Guía de procedimientos y servicios

MR437A

Inscripción en el Registro Oficial de Maquinaria Agrícola (ROMA).

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería del Medio Rural

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Este procedimiento regula la gestión de las inscripciones, revisiones de máquinas agrícolas en el registro de maquinaria agrícola de la Consellería de Política Agroalimentaria y Desarrollo Rural.

Agricultor (individual o perteneciente a una asociación), representante de una empresa de servicios agrarios o de un organismo oficial o titular de una máquina destinada a la agricultura perteneciente a alguno de los siguientes grupos:

- Tractores agrícolas de ruedas de cualquier tipo, potencia y peso, y los remolques agrícolas con peso máximo autorizado, que exceda de 750 Kg.

- Tractores con cadenas, motocultores, portadores, tractocarros y máquinas agrícolas automotrices de cualquier tipo, potencia y peso.

- Máquinas agrícolas arrastradas con un peso máximo autorizado que exceda de 750 Kg.

- Máquinas agrícolas no incluidas en los apartados anteriores, para la adquisición de las cuales haya solicitado un crédito o una subvención oficial.

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

Subdirección Xeral de Explotacións Agrarias

Servizo de Sanidade e Produción Vexetal

Rúa dos Irmandiños, s/n. Salgueiriños

15701  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881997441/ 881997443

Fax: 881997442

Email: sspv.cmrm@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural da Coruña

Servizo de Explotacións Agrarias da Coruña

Rúa Vicente Ferrer, nº 2

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184628/ 981184549

Fax: 981184651

Email: roma.medio-rural.coruna@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Lugo

Servizo de Explotacións Agrarias de Lugo

Ronda da Muralla, nº 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982889579 / 982294457

Fax: 982294808

Email: rma.medio-rural.lugo@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Ourense

Servizo de Explotacións Agrarias de Ourense

Rúa Florentino López Cuevillas, nº 4-6 baixo

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988687298 / 988386461

Fax: 988386482

Email: roma.cmrm.ourense@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Pontevedra

Servizo de Explotacións Agrarias de Pontevedra

Rúa Fernández Ladrera, nº 43-2º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 886206585/ 886206542

Fax: 886206588

Email: roma.pontevedra@xunta.gal

Servizo de Sanidade e Produción Vexetal
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Deben solicitar a la Xunta de Galicia la inscripción de ésta en el Registro de Maquinaria Agrícola en los siguientes casos:

- Compra de máquina nueva.

- Compra de máquina usada de importación.

- Cambio de uso.

- Cambio de titular.

  • Solicitud según el Anexo I.

1. Para todos los motivos de inscripción:

  • Declaración responsable de representación de personas jurídicas, de ser el caso.

2. Inscripción de máquinas nuevas/usadas de importación:

  • Ficha técnica para las máquinas que están obligadas a tenerla.

  • Copia de certificado de características técnicas para las máquinas que no tienen ficha técnica.

  • Copia de declaración de conformidad CE de acuerdo con el Real decreto 1435/1992, de 27 de diciembre, excepto tractores de rodas.

  • Copia de factura de compra da máquina nueva.

  • Copia de contrato de leasing o renting, de ser el caso.

  • Copia de factura de compra o contrato de compraventa de la maquina agrícola usada de importación.

  • Justificante da tasa correspondiente de alta de la máquina en el ROMA.

3. Inscripción de máquinas por transferencia/procedentes de obras e servicios:

  • Certificado de baja de la maquina en el ROMA (en el caso de que no se haga la baja y la alta al mismo tempo).

  • Copia da ficha técnica para las máquinas que están obligadas a tenerla.

  • Copia del permiso de circulación, de ser el caso.

  • Copia del certificado de características técnicas para las máquinas que no tienen ficha técnica.

  • Copia de factura de compra o contrato de compraventa.

  • Copia de contrato de leasing o renting, de ser el caso.

  • Anexo II cuando la máquina proceda de obras y servicios, cambia de titular y se vende con contrato de compraventa, para la comprobación de datos de las terceras personas interesadas.

  • Declaración responsable de representación de personas jurídicas de la persona vendedora, de ser el caso, es necesario cuando la máquina proceda de obras y servicios, cambia de titular y se vende con contrato de compraventa.

  • Justificante da tasa correspondiente de alta de la máquina en el ROMA.

4.  Equipos de tratamientos fitosanitarios y equipos de distribución de fertilizantes en uso no inscriptas en el roma con anterioridad a la publicación del Real Decreto 1013/2009, de 19 de junio:

  • Copia del certificado de características técnicas.

  • Copia de factura de compra.

  • En los casos de que no disponga de factura o de certificado de características o los dos casos, podrá sustituirse por una declaración firmada por la persona titular de la máquina, en la que se recoja los datos identificativos de la misma y año de adquisición.

5. Justificación de la actividad agraria por parte de la persona titular de la máquina agrícola para dar de alta:

  • Personas físicas o jurídicas, que consta de alta en el REAGA o en el Registro Vitícola, no tendrán que justificar a actividad agraria.

  • Personas físicas que no consta de alta en el REAGA o Registro Vitícola, aportarán un informe de la vida laboral en la a actividad agraria en autónomos o por cuenta propia o certificado o informe del Ayuntamiento de realizar labores agrícolas u Oficina Agraria Comarcal.

  • Cooperativas agrarias y SAT de prestación de servicios agrarios, o justifica con el NIF.

  • Cooperativas de trabajo asociado que prestan servicios agrarios, o justifica con el objeto social sea agrario, aportarán una copia de los estatutos.

  • Empresas de servicios agrarios, persona física, aportarán el IAE actividad en la agricultura en curso (valen epígrafes 911, 912).

  • Empresas de servicios agrarios, persona jurídica, u objeto social deberá comprender la prestación de servicios agrarios, ganaderos o forestales, en lo que aportarán una copia de los estatutos o el IAE actividad en la agricultura en curso (valen epígrafes 911, 912).

  • Comprobación de datos.

Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos.

  • NIF de la entidad solicitante.

  • DNI/NIE de la persona solicitante.

  • DNI/NIE de la persona representante.

  • NIF de la entidad representante.

 

Después de presentar

Plazo de resolución: Un mes

Sentido del silencio: Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 22 de abril de 2015 del Vicepresidente y Conselleiro de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza por la que se adaptan e incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería del Medio Rural y del Mar (DOG núm. 77 del 24.04.2015).

  • Ámbito Estatal
    • Real decreto 448/2020, de 10 de marzo, sobre caracterización y registro de la maquinaria agrícola (BOE nº 117 de 27 de abril de 2020)

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