Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
PL500C - Pruebas para la obtención del Certificado de lengua gallega: niveles Celga 2, Celga 3 y Celga 4.
Realizar la segunda convocatoria de las pruebas para la obtención de los certificados acreditativos de los niveles de lengua gallega Celga 2, 3 y 4, en el año 2024.
Personas mayores de dieciséis años.
Las personas mayores de dieciséis años o que los cumplan en el año natural de la convocatoria, nacionales o extranjeras.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Secretaría Xeral da Lingua
Subdirección Xeral de Política Lingüística
Rúa de San Roque, 2
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996313 / 881996308 / 881996307 / 881996541 / 881996309 / 881996310 / 881996304 / 881996314 / 881996312
Email: sxpl.probascelga@xunta.gal
Secretaría Xeral da Lingua
Orden de 16 de julio de 2007 por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga) (DOG nº 146 del 30 de julio de 2007).
Orden de 10 de febrero de 2014 por la que se modifica la Orden de 16 de julio de 2007, por la que se regulan los certificados oficiales acreditativos de los niveles de conocimiento de la lengua gallega (Celga) (DOG nº 34 del 19 de febrero de 2014).
Resolución de 3 de septiembre de 2024, de la Secretaría General de la Lengua, por la que se realiza la segunda convocatoria de las pruebas para la obtención de los certificados de lengua gallega, niveles Celga 2, 3 y 4, en el año 2024 (DOG nº 177 del 13 de septiembre de 2024).
Resolución de 18 de octubre de 2024, de la Secretaría General de la Lengua, por la que se fijan las fechas de realización de las pruebas para la obtención de los certificados de lengua gallega, niveles Celga 2, 3 y 4, que fueron convocadas mediante la Resolución de 3 de septiembre de 2024 (DOG nº 208 del 28 de octubre de 2024).
Plazo de presentación: CERRADO
16/09/2024 00:00 - 04/10/2024 23:59
El plazo de presentación de las solicitudes, así como el de pago de la tasa correspondiente a los derechos de examen, será de quince días hábiles, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
Este procedimiento está sujeto al pago de una tasa. A continuación se muestra el listado de tasas aplicables:
- Inscripción en las pruebas homologadas para la acreditación del nivel de competencia en lengua gallega y acreditación del nivel correspondiente, en su caso (Código tasa: 30.44.01)
Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.
Solicitudes .
1. Las personas que deseen inscribirse en las pruebas Celga deberán cumplimentar el formulario de solicitud, según el modelo PL500C, que se publica como anexo I, y abonar la tasa correspondiente. En el formulario de solicitud deberán indicar la prueba o las pruebas a las que solicitan presentarse, así como la localidad, y dirigirlo a la Secretaría General de la Lengua.
2. Las personas con una discapacidad igual o superior al 33 % que las imposibilite para acreditar alguna de las destrezas comunicativas (comprensión oral, expresión oral, comprensión escrita, expresión escrita) podrán solicitar, motivadamente, la exención de la realización de la prueba o pruebas referidas a esas destrezas.
De necesitar algún tipo de ayuda para la realización de las pruebas debido a una discapacidad, la persona indicará en su solicitud el apoyo concreto que precisa (lectura fácil –para personas con discapacidad intelectual–, más tiempo, mayor tamaño de letra...).
En todo caso, la Secretaría General de la Lengua valorará si la discapacidad alegada da lugar a la exención y/o al apoyo solicitados.
3. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Opcionalmente, podrán presentarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria .
1. Las persoas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Justificante de pago de la tasa (código 304401), salvo que este se efectúe a través de la sede electrónica, caso en que el justificante se generará automáticamente.
De acuerdo con la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, modificada por la Ley 3/2018, de 26 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, las personas con discapacidad igual o superior al 33 %, previa justificación documental, estarán exentas del pago de esta tasa.
b) Copia del certificado de discapacidad expedido por una Administración distinta de la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia, en su caso.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán obtenidos electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, salvo que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pudiesen obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar, de manera motivada, el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:
– DNI o NIE de la persona solicitante.
Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
– Certificado de discapacidad expedido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de dichos datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Tasas de examen .
1. Además de presentar su solicitud, las personas que deseen participar en las pruebas para la acreditación del nivel de competencia en lengua gallega deberán abonar la tasa correspondiente. De acuerdo con la Ley 10/2023, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas, el tipo de tasa para la inscripción en las pruebas no experimentará ninguna actualización respecto a la cuantía exigible en el momento de la entrada en vigor de dicha ley, de modo que continúa siendo de 16,92 euros para cada uno de los niveles.
2. El pago de la tasa podrá realizarse de forma telemática o presencial.
El pago telemático podrá efectuarse a través de la sede electrónica, como un paso más habilitado dentro del procedimiento, caso en que el justificante ya se genera automáticamente. Otra posibilidad es acceder directamente a la Oficina Virtual Tributaria (https://ovt.atriga.gal/), pagar mediante tarjeta o cargo en cuenta y adjuntar el justificante.
Para realizar el pago de forma presencial, se descargará un modelo en blanco de la Oficina Virtual Tributaria para cumplimentar a mano o se imprimirá ya cumplimentado gracias a la aplicación y, posteriormente, se presentará en una entidad financiera colaboradora. Asimismo, este modelo también se podrá solicitar en las oficinas de registro de la Xunta de Galicia. Finalmente, se adjuntará el justificante de pago.
Los códigos correspondientes a la tasa son:
Consellería: Cultura, Lengua y Juventud. Código: 10.
Delegación: Servicios Centrales. Código: 13.
Servicio: Secretaría General de la Lengua. Código: 09.
Denominación tasa: inscripción en las pruebas homologadas para la acreditación del nivel de competencia en lengua gallega y acreditación del nivel correspondiente, en su caso. Código: 304401.
3. No se admitirá el abono de las tasas fuera del plazo de presentación de solicitudes indicado en esta convocatoria.
4. El importe abonado en concepto de derechos de examen se le devolverá, después de la solicitud correspondiente, a quien figure en el listado definitivo de personas excluidas. Para solicitar la devolución de las tasas, se dispondrá de un plazo de dos meses, que se contarán a partir del día siguiente al de la publicación del listado definitivo de personas admitidas y excluidas en la página web de la Secretaría General de la Lengua (http://www.lingua.gal).
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud .
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las persoas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Inscripción, depósito documental y certificación de la sección del Registro de Fundaciones de Interés Gallego del Protectorado de la Consellería de Cultura, Educación, Formación Profesional y Universidades.
Ayudas para los proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad pública de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios.