Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
TR600B
Programa II de apoyo a las personas trabajadoras autónomas individuales y personas trabajadoras autónomas o empresas con hasta 10 personas trabajadoras o de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de euros.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Empleo, Comercio y Emigración
El objeto de este programa es la concesión de una ayuda económica las personas trabajadoras autónomas con diez o menos personas trabajadoras o empresas hasta veinticinco personas trabajadoras que tengan un volumen de facturación de hasta dos millones de euros en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia, para el apoyo a la solvencia y reducción de su endeudamiento
Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden todas las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA o en el Régimen de Trabajadores del Mar como personas trabajadoras por cuenta propia, los profesionales y empresas.
Xunta de Galicia
Consellería de Emprego, Comercio e Emigración
Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais
SAN LÁZARO
15707 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981957590/ 981545612/ 981957729/ 981957725
Email: autonomos.emprego@xunta.es
Si usted es una persona autónoma que tributa en el régimen de estimación objetiva (módulos) debe presentar la solicitud por el programa TR600A
Plazo de presentación: CERRADO
14/06/2021 00:00 - 30/09/2021 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de 14 de junio a 30 de septiembre de 2021, ambos inclusive.
1. Podrán ser beneficiarias de las ayudas reguladas en esta orden todas las personas trabajadoras autónomas de alta en el RETA o en el Régimen de Trabajadores del Mar como personas trabajadoras por cuenta propia, los profesionales y empresas, que reúnan las condiciones establecidas en el artículo 32 de esta orden y que cumplan los siguientes requisitos:
a) Que acrediten una caída del volumen de operaciones, en el año 2020 respecto al año 2019, de mas de un 30% para aquellas que desarrollen una actividad económica incluida en el Anexo I del Real Decreto-ley 5/2021, de 12 de marzo, o bien que acrediten una caída del volumen de operaciones, en el año 2020 respecto al año 2019, de un 40% o mas, para aquellas que desarrollen una actividad económica que no se encuentre incluida en el Anexo I Real decreto-ley 5/2021.
b) Los demás requisitos establecidos en el artículo 7 de esta Orden.
2. En el caso de grupos consolidados que tributen en el Impuesto sobre sociedades en el régimen de tributación consolidada, se entenderá como destinatario a efectos del cumplimiento de los requisitos de elegibilidad y transferencias, el citado grupo como un contribuyente único, y no cada una de las entidades que lo integran, por el que el resultado el volumen de operaciones a considerar par determinar la caída de la actividad será el resultado de sumar todos los volúmenes de operaciones de las entidades que conforman el grupo.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible como Anexo II en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal. Deberán cubrirse, necesariamente, todos los campos del formulario establecidos como obligatorios.
Documentación acreditativa de la bajada de facturación (solo para CNAEs no incluidos en el anexo I del Real decreto ley 5/2021, de 12 de marzo):
Modelo 390 Año 2019 Año 2020
Modelo 303 Año 2019 Año 2020
Modelo 130 IV trimestre Año 2019 Año 2020
Modelo 131 Año 2019 Año 2020
Modelo 111 Año 2020
Modelo 190 Año 2020
Modelo 184 para entidades en régimen de atribución de rentas Año 2019 Año 2020
Modelo 100 Año 2019
Modelo 200 Año 2019 Año 2020
Modelo 202 Año 2019 Año 2020
Modelo 220 para el caso de grupos Año 2019 Año 2020
Modelo 222 para el caso de grupos Año 2019 Año 2020
Modelo 322 para el caso de grupos Año 2019 Año 2020
Otros documentos.
Certificado de alta en la mutualidad correspondiente, de ser el caso.
Poder suficiente para actuar en nombre de la persona solicitante según modelo de representación de la sede o cualquier otro válido en derecho, de ser el caso.
Comprobación de datos.
Los documentos relacionados serán objeto de consulta de las Administraciones públicas. En caso de que las personas
interesadas se opongan la esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente y aportar una copia de los documentos:
DNI/NIE de la persona solicitante.
DNI/NIE de la persona representante.
Certificación de estar al día de sus deberes con la Seguridad Social.
Este formulario solo podrá presentarse en las https://sede.xunta.gal formas previstas en su norma reguladora.
Certificación de estar al día de sus deberes con la Agencia Tributaria de Galicia.
Consulta de inhabilitación para obtener subvención y ayudas.
Vida laboral de la persona solicitante.
Consulta código cuenta de cotización (número de personas trabajadoras).
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo II)
Plazo de resolución:
El plazo máximo para resolver y notificar es el 31 de diciembre de 2021.
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 9 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del III Plan de rescate de las personas trabajadoras autónomas, profesionales y empresas particularmente afectadas por la crisis de la COVID-19 mediante ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, a través del Programa I de personas trabajadoras autónomas en estimación objetiva (TR600A), del Programa II de apoyo a las personas trabajadoras autónomas individuales y personas trabajadoras autónomas o empresas con hasta 10 personas trabajadoras, o de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de euros (TR600B), y del Programa III de apoyo a las personas trabajadoras autónomas o empresas con más de 10 personas trabajadoras y con un volumen de facturación de más de 2 millones de euros, o empresas de más de 25 personas trabajadoras (TR600C), y se procede a su convocatoria para el año 2021 (DOG nº 110 del 11 de junio de 2021).
