Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
IN418B
Realización de auditoría energética .
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Economía e Industria
Aprobar y dar publicidad al modelo de comunicación del siguiente procedimiento IN418B: Comunicación de realización de una auditoria energética (anexo I).
Proveedores de servicios energéticos
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Instituto Enerxético de Galicia (INEGA)
Dirección Inega
Departamento de Enerxía
Área de Aforro e Eficiencia Enerxética
R/ Avelino Pousa Antelo, 5 (San Lázaro)
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541500
Email: inega.info@xunta.gal
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Procedimiento administrativo de plazo abierto; se puede emplear desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución.
Forma de presentación de la comunicación para el procedimiento IN418B.
1. Las comunicaciones se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, y en la página web del Inega, https://appsinega.xunta.gal/RD56/web/acceso.php.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la subsanación.
Para el acceso a aplicación de presentación de las solicitudes será necesario el número del NIF y la contraseña determinada por las personas interesadas.
2. Toda la información relativa la comunicación de realización de una auditoria energética estará disponible en la dirección: http://www.inega.gal/eficienciaenerxetica/RD56.html.
3. Una vez firmado y presentado cualquiera de estos anexos, se generará una copia en formato pdf del anexo correspondiente, así como de las tablas resumen generadas por cada instalación auditada. Dicha copia servirá como justificante de que se ha realizado la correspondiente comunicación.
Documentación complementaria.
1. Las personas interesadas deberán aportar con la comunicación la siguiente documentación:
a) Título habilitante para ser auditor energético.
b) Documento que acredite a la persona firmante como representante legal de la empresa.
c) Si la persona que firma una de estas comunicaciones no es el representante legal de la empresa, deberá aportar un poder de representación según el modelo disponible en la dirección: http://www.inega.gal/eficienciaenerxetica/RD56.html
d) En el caso de escoger la opción del artículo 3.2.b) del Real decreto 56/2016, deberá aportar certificado de un organismo independiente de que aplican un sistema de gestión energética o ambiental.
e) En el caso de sujetos obligados que tengan más de un centro de trabajo, listado de todas las instalación de la empresa o grupo de empresas (centros de trabajo con distinta ubicación) situadas en el territorio nacional, donde aparezca el consumo energético de cada una de ellas y se identifique el perímetro auditado, firmada por un representante legal.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación del procedimiento IN418B deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la aplicación del Inega https://appsinega.xunta.gal/RD56/web/acceso.php).
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Ámbito Autonómico
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Resolución de 2 de noviembre de 2020 por la que se aprueba el modelo de comunicación de la realización de una auditoría energética (DOG nº 233 del 18 de noviembre de 2020).
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