Guía de procedimientos y servicios

PR923E

Programa de escuelas abiertas para personal directivo y docente de las entidades gallegas del exterior.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2019 - Plazo cerrado: 19/03/2019 00:00 - 22/04/2019 23:59

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

La presente resolución tiene por objeto establecer las bases reguladoras por las que se regirá la realización de talleres culturales de especialización de carácter presencial dirigidos a personas responsables de impartir docencia en las entidades gallegas del exterior y a personas gallegas residentes fuera de Galicia.

Asimismo, es objeto de esta resolución la convocatoria de ayudas para participar en los talleres para el año 2019.

Las distintas actividades que se desarrollarán en el programa consistirán en la organización y participación en talleres de especialización de:

– Gaita tradicional gallega.

– Baile tradicional gallego.

– Percusión tradicional gallega.

– Canto popular y pandereta.

– Confección de traje tradicional gallego.

– Formación de personal directivo.

Estos talleres tendrán las siguientes características comunes:

– Formación intensiva, de carácter participativo, con una duración mínima de 50 horas lectivas teórico-prácticas.

– La formación será impartida por profesionales y expertos con experiencia en las distintas modalidades.

– Cada alumno deberá venir provisto de los instrumentos necesarios para el desarrollo de los talleres de carácter cultural.

– El lugar de celebración, el número de plazas de cada taller por país, el desarrollo de cada una de las modalidades y la no realización de los talleres que no alcancen un número mínimo de ocho (8) solicitudes se establecerá mediante resolución de la persona titular de la Secretaría General de la Emigración. Asimismo, en caso de que el número de solicitudes presentadas para alguno de los talleres fuera elevado, podrá determinarse la realización de más de un taller en alguna de las modalidades.

El número de plazas ofertadas asciende a un total de 80, distribuidas de la siguiente manera:

– Área 1 (países europeos): 18 plazas.

– Área 2 (países del resto del mundo): 62 plazas.

Las plazas vacantes en una de las áreas se podrán adjudicar a la otra área, de haber en ella solicitudes admitidas y contar con crédito suficiente en el programa. En los talleres de gaita, baile, canto popular y pandereta y percusión se reservará un total de cuatro (4) plazas para las solicitudes de personas físicas que no ejerzan docencia en una entidad gallega del exterior.

Para el taller de formación de personal directivo, de haber suficientes solicitudes admitidas, se reservará el 70 % de las plazas para mujeres.

Los talleres se desarrollarán preferiblemente en la ciudad de Ourense durante el mes de julio del año 2019.

Aquellas personas participantes que deseen prorrogar su estancia en Galicia una vez finalizadas las actividades, hasta completar un período aproximado de treinta (30) días desde la finalización de la actividad, deberán asumir todos los gastos de dicha prórroga.

La persona que desee prorrogar su estancia en Galicia según los términos anteriormente indicados, deberá reflejarlo en la solicitud de participación en el programa cubriendo la casilla correspondiente.

Personas responsables de impartir docencia en las entidades gallegas del exterior.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas para este programa las personas responsables de impartir docencia en aquellas entidades gallegas asentadas fuera de Galicia que estén reconocidas en cualquiera de las categorías establecidas en el artículo 4 de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad.

Personal directivo de las entidades gallegas del exterior.

Para la modalidad de formación de personal directivo, podrán ser beneficiarias aquellas personas que pertenezcan a la junta directiva de aquellas entidades gallegas que, en el Registro de la Galleguidad, estén inscritas en la Sección de comunidades gallegas, centros colaboradores o federaciones de entidades.

Asimismo, podrán ser beneficiarias aquellas personas que colaboren en el exterior con la Secretaría General de la Emigración en un programa que esta gestione en materia de juventud.

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Secretaría Xeral da Emigración

Subdirección Xeral de Coordinación Administrativa, Económica e de Programas Sociais

Servizo de Programas Sociais

Praza de Mazarelos, núm. 15

15703  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981545882 / 981957353

Fax: 981547295

Email: accion.social.emigracion@xunta.gal

Secretaría Xeral da Emigración
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

19/03/2019 00:00 - 22/04/2019 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será de un mes contado desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y si en el mes de vencimiento no hubiese día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes.

Personas responsables de impartir docencia en las entidades gallegas del exterior.

Podrán solicitar participar en este programa aquellas personas responsables de impartir docencia en las entidades gallegas:

a) Que tengan constituidas escuelas o grupos consolidados de la especialidad solicitada con una actividad continuada, por lo menos, en los dos últimos años.

b) Aquellas entidades que, no cumpliendo lo establecido en el párrafo anterior, tuviesen grupos constituidos en los últimos diez años y estén en proceso de recuperación.

c) En el caso de personas que soliciten participar en el taller de confección de traje tradicional gallego, la entidad gallega deberá tener grupo de baile o música debidamente constituido y con un funcionamiento ininterrumpido, como mínimo, durante cuatro años.

Las personas solicitantes deben ser mayores de 18 años y menores de 65 y ser responsables de impartir la docencia en la modalidad solicitada dentro de la entidad gallega en la que ejercen su función docente. A pesar de lo anterior, mediante resolución razonada, a la vista de circunstancias excepcionales de excelencia o dedicación en las materias que se impartirán en el taller correspondiente, la persona titular de la Secretaría General de la Emigración podrá autorizar la participación de alguna persona mayor o menor de estas edades.