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Extracto de la Orden de 9 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del III Plan de rescate de las personas trabajadoras autónomas, profesionales y empresas particularmente afectadas por la crisis de la COVID-19 mediante ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, a través del Programa II de apoyo a las personas trabajadoras autónomas individuales y personas trabajadoras autónomas o empresas con hasta 10 personas trabajadoras, o de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de euros (TR600B), y se procede a su convocatoria para el año 2021 (DOG nº 110 del 11 de junio de 2021).
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Corrección de errores.Orden de 9 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del III Plan de rescate de las personas trabajadoras autónomas, profesionales y empresas particularmente afectadas por la crisis de la COVID-19 mediante ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, a través del Programa I de personas trabajadoras autónomas en estimación objetiva (TR600A), del Programa II de apoyo a las personas trabajadoras autónomas individuales y personas trabajadoras autónomas o empresas con hasta 10 personas trabajadoras, o de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de euros (TR600B), y del Programa III de apoyo a las personas trabajadoras autónomas o empresas con más de 10 personas trabajadoras y con un volumen de facturación de más de 2 millones de euros, o empresas de más de 25 personas trabajadoras (TR600C), y se procede a su convocatoria para el año 2021 (DOG nº 111 del 14 de junio de 2021).
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Orden de 12 de julio de 2021 por la que se modifica la Orden de 9 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del III Plan de Rescate de las personas trabajadoras autónomas, profesionales y empresas particularmente afectadas por la crisis de la COVID-19 mediante ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, a través del Programa I de personas trabajadoras autónomas en estimación objetiva (TR600A), del Programa II de apoyo a las personas trabajadoras autónomas individuales y personas trabajadoras autónomas o empresas con hasta 10 personas trabajadoras, o de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de euros (TR600B), y del Programa III de apoyo a las personas trabajadoras autónomas o empresas con más de 10 personas trabajadoras y con un volumen de facturación de más de 2 millones de euros, o empresas de más de 25 personas trabajadoras (TR600C), y se procede a su convocatoria para el año 2021 (DOG nº 132 del 13 de julio de 2021).
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Resolución de 17 de noviembre de 2021, de la Dirección General de Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se procede a la publicación de la reasignación de los créditos presupuestarios recogidos en la Orden de 9 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del III Plan de rescate de las personas trabajadoras autónomas, profesionales y empresas particularmente afectadas por la crisis del COVID-19 mediante ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, a través del Programa I de personas trabajadoras autónomas en estimación objetiva (TR600A), del Programa II de apoyo a las personas trabajadoras autónomas individuales y personas trabajadoras autónomas o empresas con hasta 10 personas trabajadoras, o de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de euros (TR600B), y del Programa III de apoyo a las personas trabajadoras autónomas o empresas con más de 10 personas trabajadoras, y con un volumen de facturación de más de 2 millones de euros, o empresas de más de 25 personas trabajadoras (TR600C), y se procede a su convocatoria para el año 2021.(DOG nº 229 de 29 de noviembre de 2021).
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Resolución de 13 de junio de 2023, de la Secretaría General de Apoyo al Empleo, Trabajo Autónomo y Economía Social, por la que se da publicidad de las ayudas concedidas de la Orden de 9 de junio de 2021 por la que se establecen las bases reguladoras del III Plan de rescate de las personas trabajadoras autónomas, profesionales y empresas particularmente afectadas por la crisis de la COVID-19 mediante ayudas directas para el apoyo a la solvencia y reducción del endeudamiento del sector privado, a través del Programa I de personas trabajadoras autónomas en estimación objetiva (TR600A), del Programa II de apoyo a las personas trabajadoras autónomas o empresas con hasta 10 personas trabajadoras, o de hasta 25 personas trabajadoras con un volumen de facturación de hasta 2 millones de euros (TR600B), y del Programa III de apoyo a las personas trabajadoras autónomas o empresas con más de 10 personas trabajadoras, y con un volumen de facturación de más de 2 millones de euros, o empresas de más de 25 personas trabajadoras (TR600C), y se procede a su convocatoria para el año 2021 (DOG nº 120 del 26 de junio de 2023).
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Otros procedimientos relacionados
Alegaciones en el Tribunal Administrativo de Contratación Pública de la Comunidad Autónoma de Galicia (TACGAL).
Abierto todo el año
Actividad comercial portuaria de consignación de buques.
Abierto todo el año
Actividad comercial portuaria de puesta a disposición de medios mecánicos.
Abierto todo el año
Novaciones de deudas
Plazo abierto: 07/02/2025 09:00 - 30/12/2025 14:00