Guía de procedimientos y servicios

MT807A

Inscripción en las pruebas para obtener la primera licencia de caza.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Abierto todo el año

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Solicitar la inscripción en las pruebas para obtener el certificado necesario para la expedición de la primera licencia de caza.

Ciudadanía.

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de A Coruña

Servizo de Patrimonio Natural da Coruña

Rúa Vicente Ferrer, nº 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182299/ 981185905

Fax: 881881320

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Lugo

Servizo de Patrimonio Natural de Lugo

Ronda da Muralla, nº 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294514/ 982294538

Fax: 982294539

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Ourense

Servizo de Patrimonio Natural de Ourense

Rúa do Paseo, nº 18 - 5º

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386852/ 988386377

Fax: 988386420

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Departamento Territorial da Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático de Pontevedra

Servizo de Patrimonio Natural de Pontevedra

Rúa Fernández Ladreda, nº 43 - 2º

36071  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805459/ 986805253

Fax: 886206610

Dirección Xeral de Patrimonio Natural
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Para realizar el examen será necesario inscribirse previamente mediante solicitud (Anexo II), con una antelación mínima de 15 días hábiles a la fecha de realización del examen.

Para poder presentarse a las pruebas del examen del cazador es necesario haber cumplido los 16 años.

Las pruebas se realizarán:

  • Los primeros lunes de los meses de febrero, abril, junio y septiembre en los departamentos territoriales de la consellería competente en materia de caza de A Coruña y Ourense.

  • Los primeros lunes de los meses de marzo, mayo, octubre y diciembre en los departamentos territoriales de la consellería competente en materia de caza de Lugo y Pontevedra.

Si coinciden en días inhábiles, se realizarán las pruebas el primer día hábil siguiente.

Asimismo, las pruebas se realizarán en los lugares y hora señalados por los correspondientes servicios provinciales de Patrimonio Natural de los departamentos territoriales de la consellería competente en materia de caza.

  • Inscripción para la realización del examen de cazador y la expedición del certificado, de ser el caso ( 30.15.04)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Las personas interesadas en la realización de las pruebas, deberán presentar la solicitud (Anexo II) junto con:

  • Copia del DNI o NIE del solicitante, solo en el caso de oponerse a su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad.

  • Copia del DNI o NIE de la persona representante, solo en el caso de oponerse a su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad.

  • Justificante de pago de la tasa (Código 30.15.04) excepto que el pago de la tasa se inicie y finalice a través de la sede electrónica.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI/NIE de la persona solicitante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, cuando alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar los antedichos trámites de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 9 de junio de 2016 por la que se adaptan y se habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (DOG nº 113 del 15 de junio de 2016).

    • Decreto 284/2001, de 11 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento de caza de Galicia (DOG nº 214 del 6 de noviembre de 2001).

    • Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia (DOG nº 4 del 8 de enero de 2014).

    • Corrección de errores. Ley 13/2013, de 23 de diciembre, de caza de Galicia (DOG nº 37 del 24 de febrero de 2014).

    • Orden de 1 de junio de 2007 por la que se regula el exame del cazador en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 111 del 11 de junio de 2007).

    • Orden de 1 de abril de 2025 por la que se modifica la Orden de 1 de junio de 2007 por la que se regula o examen de cazador en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 78 de 24 de abril de 2025).

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