Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
MR516D - Asentamientos apícolas en trashumancia.
Es objeto de este decreto:
a) La creación del Registro Gallego de Explotaciones Apícolas.
b) La determinación de los requisitos del libro de explotación apícola.
También es objeto de este decreto regular:
a) La codificación del sistema de identificación de las colmenas.
b) Los asentamientos apícolas en las explotaciones de autoconsumo.
c) El establecimiento de los requisitos adicionales para la realización de la trashumancia en la comunidad autónoma.
d) La determinación de las actuaciones sanitarias en la lucha contra la Varroosis.
Este decreto será de aplicación a todas las explotaciones apícolas de Galicia, así como a los asentamientos de explotaciones que realizan la trashumancia en esta comunidad.
Para los efectos de lo establecido en este decreto, serán de aplicación las definiciones establecidas en el artículo 2 del Real Decreto 209/2002, del 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas, con las modificaciones introducidas por el Real Decreto 448/2005, del 22 de abril.
Además, se establecen las siguientes definiciones únicamente para los efectos de lo dispuesto en este decreto:
a) Vivienda rural habitada: aquella vivienda que esté permanente o periódicamente habitada y ubicada en una área rural.
b) Camino vecinal: las vías de comunicación de dominio y uso público, destinadas básicamente al servicio de las viviendas y explotaciones e instalaciones agropecuarias, y que, por no reunir las características técnicas y los requisitos para el tráfico general de vehículos automóviles, no se puedan clasificar cómo carreteras.
c) Pista forestal: aquella que da acceso a terrenos forestales en el trecho que discurre por suelo rústico de uso forestal.
d) Núcleo de población: conjunto de 5 o más viviendas geográficamente conjuntas formando calles, plazas o vías urbanas.
Condiciones adicionales para la trashumancia.
Además de las condiciones previstas en el artículo 11 del Real Decreto 209/2002, del 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas, en su redacción dada por el Real decreto 448/2005, del 22 de abril, para la práctica general de la trashumancia, los asentamientos de explotaciones trashumantes de 26 o más colmenas que se instalen en el territorio de la comunidad autónoma deberán guardar una distancia mínima de dos kilómetros con cualquier asentamiento registrado en el Registro Gallego de Explotaciones Apícolas, sean éstas o no trashumantes.
Se considerará cómo una única unidad la totalidad de las colmenas que realicen la actividad de trashumancia procedentes de una misma explotación (mismo código de identificación de la explotación), y no se podrá fraccionar ésta en unidades inferiores a 26 colmenas a las cuales no les sería de aplicación el contenido del párrafo primero de este artículo.
La persona titular de las colmenas trashumantes o la responsable del movimiento deberá, en el plazo de 7 días hábiles desde la llegada al asentamiento de destino, comparecer ante los servicios veterinarios oficiales de la oficina agraria comarcal correspondiente al asentamiento de destino para comunicar los datos concretos del asentamiento, así como aquellos otros datos exigibles por la normativa sanitaria en vigor según lo dispuesto en el anexo VII de este decreto.
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural da Coruña
Servizo de Gandaría da Coruña
R/Vicente Ferrer, 2
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184569
Fax: 981184653
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Lugo
Servizo de Gandaría de Lugo
Ronda da Muralla,70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294534
Fax: 982294425
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Ourense
Servizo de Gandaría de Ourense
R/ Florentino López Cuevillas,4-6
32071 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386525
Fax: 988386524
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Pontevedra
Servizo de Gandaría de Pontevedra
Avda. Mª Victoria Moreno, 43-2º
36071 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 886206569
Fax: 886206590
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Agroalimentarias
Edif. Administrativo San Caetano,s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881999070
Fax: 981957302
Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Agroalimentarias
Orden de 22 de abril de 2015 del Vicepresidente y Conselleiro de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza por la que se adaptan e incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería del Medio Rural y del Mar (DOG nº 77 del 24 de abril de 2015).
Decreto 339/2009, del 11 de junio, sobre ordenación sanitaria y zootécnica de las explotaciones apícolas en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 126 del 30 de junio de 2009).
Real Decreto 209/2002, de 22 de febrero, por el que se establecen normas de ordenación de las explotaciones apícolas (BOE nº 62 de 13 de marzo de 2002).
Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (BOE nº 89 de 13 de abril de 2004).
Corrección de errores del Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece y regula el Registro general de explotaciones ganaderas (BOE nº 108 de 4 de mayo de 2004).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
7 días hábiles desde la llegada al asentamiento de destino.
-
Declaración según el Anexo VII.
-
Acreditación de la representatividad (si es el caso).
-
Copia del Libro de registro de explotación apícola debidamente diligenciado.
-
Comprobación de datos .
Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos:
-
DNI o NIE de la persona declarante.
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
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- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Procedimientos y servicios relacionados
Declaración censual anual de explotaciones ganaderas. Porcino
Ayudas a las explotaciones ganaderas pertenecientes a la Indicación Xeográfica Protexida Ternera Gallega