Personal directivo de las entidades gallegas del exterior.

Las personas solicitantes de esta modalidad deberán tener una edad comprendida entre los 21 y 35 años, y formar parte de la junta directiva de estas entidades en el último año, al menos, en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

No podrán ser beneficiarias de los distintos talleres las personas en que concurra alguna de las prohibiciones, establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, ni podrán haber participado en el Programa de escuelas abiertas más de dos veces en los últimos cuatro años, en cualquier modalidad. Si así fuera, quedarán excluidas.

No podrán ser beneficiarias aquellas personas solicitantes que ejerzan su labor docente o pertenezcan a entidades en las que concurra alguna de las prohibiciones establecidas en los apartados 2 y 3 del artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Los requisitos tienen que cumplirse el último día del plazo de presentación de solicitudes.

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365)

Documentación complementaria necesaria para la tramitación del procedimiento

1. Personas responsables de impartir docencia en las entidades gallegas del exterior (código de procedimiento PR923E).

1.1. Para los talleres de gaita, baile, percusión, canto y confección de traje:

a) Documento identificativo de la persona solicitante. Si dispone de DNI/NIE, solo se aportará en el caso de oponerse expresamente a su consulta en el anexo I.

b) Una fotografía reciente tamaño carné.

c) Documentación identificativa de la entidad en la que ejerce sus funciones.

d) Ficha de la entidad colaboradora, según el modelo del anexo II.

e) Una declaración de la persona aspirante comprometiéndose a enseñar los conocimientos adquiridos en el seno de la entidad en la que imparte enseñanza durante, como mínimo, dos años, incluida en el anexo I.

f) Breve currículo de la persona aspirante, con especial referencia a los grupos o escuelas en que impartió docencia, los conocimientos y el nivel de estudios musicales realizados, títulos, experiencia, actuaciones, grabaciones, etc., en la materia objeto del taller.

g) Para los talleres de gaita, baile, percusión y canto popular y pandereta: una grabación en vídeo digital (CD, VCD, DVD ...) de la modalidad solicitada que no exceda los cuatro (4) minutos, sin ningún otro instrumento acompañando, en el caso de gaita y percusión. En el caso de canto y baile, la grabación deberá ser solista.

h) Certificación de la entidad del nombre de la escuela o grupo y del número de alumnos que lo componen, según el modelo que figura como anexo IV.

i) Para el taller de confección de traje tradicional gallego, certificación de la entidad en la que acredite la experiencia en corte y confección de traje tradicional gallego y, en su caso, copia del título oficial de corte y confección.

Asimismo, deberá presentarse una certificación de tener grupo de baile o música debidamente constituido y con un funcionamiento ininterrumpido, como mínimo, durante cuatro años, según el modelo que figura como anexo III.

1.2. Para el taller de formación de personal directivo de las entidades gallegas, se deberá aportar la siguiente documentación:

a) Certificación de que la persona solicitante lleva perteneciendo a la junta directiva de la entidad durante el año anterior a la fecha de la convocatoria que figura como anexo II.

b) Acta de la entidad en la que aparezca su nombramiento como miembro de la junta directiva en la que ejerza las funciones directivas.

c) La recogida en los apartados a), b), c) y e) del apartado 1.1 de este artículo.

d) Para aquellas personas que soliciten esta modalidad y colaboren con la Secretaría General de la Emigración en un programa que esta gestione en materia de juventud, será suficiente con que acrediten tal colaboración.

La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá requerir de manera motivada la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos previa la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediendo a la carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes, también podrán presentarlos presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

La falsedad u ocultación de datos en la documentación presentada para la obtención de la ayuda comportará la exclusión del proceso de valoración y, por lo tanto, la imposibilidad de ser persona beneficiaria de las ayudas establecidas en esta resolución.

El material audiovisual podrá presentarse en los siguientes formatos de uso común: mp4, avi, mov o wmv y no puede superar los 12 MB.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de los procedimientos PR923E/PR923H se consultará automáticamente el DNI/ NIE de la persona solicitante, en su caso.

Para la tramitación del procedimiento PR923H, se consultarán los datos oficiales acreditativos de que se encuentra vinculada con cualquier ayuntamiento gallego en el Censo electoral de residentes ausentes.

Solo en el caso de oposición expresa en el modelo de solicitud, las personas interesadas deberán aportar los documentos acreditativos correspondientes.

2. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia hiciera imposible la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

Después de presentar

Plazo de resolución: Cuatro meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 5 de marzo de 2019, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se regula y se convoca el Programa de escuelas abiertas destinado a personas directivas y responsables de impartir docencia en las entidades gallegas y a personas gallegas residentes fuera de Galicia para el año 2019 (DOG nº 54 de 18 de marzo de 2019).

    • Extracto de la Resolución de 5 de marzo de 2019, de la Secretaría General de la Emigración, por la que se regula y se convoca el Programa de escuelas abiertas destinado a personas directivas y responsables de impartir docencia en las entidades gallegas y a personas gallegas residentes fuera de Galicia para el año 2019 (DOG nº 54 de 18 de marzo de 2019).

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