar si padecen alguna enfermedad transmisible con riesgo de contagio cubriendo el apartado correspondiente del anexo III-Cuestionario de salud y autonomía personal y declaración de saber nadar.

Para los campamentos que incluyan en su programación actividades acuáticas, es requisito saber nadar, sin perjuicio de lo señalado para las personas con discapacidad en el apartado 5.

4. Ninguna persona participante podrá ser admitida en más de un campamento en esta convocatoria. La plaza adjudicada será intransferible.

5. Las personas que tengan una discapacidad igual o superior al 33 % deberán hacer constar esta circunstancia en el apartado que figura en el anexo de solicitud, a fin de planificar los apoyos personales necesarios, si los precisara.

Para facilitar la selección de los campamentos e instalaciones juveniles más adecuadas a las condiciones de las personas participantes, la programación de actividades y las características de las instalaciones en las que se desarrollan se podrán consultar en la página web https://xuventude.xunta.gal

En función del tipo de discapacidad, podrá exceptuarse, en su caso, el requisito de saber nadar.

En caso de personas participantes con una discapacidad igual o superior al 33 %, se deberá optar, de conformidad con el artículo 4, por las plazas del procedimiento general indicadas en el anexo I, apartado A, en el anexo I, apartado B (minicampamentos Conoce Galicia) y en el anexo I, apartado D (intercambios en otras comunidades autónomas), o por las plazas reservadas para inclusión relacionadas en el anexo I, apartado C. A tal efecto, deberán indicar en el anexo de solicitud si solicitan o no una plaza reservada para inclusión.

6. Las personas menores en situación de tutela o guarda por la Administración y que se encuentren en acogimiento residencial podrán participar en esta convocatoria, debiendo indicarse esta condición en el anexo de solicitud marcando la casilla correspondiente.

7. El incumplimiento de los requisitos señalados en el artículo 3 impedirá la participación de la persona solicitante en el campamento.

Solicitudes.

1. De acuerdo con lo establecido en el artículo 10.2 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia, las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2. Para las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % podrán solicitarse las plazas del procedimiento general indicadas en el anexo I, apartado A, en el anexo I, apartado B (minicampamentos Conoce Galicia) y en el anexo I, apartado D (intercambios en otras comunidades autónomas), o las plazas reservadas para inclusión relacionadas en el anexo I, apartado C. En caso de optar por las plazas reservadas para inclusión, se deberá marcar la casilla correspondiente en el formulario de solicitud.

3. Para el supuesto de dos o más hermanos/as, se podrán solicitar idéntica/s instalación/es, turno/s y campamento/s, identificado/s con el mismo código y por el mismo orden de prioridad, vinculando las solicitudes entre sí, de modo que, o bien resultarán adjudicatarias todas ellas para la mesma instalación, turno y campamento, o bien ninguna. La situación de las personas menores que convivan en el domicilio en situación de acogimiento familiar se equipara a las de personas hermanas.

Todos/as los/las menores deberán, en este caso, cumplir los requisitos de edad exigidos para las instalaciones, turnos y campamentos solicitados.

En la solicitud de cada una de estas personas menores se deberá indicar que se trata de una solicitud vinculada con otra/s, marcando la casilla correspondiente e indicando el número de DNI/NIE de la/las otra/s persona/s menor/es con la/s que se quiere vincular.

Cuando se trate de una persona sin discapacidad que tenga hermanos/as con discapacidad y todos/as ellos/as quieran presentar solicitudes vinculadas entre sí, solo podrán solicitar las plazas del procedimiento general indicadas en el anexo I, apartado A, en el anexo I, apartado B (minicampamentos Conoce Galicia) y en el anexo I, apartado D (intercambios en otras comunidades autónomas). En ningún caso una persona sin discapacidad igual o superior al 33 % podrá ocupar una plaza de las reservadas para inclusión (anexo I, apartado C).

El incumplimiento de lo dispuesto en el apartado anterior por alguna de las personas solicitantes supondrá la exclusión de todas las personas que presenten solicitudes vinculadas a la de esa persona.

Estas solicitudes vinculadas tienen efecto durante el sorteo para la adjudicación de la plaza y para generar las listas de espera. No obstante, en el momento de las adjudicaciones desde la lista de espera se tendrán en cuenta como solicitudes individuales.

