Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
CT207E - Subvenciones a la creación audiovisual para el desarrollo y la promoción del talento audiovisual gallego.
Concesión de las subvenciones establecidas por la Agencia Gallega de las Industrias Culturales (Agadic) para el apoyo a la creación de obras audiovisuales con decidida vocación artística y cultural y, en concreto, la escritura de guiones y la realización de cortometrajes a cargo de creadores/as individuales, y la posproducción de cortometrajes y realización de largometrajes y webseries a cargo de empresas individuales o productoras.
Podrán ser personas beneficiarias, siempre que cumplan con los requisitos establecidos en este artículo y sus proyectos los del artículo 4 de las bases reguladoras:
1. Las personas físicas que puedan acreditar su vinculación previa con la realización de una obra audiovisual o formación académica en el ámbito de la creación o producción audiovisual, o bien su participación en cursos o talleres relacionados con la creación audiovisual, y desarrollen su actividad habitual mayoritariamente en Galicia.
2. Las personas físicas autónomas o las personas jurídicas que estén constituidas como productora independiente en el momento de presentar la solicitud, tengan la sede social en la Comunidad Autónoma de Galicia o en un Estado miembro de la UE, o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea, y desarrollen su actividad habitual mayoritariamente en Galicia.
1. Las personas beneficiarias deberán cumplir los siguientes requisitos específicos:
- Para proyectos de la modalidad A:
a) Proyectos de la submodalidad A1 (realización de cortometrajes): únicamente podrán presentarse aquellas personas físicas que ejerzan como director o directora de la obra.
b) Proyectos de la submodalidad A2 (cortometrajes en construcción): la persona beneficiaria tendrá que ser persona autónoma o empresa, en ambos casos constituida como productora audiovisual.
- Proyectos de la modalidad B (largometrajes): la persona beneficiaria tendrá que ser persona autónoma o empresa, en ambos casos constituida como productora audiovisual.
2. No podrán ser personas beneficiarias de las subvenciones las personas en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Cidade da Cultura - Monte Gaiás, s/n
15707 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881996077/ 881996078
Fax: 881996080
Email: agadic@xunta.es
Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Resolución de 22 de febrero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a la creación audiovisual para la promoción del talento audiovisual gallego y se convocan para el año 2024 (DOG nº 47 del 6 de marzo de 2024).
Extracto de la Resolución de 22 de febrero de 2024 por la que se establecen las bases reguladoras, en régimen de concurrencia competitiva, para la concesión de subvenciones a la creación audiovisual para la promoción del talento audiovisual gallego y se convocan para el año 2024 (DOG nº 47 del 6 de marzo de 2024).
Plazo de presentación: CERRADO
07/03/2024 00:00 - 08/04/2024 23:59
El plazo para la presentación de las solicitudes será de un mes desde el día siguiente a la publicación de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes de vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.
Solicitudes .
1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
2. De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud de manera presencial, se le requerirá, para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
3. En relación con la presentación de las solicitudes, las personas beneficiarias a las cuales va dirigida esta convocatoria de subvenciones se encuadran en un colectivo especialmente cualificado en cuanto a su capacidad técnica y dedicación profesional que acredita la posibilidad y disponibilidad de acceso a los medios electrónicos y, por lo tanto, tienen la obligación de emplearlos para la realización de cualquier trámite de este procedimiento administrativo, tal y como establece el artículo 10 de la Ley 4/2019, de 17 de julio, de administración digital de Galicia.
4. Se cumplimentarán en el anexo II, entre otras, las siguientes declaraciones responsables:
4.1. Declaración en la que conste que la obra audiovisual tendrá carácter cultural y podrá obtener el certificado cultural por parte del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales (ICAA) al concurrir, como mínimo, dos de los requisitos que se relacionan:
a) Que tenga como versión original cualquiera de las lenguas oficiales de España. En el caso de las coproducciones con empresas extranjeras, el largometraje podrá tener como versión original alguna de las lenguas oficiales de la Unión Europea.
b) Que el contenido esté ambientado principalmente en España.
c) Que el contenido tenga relación directa con la literatura, la música, la danza, la arquitectura, la pintura, la escultura y, en general, con las expresiones de la creación artística.
d) Que el guion sea adaptación de una obra literaria preexistente.
e) Que el contenido tenga carácter biográfico o, en general, refleje hechos o personajes de carácter histórico, sin perjuicio de las adaptaciones libres propias de un guion cinematográfico.
f) Que el contenido incluya principalmente relatos, hechos o personajes mitológicos o legendarios que puedan considerarse integrados en cualquier patrimonio o tradición cultural del mundo.
g) Que emita un mejor conocimiento de la diversidad cultural, social, religiosa, étnica, filosófica o antropológica.
h) Que el contenido esté relacionado con asuntos o temáticas que forman parte de la realidad social, cultural o política española, o con incidencia sobre ellos.
i) Que, en el relato cinematográfico, uno de los protagonistas o varios de los personajes secundarios estén directamente vinculados con esa misma realidad social, cultural o política española.
j) Que se dirija específicamente a un público infantil o juvenil y contenga valores acordes con los principios y fines de la educación recogidos en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, o la norma que, en su caso, la sustituya, modificada por la Ley orgánica 8/2013, de 9 de diciembre, para la mejora de la calidad educativa.
4.2. Declaración de que el proyecto es obra original o que la persona solicitante es titular de los derechos suficientes de propiedad de la obra preexistente, en su caso.
4.3. Que, en relación con la submodalidad A1 (cortometrajes sobre proyecto), en su caso:
– La persona solicitante no figura como persona responsable de la dirección de ningún largometraje realizado.
