Guía de procedimientos y servicios

CT141A

Premio Elías Valiña al esfuerzo revitalizador y promocional de los Caminos de Santiago.

Procedimiento dirigido a: Asociaciones y ong

Convocatoria 2019 - Plazo cerrado: 27/09/2019 00:00 - 28/10/2019 23:59

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

1. Esta orden tiene por objeto la convocatoria y el establecimiento de las bases reguladoras de la concesión del Premio Elías Valiña, para distinguir la labor revitalizadora de los valores propios de los Caminos de Santiago como un reconocimiento institucional y social al esfuerzo protector y de fomento del conocimiento y de los valores propios de los Caminos de Santiago, por parte de las asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro que incluyan estos fines en su objeto social.

Se incluye, asimismo, la posibilidad de que el jurado proponga una mención especial, sin dotación económica, a una persona física que, por su sensibilidad e interés, haya contribuido con su trayectoria vital al fomento de los valores culturales de los Caminos de Santiago. Esta mención solo podrá otorgarse de manera individual.

2. Al expediente derivado de esta orden, se incorporará un informe de la Subdirección General de Protección de Patrimonio Cultural donde se documente el cumplimiento efectivo de los objetivos de la orden conforme a indicadores que se corresponden con los criterios de valoración reflejados en el artículo 12 de estas bases.

3. Al premio se le aplicará la correspondiente retención fiscal. Podrá otorgarse de manera individual o compartida, o declararse desierto.

4. La asociación o entidad premiada recibirá un diploma y el importe del premio que le será abonado mediante transferencia bancaria. En caso de que el premio sea compartido, lo será a partes iguales entre las personas galardonadas.

En el desarrollo de esta orden, se estará a lo dispuesto en las siguientes leyes y disposiciones normativas:

a) Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

b) Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

c) Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.

d) Ley 1/2016, de 18 de enero, de transparencia y buen gobierno.

e) Ley orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de protección de datos personales y garantía de los derechos digitales.

Y supletoriamente:

a) Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones. En esta ley se recogen artículos de carácter básico que son de aplicación a la normativa de esta comunidad autónoma y, consecuentemente, a esta orden de convocatoria.

b) Real decreto 887/2006, de 21 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones.

Podrán participar las asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro, con una trayectoria que acredite su labor en la protección, revitalización, fomento del conocimiento y de los valores propios del Camino de Santiago, y que desarrollen su actividad tanto dentro como fuera de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Dirección Xeral de Patrimonio Cultural

Subdirección Xeral de Protección do Patrimonio Cultural

Servizo de Protección e Fomento

Edificio administrativo San Caetano. Bloque 3-2º

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544862 / 981544817

Fax: 981544870

Email: proteccion.patrimonio.cultural@xunta.gal

https://www.cultura.gal

Dirección Xeral de Patrimonio Cultural
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

27/09/2019 00:00 - 28/10/2019 23:59

El plazo de presentación de candidaturas será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo fuera inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hubiera día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último día del mes. La solicitud irá dirigida a la Dirección General de Patrimonio Cultural de la Consellería de Cultura y Turismo.

- Estas entidades deberán tener acreditada una trayectoria de al menos cinco años de funcionamiento efectivo en la consecución de los objetivos establecidos en la convocatoria.

 - No podrán obtener la condición de beneficiarias las personas en las que se den algunas de las circunstancias previstas en el artículo 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, ni las que hubieran sido premiadas en las cinco convocatorias anteriores con el Premio Elías Valiña.

  • Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta. gal/chave365).

Excepcionalmente, en el caso de entidades extranjeras que no dispongan de mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, podrán presentar las solicitudes presencialmente, en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal, toda vez que las entidades destinatarias de este premio, pueden estar situadas en múltiples países con niveles de desarrollo tecnológico dispares, constituidas de acuerdo con la legislación aplicable en cada uno de ellos y con características legales, técnicas y funcionales distintas, no asimilables a la situación tecnológica existente en Galicia, que imposibilitan o impidan la presentación electrónica de solicitudes. El medio de presentación elegido se mantendrá para cualquier tipo de relación con la Consellería de Cultura y Turismo hasta que finalice el procedimiento.

  • La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.

Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica.

A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.

  • Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

  • En caso de que alguno de los documentos que presente de forma electrónica la persona solicitante o la representante supere los tamaños límites establecidos por la sede electrónica, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia les permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán tramitarse presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Documentación que se presentará.

  • Se adjuntará la siguiente documentación:

    • a) Anexo I cubierto.

    • b) Acreditación de la representación de la persona que firme la solicitud en nombre de la entidad.

    • c) Copia de los estatutos inscritos y escrituras de constitución inscritos en el registro que corresponda.

    • d) Memoria justificativa de la labor realizada en este campo en que se detallarán las actividades ordenadas y sistematizadas conforme a los criterios establecidos en el artículo 12 de estas bases y por el período de cinco años, con el grado de concreción acomodado para facilitar la valoración. La memoria incluirá, como anexo, una tabla-resumen de la memoria justificativa en la que se enumeren, bajo sus correspondientes cuatro epígrafes: las intervenciones encaminadas a la protección del patrimonio; los trabajos de investigación, documentación y fomento del conocimiento del camino y el fenómeno jacobeo entre la comunidad especializada y científica; las acciones de sensibilización y fomento del asociacionismo con fines relacionados con el fenómeno jacobeo; y las acciones encaminadas a potenciar valores propios del Camino en su dimensión espiritual, solidaria y social; indicando fechas, ámbitos territoriales, autoría y, en su caso, personas destinatarias y su cuantificación.

    • e) Certificados, informes o cualquier otro documento suscrito por un organismo oficial que avale la candidatura, por su importancia y relevancia en el ámbito cultural o tres entidades inscritas en el Registro de Entidades del Camino de Santiago de Compostela que acrediten el desarrollo de la labor de protección, revitalización y promoción de las rutas jacobeas.

  • Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:

• NIF (número de identificación fiscal) de la entidad solicitante.

• DNI o NIE (número de identidad de extranjería) de la persona representante.

• Certificado de estar al corriente en las obligaciones tributarias a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

• Certificado de estar al corriente en los pagos a la Consellería de Hacienda.

• Certificado de estar al corriente en los pagos a la Tesorería General de la Seguridad Social.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar dichos documentos en los términos previstos reglamentariamente.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Después de presentar

Plazo de resolución: Un mes

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 10 de septiembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del Premio Elías Valiña para distinguir la labor revitalizadora de los valores propios de los Caminos de Santiago, y se convoca su XXI edición para el año 2019 (DOG nº 183 del 26 de septiembre de 2019).

    • Extracto de la Orden de 10 de septiembre de 2019 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, del Premio Elías Valiña para distinguir la labor revitalizadora de los valores propios de los Caminos de Santiago, y se convoca su XXI edición para el año 2019 (DOG nº 183 del 26 de septiembre de 2019).

Descargar el contenido de esta ficha en formato PDF

Otros procedimientos relacionados

BS314A

Declaración responsable de inicio de la actividad, prestación de servicios de actividades al aire libre.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

CT128A

Inscripción en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

CT128B

Cancelación de la inscripción en el Registro de Entidades de Promoción del Camino de Santiago.

Tramitar en línea

Abierto todo el año

CT403B

Subvenciones a la creación escénica.

Tramitar en línea

Plazo abierto: 24/12/2025 00:00 - 23/01/2026 23:59