5. La solicitud debe cubrirse de acuerdo con el siguiente régimen:

a) Cada persona joven solo podrá presentar una solicitud y deberá indicar si opta por formular una solicitud vinculada a otra/s o no, y si opta por el procedimiento de inclusión o no.

b) Los datos de la persona solicitante deben ser los de la persona joven que opta a participar en las actividades, debiendo indicarse su número de DNI o NIE.

c) La solicitud deberá ser firmada por la persona progenitora, tutora o acogedora del/de la menor solicitante, que actuará como representante.

d) Cada solicitante podrá elegir, por orden de prioridad, un máximo de cinco turnos de campamento. Cada turno va identificado con un código en el anexo I, apartados A, B, C y D.

e) Las personas solicitantes deben residir en la Comunidad Autónoma de Galicia y, por lo tanto, la dirección que se incluya en la solicitud deberá ser, necesariamente, en algún ayuntamiento de Galicia.

f) En el caso de que un/una menor figure en más de una solicitud, sea esta firmada como representante por la misma persona progenitora, tutora o acogedora o por otra distinta, serán inadmitidas todas las solicitudes de ese/a menor y este/a quedará fuera de la adjudicación.

g) En el caso de solicitudes vinculadas, de no optar por idéntica/s instalación/es, turno/s y campamento/s, identificado/s con el mismo código y por el mismo orden de prioridad, se considerarán solicitudes individuales no vinculadas.

6. Después de la presentación de la solicitud, se asignará un número de expediente que podrá consultarse en el apartado «Mi sede» de la sede electrónica de la Xunta de Galicia en la dirección https://sede.xunta.gal

Si en la consulta se detecta algún error o no consta la solicitud que la persona interesada presentó en forma y plazo, debe llamar a cualquiera de los números de teléfono que aparecen en el anexo VI, de información sobre la convocatoria.

La comunicación de los errores deberá efectuarse, como fecha límite, hasta tres días hábiles antes del señalado para la realización del sorteo. Una vez transcurrido ese día, no procederá ninguna reclamación.

7. La presentación de la solicitud implica la aceptación de las normas de este procedimiento.

8. Las personas solicitantes podrán solicitar información y asesoramiento en relación con la convocatoria en los teléfonos relacionados en el anexo VI y también de modo presencial en las dependencias señaladas en el citado anexo.

Documentación complementaria para la adjudicación.

1. Las personas admitidas deberán presentar en el plazo de cinco (5) días hábiles, contados desde el día siguiente al de la publicación del resultado del sorteo, la siguiente documentación:

a) Justificación de pago del precio de la actividad.

b) Copia del certificado de nacimiento o libro de familia.

c) Resolución judicial en la que se designe al/a la tutor/a de la persona solicitante.

d) Copia de la tarjeta sanitaria o seguro médico privado.

e) Cuestionario de salud y autonomía personal y declaración de saber nadar (anexo III). Las personas con discapacidad deberán facilitar en este documento la información actualizada que permita valorar los apoyos específicos que necesita, en su caso.

f) Declaración sobre la autorización para la captación de imágenes (anexo IV).

2. En caso de personas con discapacidad, además, deberán presentar un certificado acreditativo del grado de discapacidad, cuando no haya sido expedido en nuestra comunidad autónoma, y copia del dictamen técnico facultativo, emitido por el equipo de valoración y orientación correspondiente.

3. La documentación complementaria para la adjudicación deberá presentarse de conformidad con lo dispuesto en el artículo 12.

4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de estos procedimientos y tras la adjudicación de la plaza, en su caso, se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI/NIE de la persona solicitante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

c) DNI/NIE de la persona titular de la cuenta, en el caso de solicitud de devolución de cuota prevista en el artículo 15.

d) Datos de residencia con fecha de la última variación del padrón de la persona solicitante.

2. Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Certificado del grado de discapacidad del/de la menor solicitante, expedido por la Xunta de Galicia.

b) Título de familia numerosa.

c) Certificado de reconocimiento de la condición de familia monoparental.

d) Resolución de acogimiento familiar.

e) Carné Xove del/de la menor.

3. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y, en caso de resultar adjudicatarias de una plaza, adjuntar los documentos en el plazo de cinco (5) días hábiles contados desde el día siguiente al de la publicación del resultado del sorteo.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 10 de abril de 2025 por la que se regula la oferta de plazas para actividades juveniles dentro del programa Campaña de verano 2025 y se procede a su convocatoria (DOG nº 82 del 30 de abril de 2025).

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