– La persona solicitante no recibió ayudas a la realización de cortometrajes en anteriores convocatorias de la Xunta de Galicia o de Agadic.
4.4. Que, en relación con la modalidad B (largometrajes), en su caso:
– La persona responsable de la dirección del proyecto que se presenta no recibió subvenciones a la realización de largometrajes en anteriores convocatorias de la Xunta de Galicia o de Agadic.
Documentación complementaria .
1. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud (anexo II) la siguiente documentación general:
Si la persona solicitante es persona jurídica:
a) Certificado del acuerdo de solicitud de la ayuda o de la autorización de la persona que la firme en nombre de la entidad.
b) Estatutos registrados y escrituras de constitución inscritos en el registro que corresponda.
c) Certificado de empadronamiento, si la persona solicitante está domiciliada fuera de la Comunidad Autónoma de Galicia (en un Estado miembro de la UE o que forme parte del acuerdo que establece el Área Económica Europea).
d) Documentación acreditativa de poseer los derechos o tener autorización expresa de la persona propietaria de los derechos de la obra preexistente, en su caso.
e) Documentación que acredite suficientemente la representación de quien firma la solicitud, en su caso.
Esta documentación tendrá la consideración de obligatoria a los efectos de admisión de la solicitud y quedarán inadmitidas las solicitudes que no la presenten.
2. Las personas solicitantes deberán enviar la siguiente documentación específica:
Modalidad A: cortometrajes sobre proyecto y cortometrajes en construcción.
2.1. Submodalidad A1 (cortometrajes sobre proyecto):
2.1.1. Memoria explicativa del proyecto, con una extensión de entre 250 y 750 palabras, en la que consten las intenciones artísticas del/de la autor/a y la propuesta de promoción y distribución del cortometraje.
2.1.2. Sinopsis del proyecto, con una extensión de 250 palabras.
2.1.3. Guion definitivo, técnico o literario, de la película.
2.1.4. Calendario y plan de producción.
2.1.5. Currículo del equipo técnico-artístico.
2.1.6. Cualquier otra documentación que la persona solicitante considere pertinente para la mejor defensa del proyecto.
2.2. Submodalidad A2 (cortometrajes en construcción):
2.2.1. Memoria explicativa del proyecto, con una extensión de entre 250 y 750 palabras, en la que consten las intenciones artísticas del/de la autor/a y la propuesta de promoción y distribución del cortometraje.
2.2.2. Sinopsis del proyecto con una extensión máxima de 250 palabras.
2.2.3. Enlace al primer corte del cortometraje, con clave de acceso.
2.2.4. Calendario y plan de final de los trabajos de montaje y posproducción.
2.2.5. Presupuesto del proyecto según el modelo publicado en la página web de Agadic.
2.2.6. Cualquier otra documentación que la persona solicitante considere pertinente para la mejor defensa del proyecto.
Modalidad B: largometraje.
2.3.1. Historial profesional del director o directora.
2.3.2. Historial, acompañado de las cartas de compromiso correspondientes, de las personas profesionales que componen el equipo creativo, técnico y artístico que intervendrán en la producción, en su caso: guionista, personas responsables de producción ejecutiva, composición de la banda sonora, dirección de fotografía, montaje, dirección de arte, dirección de sonido, actores y actrices, así como otras personas profesionales que se quieran añadir por aportar valor a la producción.
2.3.3. Una memoria firmada por el director o directora de la película en la que describirá, entre otros aspectos, sus intenciones artísticas, la propuesta estética y el carácter innovador del proyecto en cuanto a temática y narrativa.
2.3.4. Sinopsis argumental de un máximo de 250 palabras.
2.3.5. Guion definitivo del proyecto, o tratamiento, en su caso.
2.3.6. Cronograma del proyecto, y breve descripción de los planes de producción, localizaciones y rodaje.
2.3.7. Presupuesto del proyecto (según el modelo publicado en la página web de Agadic).
2.3.8. Descripción de las intenciones en cuanto a la promoción y difusión de la obra.
2.3.9. Cualquier otra documentación que la persona solicitante considere pertinente para la mejor defensa del proyecto.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pueden obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
3. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria de modo presencial, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
5. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el punto anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
– DNI o NIE de la persona solicitante.
– DNI o NIE de la persona representante.
– NIF de la entidad solicitante.
– Certificado de estar dado de alta en el impuesto de actividades económicas, en el epígrafe/subepígrafe que corresponda, en el ejercicio actual.
– Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
– Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
– Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la AEAT.
– Consulta de concesiones de subvenciones y ayudas.
– Consulta de inhabilitaciones para obtener subvenciones y ayudas.
– Consulta de concesión por la regla de minimis.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de las solicitudes .
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Subvenciones a proyectos desarrollados por empresas de exhibición cinematográfica de carácter comercial.
Ayudas para la realización de rodajes audiovisuales en Galicia.
Selección de una entidad colaboradora para la gestión y organización de las actividades del programa de desarrollo del polo de aceleración del sector de videojuegos para impulso del sector.
Selección de empresas y proyectos que participarán en el programa de desarrollo del por el de aceleración del sector de los videojuegos.
Proyectos de innovación, funcionamiento digitalizado y sostenible, creación y fidelización de públicos y adaptación a los nuevos hábitos de consumo audiovisual para salas de exhibición cinematográfica.
Subvenciones a la dotación de equipamientos y activos que fomenten la innovación y la competititvidad de la industria cultural y creativa gallega.