Guía de procedimientos y servicios

TR340D

Calificación de iniciativa de empleo de base tecnológica (IEBT).

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

Sobre el procedimiento
El programa de apoyo a las iniciativas de empleo de base tecnológica se configura como un instrumento para impulsar el espíritu emprendedor en el trinomio investigación, tecnología y empleo, mediante el aprovechamiento intensivo y en la colaboración con las diferentes estructuras que ya existen tanto en la Consejería de Trabajo y en otros departamentos de la Xunta de Galicia, como con las tres universidades gallegas y con otras entidades vinculadas a la innovación, a la tecnología y la iniciativa emprendedora.
Podrán solicitar la calificación como IEBT los promotores de los proyectos empresariales y las empresas constituidas dentro de un plazo máximo de un año anterior a la fecha de la presentación de la solicitud de calificación, siempre que no iniciaran la actividad. Los promotores, y en su caso las empresas podrán iniciar su actividad una vez presentada la solicitud de calificación, siempre que en el iniciaran la actividad.

Los promotores, y en su caso las empresas podrán inciar su actividad una vez presentada la solicitud de calificación.

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais

Subdirección Xeral de Emprego

Servizo de Emprego por Conta Allea

San Lázaro, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981957726/ 981544610

Fax: 981544678

Email: secretaria-xeral.emprego@xunta.gal

Servizo de Emprego por Conta Allea
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

Para que un proyecto pueda ser calificado como IEBT e inscribirse en el registro correspondiente deberá reunir los siguientes requisitos:

a) Viabilidad técnica, económica, financiera y comercial.

b) La actividad, producto o servicio debe tener carácter innovador y contenido científico o base tecnológica. Los proyectos podrán desarrollar su actividad en cualquier sector económico siempre que se trate de un negocio intensivo en conocimiento que precise actividades I+D y/o de innovación.

c) Que trate de una empresa privada de nueva creación, incluyendo autónomos y autónomas, con centros de trabajo en la Comunidad Autónoma de Galicia.

d) Que se prevea, en el primer año de actividad, la creación de empleo estable para personas desempleadas e inscritas como demandantes de empleo, respetando la proporción de una persona titulada por cada cuatro puestos de trabajo.

e) Que el cuadro de personal en el momento de iniciar su actividad productiva esté constituido en un 25%,como mínimo, por personas con titulación universitaria.

Para facilitar la materialización del proyecto innovador en empresa y para su calificación como IEBT, se establecen medidas de acompañamiento, asesoramiento y evaluación técnica: red de agentes de empleo especializados en IEBT, consultores de apoyo y un comité consultivo integrado por un grupo de expertos para la evaluación técnica de los proyectos.

  • Solicitud según el Anexo I.

  • Documento acreditativo de la representación.

  • Memoria tecnica y económica explicativa del proyecto o plan de empleo.

  • Informe del agente de empleo sobre el proyecto.

COMPROBACIÓN DE DATOS

Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas.En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente y aportar una copia de los documentos.

  • NIF de la entidad solicitante

  • DNI/NIE de la persona representante

  • NIF de la entidad representante

Después de presentar

Plazo de resolución: Tres meses

Sentido del silencio: Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 31 de julio de 2015 por la que se adaptan y se incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Trabajo y Bienestar (DOG nº 146 del 4 de agosto de 2015).

    • Decreto 56/2007, de 15 de marzo, por el que se establece un programa de apoyo a las iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT)(DOG nº 65, 2 de abril de 2007).

    • Corrección de errores.-Decreto 56/2007, de 15 de marzo, por el que se establece un programa de apoyo a las iniciativas de empleo de base tecnológica (IEBT) (DOG nº 78 del 23 de abril de 2007).

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