Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
MR207A
Plazas de residencia en los centro de formación y experimentación agraria dependientes de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería del Medio Rural
El objeto del procedimiento es la adjudicación de plazas de residencia y comedor en los centros de formación y experimentación agraria (CFEA) de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria (Agacal) para el curso académico 2025/26 en los CFEA de Lourizán (Pontevedra), Sergude (Boqueixón), Pedro Murias (Ribadeo) y Becerreá (código de procedimiento MR207A).
El objetivo de la puesta a disposición de prazas de residencia y de comedor es el de prestar un servicio complementario al desarrollo educativo de la población del medio rural, que permite potenciar el acceso a la formación continua y a los ciclos de formación profesional agraria de grado medio y grado superior que se imparten en los centros anteriormente indicados.
El número de plazas ofertadas para el logro de este objetivo y su distribución por centros es el siguiente:
CFEA de Lourizán (Pontevedra) --- 34 plazas en régimen de pensión completa --- 28 plazas de comedor (sólo almuerzo)-para curso completo
CFEA de Sergude (A Coruña) --- 30 plazas en régimen de pensión completa --- 60 plazas de comedor (sólo almuerzo)-para curso completo
CFEA "Pedro Murias" (Ribadeo) --- 21 plazas en régimen de pensión completa --- 23 plazas de comedor (sólo almuerzo)-para curso completo
CFEA de Becerreá (Lugo) --- 0 plazas en régimen de pensión completa --- 45 plazas de comedor (sólo almuerzo)-para curso completo
En caso de no utilizar el total de plazas ofertadas en pensión completa, las vacantes que se produzcan podrán acumularse a las plazas de comedor para el curso completo.
Estudiantes en los centros de formación y experimentación agraria (CFEA) de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria (Agacal).
Xunta de Galicia
Consellería do Medio Rural
Axencia Galega Da Calidade Alimentaria (AGACAL)
Área de Formación, Innovación e Investigación
Departamento de Formación
Avenida do Camiño Francés, nº 10
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546679/ 981546664
Email: formacion.cmrm@xunta.gal
Plazo de presentación: ABIERTO
15/07/2025 00:00 - 31/07/2025 23:59
28/08/2025 00:00 - 19/06/2026 23:59
El plazo de presentación de las solicitudes será del 15 de julio al 31 de julio de 2025.
Nueva apertura del plazo de solicitudes:
Según la Resolución del 20 de agosto de 2025 por la que se publica la Resolución del 19 de agosto de 2025, se abre el plazo de presentación de solicitudes , señalado en el artículo 16 de la Resolución del 13 de junio de 2025, desde el día siguiente al de la publicación en el Diario Oficial de Galicia de la resolución de adjudicación definitiva de plazas de residencia o comedor correspondiente al plazo ordinario, hasta el 19 de junio 2026.
1. Serán requisitos para ser adjudicatario/a de la plaza de residencia en los centros de formación y experimentación agraria dependientes de la Agencia Gallega de la Calidad Alimentaria:
a) Ser ciudadano/a de cualquier país de la Unión Europea o extranjero/a que acredite la residencia o esté dentro de un programa de cooperación internacional.
b) Haber cumplido los 16 anos de edad en el año de la publicación de la convocatoria.
c) Estar matriculado en cualquiera de los CFEA adscritos a la Agacal en un ciclo de formación profesional durante el curso escolar.
2. No tendrán derecho a la reserva de plaza de residencia en pensión completa las personas que en el curso académico inmediatamente anterior tuvieran adjudicada dicha plaza y en ese período acumulasen más de 3 faltas graves de convivencia, según lo establecido en el Reglamento interno del CFEA, o acumulasen más de 10 días de ausencia continuada o 20 días de ausencia no continuada sin justificar.
3. Los residentes perderán el derecho de residencia durante el curso escolar cuando acumulen 3 faltas graves de convivencia, según lo establecido en el Reglamento interno del CFEA, o acumulen más de 10 días de ausencia continuada o 20 días de ausencia no continuada sin justificar.
Solicitudes
1. Las personas que en el curso académico anterior hubiesen tenido plaza de residencia la conservarán para el siguiente curso de un ciclo formativo, previa presentación de la correspondiente solicitud, y siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos académicos para el curso y no sean repetidores/as del mismo. Las solicitudes para la renovación de plaza del alumnado escolarizado durante el curso 2024/25 y las solicitudes de nuevo ingreso se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado MR207A, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal.
2. Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente las solicitudes en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
3. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria
1. Para el nuevo ingreso. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
a) Anexo II. Comprobación de los datos de otras personas que componen la unidad familiar, en su caso.
b) Certificado de convivencia de las personas que componen la unidad familiar, en su caso. La fecha de su expedición será posterior a la de entrada en vigor de la convocatoria.
c) Documentación acreditativa de la condición de orfandad, en su caso.
d) Documentación acreditativa de los estudios de bachillerato, formación profesional específica o universitaria que estén cursando los hermanos o las hermanas de las personas solicitantes fuera del domicilio habitual, en su caso.
e) Contrato de alquiler o matrícula en una residencia de estudiantes o establecimiento de similares características de los hermanos o las hermanas de las personas solicitantes que estén cursando estudios fuera de su residencia habitual, en su caso.
f) Certificación académica en la que figuren las notas correspondientes al curso escolar inmediatamente anterior a esta convocatoria para aquellas personas solicitantes que procedan de otro centro formativo.
g) Copia del título de familia numerosa, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
h) Documentación acreditativa del grado de discapacidad igual o superior al 33 % de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
i) Documentación acreditativa de familia monoparental, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma, mediante certificado de familia monoparental, convenio regulador o resolución de medidas paterno/maternofiliales.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos
1. Para tramitar este procedimiento, se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.
c) DNI o NIE del resto de las personas de la unidad familiar, en su caso.
2. Para solicitudes de nuevo ingreso, se consultarán, además, los siguientes datos:
Certificado de la renta, tanto de la persona solicitante como de los demás miembros que componen la unidad familiar obligados a declarar (anexo I, en el caso de la persona solicitante, y anexo II, para los demás miembros que componen la unidad familiar).
3. En los supuestos de solicitudes de nuevo ingreso, se consultarán además los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) Título de familia numerosa de la persona solicitante, en el caso de ser expedido por la Xunta de Galicia, en su caso.
b) Grado de discapacidad igual o superior al 33 % de la persona solicitante y de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar, cuando sea expedido por la Xunta de Galicia, en su caso.
c) Certificado de familia monoparental de la persona solicitante, en el caso de ser expedido por la Xunta de Galicia.
4. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
5. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de las solicitudes, declaraciones responsables o comunicaciones
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Decreto 143/2013, de 12 de septiembre, por el que se fijan los precios públicos por los servicios de residencia y comedor prestados en los centros de formación de las familias marítimo-pesquera y agroforestal, así como los precios de matrícula en el Aula de Seguridad y Salvamento, dependientes de esta consellería (DOG nº 176 del 16 de septiembre de 2013).
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Corrección de errores. Resolución de 8 de agosto de 2014 por la que se actualizan los precios públicos determinados en el Decreto 143/2013, de 12 de septiembre, por el que se fijan los precios públicos por los servicios de residencia y comedor prestados en los centros de formación de las familias Marítimo-Pesquera y Agroforestal, así como los precios de matrícula en el Aula de Seguridad y Salvamento, dependientes de esta consellería (DOG nº 174 del 12 de septiembre de 2014).
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Resolución de 13 de junio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de adjudicación de plazas de residencia y comedor en los centros de formación y experimentación agraria y se convocan para el curso académico 2025/26 (DOG nº 133 de 14 de julio de 2025).
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Resolución de 20 de agosto de 2025 por la que se publica la Resolución de 19 de agosto de 2025 por la que se aprueba la relación definitiva de personas admitidas/excluidas y la lista de espera en el procedimiento de adjudicación de plazas de residencia y/o comedor en los centros de formación y experimentación agraria de la Agencia para el curso académico 2025/26 (DOG nº 163 de 27 de agosto de 2025).
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Resolución de 9 de septiembre de 2025 por la que se da publicidad a la modificación de la Resolución de 13 de junio de 2025, por la que se establecen las bases reguladoras del procedimiento de adjudicación de plazas de residencia y comedor en los centros de formación y experimentación agraria y se convocan para el curso académico 2025/26 (DOG nº 178 de 16 de septiembre de 2025).
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