Guía de procedimientos y servicios

TR853A

Registro de coordinadores/as en materia de seguridad y salud en las obras de construcción de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Adaptar el modelo de solicitud y habilitar la presentación electrónica del procedimiento de plazo abierto TR 853A Registro de coordinadores y coordinadoras en materia de seguridad y salud en las obras de construcción de la Comunidad Autónoma de Galicia, según lo establecido en el Decreto 153/2008, de 24 de abril, por el que se crea el Registro de coordinadores y coordinadoras en materia de seguridad y salud en las obras de construcción.
Coordinadores/as de seguridad y salud en obras de construcción.

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais

Subdirección Xeral de Relacións Laborais

Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral

San Lázaro, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981957580/ 981544615

Email: secretaria-xeral.emprego@xunta.gal

Servizo de Relacións Laborais, Seguridade e Saúde Laboral
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

  • Las solicitudes deberán presentarse en el modelo normalizado que figura como anexo I a esta orden, junto con la siguiente documentación, original o copia compulsada o cotejada:

    • En el caso de no autorizar la consulta de los datos de identidad en el Sistema de verificación de datos de identidad, de acuerdo con lo dispuesto en el Decreto 255/2008, de 23 de octubre, por el que se simplifica la documentación para la tramitación de los procedimientos administrativos y se fomenta la utilización de medios electrónicos, DNI o NIE de la persona solicitante o representante.

    • Documentación acreditativa de la representación legal suficiente para actuar en nombre de la persona solicitante.

    • Certificación acreditativa de la colegiación profesional.

    • Documentación acreditativa de la experiencia como coordinador o coordinadora en seguridad y salud en la elaboración de proyectos de obras.

    • Documentación acreditativa de la experiencia como coordinador o coordinadora en seguridad y salud en la ejecución de obra. Únicamente será válida la designación, por parte del promotor, según lo establecido en el artículo 3.1 del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, por el que se establecen disposiciones mínimas de seguridad y salud en las obras de construcción.

    • Documentación acreditativa de la experiencia en la redacción de estudios de seguridad y salud. Deberán presentar las certificaciones de su visado por el colegio profesional correspondiente.

    • Documentación acreditativa de la experiencia en la redacción de estudios básicos de seguridad y salud. Deberán presentar las certificaciones de su visado por el colegio profesional correspondiente.

    • En el caso de estar inscritos o inscritas en los registros de otras comunidades autónomas, certificaciones de dichas inscripciones.

    • Experiencia como coordinador o coordinadora en seguridad y salud en obras de construcción en el ámbito del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, en la elaboración del proyecto de obra (según modelo anexo II). Sólo se tendrá en cuenta la experiencia relacionada en este anexo.

    • Experiencia como coordinador o coordinadora en seguridad y salud en obras de construcción en el ámbito del Real decreto 1627/1997, de 24 de octubre, en la ejecución de la obra (según modelo anexo III). Sólo se tendrá en cuenta la experiencia relacionada en este anexo.

    • Titulación academica. Serán válidas las titulaciones de arquitectura, arquitectura tecnica, ingeniería o ingeniería tecnica.

    • Certificación acreditativa de la formación preventiva especializada como coordinador o coordinadora.

    • Certificación acreditativa de la formación superior o intermedia en prevención de riesgos laborales.

    • Certificaciones acreditativas de otras formaciones en prevención de riesgos laborales.

  • Serán objeto de publicación en el Registro de coordinadores y coordinadoras de seguridad y salud en las obras de construcción, entre otros, los datos profesionales de dichas personas y, en relación a la experiencia profesional, la específica que establece el artículo 5.1.h) del Decreto 153/2008, de 24 de abril:

    • a) Obra pública: los datos que figuran en el anexo del referido decreto, esto es: tipo de obra, promotor, presupuesto y fechas del período de coordinación.

    • b) Obra de promoción privada: número de obras agrupadas de acuerdo con la clasificación establecida por el artículo 2.1 de la Ley 38/1999, de 5 de noviembre, de ordenación de la edificación.

  • Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia,

    https.//sede.xunta.es, de acuerdo con el establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes será necesario el documento nacional de identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de persona usuaria y clave Chave365

    (https://sede.xunta.es/chave365).

    Opcionalmente, tambien se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

  • La documentación complementaria podrá presentarse electrónicamente utilizando cualquier procedimiento de copia digitalizada del documento original. En este caso, las copias digitalizadas presentadas garantizarán la fidelidad con el original bajo la responsabilidad de la persona solicitante o representante. La Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada según lo dispuesto en los artículos 35.2 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso electrónico de los ciudadanos a los servicios públicos, y 22.3 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

    La documentación complementaria tambien podrá presentarse en formato papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    Las copias de los documentos disfrutarán de la misma validez y eficacia que sus originales siempre que exista constancia de que sean autenticas.

  • Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la comunicación, la persona interesada o representante deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.

  • En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica por parte de la persona solicitante o representante hubiese superado los tamaños límites establecidos por la sede electrónica, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos. Para ello, y junto con el documento que se presenta, la persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro. En la sede electrónica de la Xunta de Galicia se publicará la relación de formatos, protocolos y tamaño máximo admitido de la documentación complementaria para cada procedimiento.

  • En la sede electrónica se encuentran publicados los formatos admitidos para la presentación de documentación. Si la persona solicitante desea presentar cualquier documentación en formatos no admitidos, podrá realizarlo de forma presencial a traves de cualquiera de los registros habilitados. La persona interesada deberá mencionar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de expediente y el número o código único de registro.

  • La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados de los trámites más comúnmente utilizados en la tramitación administrativa, que podrán ser presentados en cualquiera de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de regimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Plazo de resolución: Tres meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 153/2008, de 24 de abril, por el que se crea el Registro de coordinadores y coordinadoras en materia de seguridad y salud en las obras de construcción (DOG nº 145 del 29 de julio de 2008).

    • Orden de 4 de julio de 2016 por la que se adapta el modelo de solicitud del Registro de coordinadores y coordinadoras en materia de seguridad y salud en las obras de construcción de la Comunidad Autónoma de Galicia y se incorpora a la sede electrónica de la Xunta de Galicia (DOG nº 138 del 21 de julio de 2016).

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