Guía de procedimientos y servicios
Ir á sección pai
Detalle procedemento
PE606A
Plazas de residencia y comedor en los centros dependientes de la Consejería del Mar.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería del Mar
Regular la convocatoria para el acceso a las plazas de residencia y de comedor en los centros residenciales de la Consellería del Mar, así como convocar las plazas residenciales para el curso escolar 2025/26.
Podrán ser personas beneficiarias de las plazas de residencia o de comedor todo el alumnado que, durante el curso escolar, esté matriculado en los centros de formación dependientes de la Consellería del Mar y realice los siguientes estudios náuticos y marítimo-pesqueros:
a) Ciclos formativos de grado medio y superior de la familia profesional marítimo-pesquera.
b) Cursos de capitán/capitana de pesca, patrón/patrona costero/a polivalente, ampliación de atribuciones para patrón/patrona costero/a polivalente, patrón/patrona local de pesca, aumento de atribuciones para mecánico/a naval, aumento de atribuciones para mecánico/a mayor naval, revalidación de los títulos profesionales náutico pesqueros y marinero/a pescador/a.
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Escola Oficial Náutico Pesqueira de Ferrol
Rúa Aneiros, s/n - Serantes
15405 Ferrol (Coruña, A)
Teléfono: 981317611
Fax: 981328005
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Instituto Politécnico Marítimo-pesqueiro del Atlántico de Vigo
Rúa Beiramar, nº 55
36202 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986235609
Fax: 986201286
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Subdirección Xeral de Xestión, Ensino e Relacións Sectoriais
Servizo de Ensino e Titulacións Náutico-pesqueiras
Rúa dos irmandiños, s/n - Salgueiriños
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546141
Email: cma.dxdesenvolvemento@xunta.gal
Plazo de presentación: ABIERTO
19/07/2025 00:00 - 01/06/2026 23:59
. El plazo de presentación de solicitudes de residencia y comedor para el alumnado de los ciclos formativos contemplados en el artículo 2.a) será:
– Ordinario: quince (15) días hábiles, contados desde el siguiente al de la publicación de esta orden.
– Extraordinario: del 1 al 9 de septiembre de 2025, en el caso de existir plazas vacantes.
En el caso del alumnado de los cursos contemplados en el artículo 2.b), el plazo para la presentación de solicitudes finalizará el mismo día en el que finalicen los plazos de matrícula de cada modalidad de curso, y siempre que haya plazas vacantes una vez adjudicadas las plazas del alumnado de los ciclos formativos.
Las personas que cursen un ciclo formativo y en el curso académico anterior obtuvieran una plaza de residencia, la conservarán para el siguiente curso, previa presentación de la correspondiente solicitud en período ordinario. Los/las repetidores/as deberán presentar la solicitud en período ordinario y someterse al procedimiento de adjudicación de plazas de residencia mediante baremo.
Plazas de residencia y comedor para otros cursos que se organicen en el Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo y en la Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol y no contemplados en el artículo 2 de esta orden
Siempre que exista crédito adecuado y suficiente, se podrán solicitar las plazas de residencia disponibles durante el curso escolar 2025/26 para los cursos relacionados con la actividad pesquera y marisquera que se impartan en el Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo y en la Escuela Oficial Náutico-Pesquera de Ferrol, según la programación aprobada por la Dirección General de Desarrollo Pesquero.
Plazas de residencia y comedor en el Instituto Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo para cursos de marinero/a pescador/a, patrón/patrona local de pesca y patrón/patrona costero polivalente autorizados por la Consellería del Mar e impartidos en la Escuela Formación Profesional Marítimo-Pesquera de Bueu de la Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
Siempre que exista crédito adecuado y suficiente, las personas matriculadas en los cursos de marinero/a pescador/a, patrón/patrona local de pesca y patrón/patrona costero/a polivalente en la Escuela FP Marítimo-Pesquera de Bueu y que son autorizados por la Consellería del Mar, podrán solicitar las plazas de residencia del Instituto Politécnico Marítimo-Pesquero del Atlántico de Vigo, disponibles durante el curso escolar 2025/26, una vez atendida la demanda del alumnado matriculado en el centro.
Requisitos generales para ser persona adjudicataria de las plazas.
Para acceder a las plazas reguladas en esta orden las personas interesadas deberán reunir los siguientes requisitos:
1. Ser ciudadanos de cualquier país de la Unión Europea o personas extranjeras que acrediten la residencia o estén dentro de un programa de cooperación internacional.
2. Haber cumplido los 16 años de edad en el año de la convocatoria.
3. Estar matriculados/as en el centro durante el curso escolar.
Solicitudes.
1. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I del procedimiento PE606A), disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
2. Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. También podrán presentarse directamente en las secretarías de los centros residenciales correspondientes.
3. Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
4. En el caso del alumnado de los cursos contemplados en el artículo 2.b), el plazo para la presentación de solicitudes finalizará el mismo día en el que finalicen los plazos de matrícula de cada modalidad de curso, y siempre que haya plazas vacantes una vez adjudicadas las plazas del alumnado de los ciclos formativos.
5. Las personas que cursen un ciclo formativo y en el curso académico anterior obtuvieran una plaza de residencia, la conservarán para el siguiente curso, previa presentación de la correspondiente solicitud en período ordinario. Los/las repetidores/as deberán presentar la solicitud en período ordinario y someterse al procedimiento de adjudicación de plazas de residencia mediante baremo.
Documentación complementaria
1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
a) Anexo II. Comprobación de los datos de otras personas que componen la unidad familiar, en su caso.
b) Certificado de convivencia de las personas que componen la unidad familiar, en su caso. La fecha de su expedición será posterior a la publicación de esta convocatoria.
c) Copia de la certificación académica en la que figuren las notas correspondientes al curso escolar inmediatamente anterior a esta convocatoria para aquellos/as solicitantes que procedan de otro centro formativo. Estará exento de presentar esta certificación el alumnado de los cursos especificados en el artículo 2.b).
d) Documentación acreditativa de la condición de orfandad, en su caso.
e) Documentación acreditativa de familia monoparental, en su caso.
f) Documentación acreditativa de ser víctima de terrorismo, en su caso.
g) Documentación acreditativa de ser víctima de violencia de género, en su caso.
h) Documentación acreditativa de los estudios de bachillerato, formación profesional específica o universitaria que estén cursando los hermanos o las hermanas de las personas solicitantes fuera del domicilio habitual, en su caso.
i) Contrato de alquiler o matrícula en una residencia de estudiantes o establecimiento de similares características de los hermanos o de las hermanas de las personas solicitantes que procedan de otro centro formativo, en su caso.
j) Título de familia numerosa, cuando sea expedido por otra comunidad autónoma, en su caso.
k) Documentación acreditativa del grado de discapacidad igual o superior al 33 % de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar, cuando sea expedido por otra comunidad autónoma, en su caso.
l) Documentación acreditativa de figurar como demandante de empleo, desde al menos seis (6) meses antes de la fecha de autorización de uso de los servicios de residencia o de comedor, o de la convocatoria de los cursos en que soliciten su participación, y de no estar percibiendo prestación o subsidio por desempleo, solo en el caso de solicitar la bonificación por esta circunstancia.
2. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario presentar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se hubieran podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
3. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. También podrán presentarse directamente en las secretarías de los centros residenciales correspondientes.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar, de manera motivada, el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.
c) DNI o NIE del resto de las personas de la unidad familiar, en su caso.
d) Certificado de renta (IRPF) tanto de la persona solicitante como de los demás miembros que componen la unidad familiar obligados a declarar (anexo I en el caso del solicitante y anexo II para los demás miembros que componen la unidad familiar).
Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a. Título de familia numerosa expedido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b. Certificado de discapacidad de la persona solicitante y de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar, cuando haya sido expedido por la Xunta de Galicia.
c. Títulos universitarios y/o no universitarios de las personas que componen la unidad familiar.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. También podrán presentarse directamente en las secretarías de los centros residenciales correspondientes.
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
-
Ámbito Autonómico
-
Decreto 143/2013, de 12 de septiembre, por el que se fijan los precios públicos por los servicios de residencia y comedor prestados en los centros de formación de las familias marítimo-pesquera y agroforestal, así como los precios de matrícula en el Aula de Seguridad y Salvamento, dependientes de esta consellería (DOG nº 176 del 16 de septiembre de 2013).
-
Resolución de 19 de mayo de 2025, conjunta de la Consellería del Mar y de la Consellería del Medio Rural, por la que se actualizan los precios públicos determinados en el Decreto 143/2013, de 12 de septiembre, por el que se fijan los precios públicos por los servicios de residencia y comedor prestados en los centros de formación de las familias marítimo-pesquera y agroforestal, así como los precios de matrícula en el Aula de Seguridad y Salvamento, dependientes de estas consellerías (DOG nº 102 de 30 de mayo de 2025).
-
Orden de 9 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para el acceso a las plazas de residencia y de comedor en los centros residenciales de esta consellería, y se convoca la oferta de plazas para el curso académico 2025/26(DOG nº 137 de 18 de julio de 2025).
-
Otros procedimientos relacionados
Evaluación y acreditación académica del alumnado que cursa las enseñanzas de la formación profesional inicial.
Abierto todo el año
Solicitud de exención de módulos de formación en centros de trabajo (FCT) por la correspondencia con la practica laboral.
Abierto todo el año
Homologación y/o convalidación de títulos y estudios extranjeros de enseñanzas no universitarias.
Abierto todo el año
Equivalencia de estudios extranjeros con la escolaridad de los cursos 2º o 3º de educación secundaria obligatoria para efectos laborales o profesionales.
Abierto todo el año