Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
TU985A
Adhesión de las empresas turísticas al programa Bono Turístico #QuedamosenGalicia
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Presidencia de la Xunta de Galicia
El objeto de esta resolución es establecer el procedimiento y las condiciones que deben reunir los establecimientos turísticos y las agencias de viajes para participar en el programa Bono Turístico.
El Bono Turístico es una tarjeta prepago que se entregará a las personas beneficiarias y se cargará de una sola vez con un total de 250 €, teniendo una vigencia comprendida entre la fecha de entrega de la tarjeta prepago por la entidad bancaria colaboradora a los beneficiarios del programa el 13 de diciembre de 2020. . Se podrá utilizar en los establecimientos de alojamiento turístico y agencias de viajes, así como en sus servicios asociados, que se adhieran al programa a través de la presente convocatoria.
Duración de la prestación
Los servicios, actividades o productos turísticos pueden prestarse desde el día de la entrega por la entidad colaboradora de la tarjeta prepago a los beneficiarios y hasta el 13 de diciembre de 2020, en que este programa quedará extinguido.
Empresas turísticas
Obligaciones de los solicitantes
Los solicitantes se obligan al cumplimiento de las siguientes condiciones en la prestación de los servicios o productos:
• Cumplimiento de las medidas de prevención de riesgos sanitarios y laborales establecidas por la autoridad sanitaria, laboral o turística para la prevención de contagios derivados de la COVI-19.
• Disponer de un terminal punto de venta (TPV) para la realización de la transacción de compra del servicio o actividad turística a través de la tarjeta monedero Bono Turístico #QuedamosenGalicia. A los efectos de la validación del TPV, el establecimiento adherido deberá facilitar el número/s de comercio del que disponga la entidad bancaria.
• Disponer de un descuento mínimo del 15 % sobre el precio ordinario del servicio. No obstante, el establecimiento adherido podrá optar por entregar al beneficiario del servicio, actividad o producto turístico un regalo o servicio complementario, por el valor equivalente a dicho 15 %.
Xunta de Galicia
Presidencia da Xunta de Galicia
Axencia Turismo de Galicia
Secretaría de Coordinación Económica e Administrativa
Área de Apoio Xurídico e Lexislativo
Estrada Santiago-Noia km. 3, A Barcia
Teléfono: 981546420
Email: xuridico.turismo@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
03/07/2020 00:00 - 31/05/2021 23:59
El plazo de presentación de las solicitudes de adhesión de las empresas turísticas estará abierto desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el DOG y hasta la finalización del programa, el 13 de diciembre de 2020.
- Se amplía el plazo de presentación de las solicitudes de adhesión de las empresas turísticas hasta el 31 de mayo de 2021, fecha de la finalización del programa, según Resolución publicada en el DOG. de 23 de noviembre de 2020.
Podrán solicitar su adhesión, aquellas empresas, empresarios o agrupaciones empresariales que dispongan de alojamientos, excepto las viviendas de uso turístico, y también las agencias de viaje que, con independencia del lugar en que radique su sede social, desarrollen sus actividades dentro del sector turístico vinculado a Galicia y presten los servicios, actividades o productos vinculados a este programa en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Todas estas empresas deberán estar dadas de alta en el Registro de Empresas y Actividades Turísticas (REAT) en el momento de la publicación de esta convocatoria y disponer de TPV con número de comercio que los identifiquen en el servicio de pagos, para la ejecución de las correspondientes operaciones de pago efectuadas con dichas tarjetas.
- Las solicitudes se ajustarán al modelo del anexo I y se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través de la sede electrónica de la Xunta de Galicia, a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que hubiese sido realizada la subsanación.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
- Además de la solicitud de participación, señalada en los apartados anteriores, las empresas que presenten deberán registrarse en la plataforma Turespazo, en caso de que no lo estén, https://turespazo.turismo.gal para presentar sus ofertas de:
– Alojamientos/servicios o productos específicos que se oferten para la promoción del programa.
– Paquetes turísticos, en caso de las agencias de viaje.
Dichas ofertas y paquetes aparecerán en la web de Turismo de Galicia en un lugar destacado para conocimiento de los beneficiarios del programa.
El Cluster de Turismo colaborará con la Agencia Turismo de Galicia en las relaciones con las empresas que soliciten la adhesión al programa en su asesoramiento y resolución de dudas en la operativa del programa.
Comprobación de datos
Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
– DNI/NIE de la persona solicitante.
– DNI/NIE de la persona representante.
– NIF de la entidad solicitante.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
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Ámbito Autonómico
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Resolución de 30 de junio de 2020 por la que se determinan las condiciones de adhesión de las empresas turísticas al programa Bono Turístico #QuedamosenGalicia y se abre el plazo para la presentación de las solicitudes de participación (DOG nº 130 de 2 de julio de 2020).
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Resolución de 20 de noviembre de 2020 por la que se amplían los plazos de duración del programa Bono turístico #QuedamosenGalicia y de presentación de solicitudes (códigos de procedimiento TU985A y TU985B).(DOG núm. 236 de 23 de noviembre de 2020).
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Extracto de la Resolución de 20 de noviembre de 2020 por la que se amplían los plazos de duración del programa Bono turístico #QuedamosenGalicia y de presentación de solicitudes (códigos de procedemiento TU985A y TU985B).(DOG núm. 236 de 23 de noviembre de 2020).
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