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Detalle procedemento
FA003A
Normas de aplicación do canon eólico.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales
Consellería de Hacienda y Administración Pública
El objeto es a regulación del cumplimiento de las obligaciones tributarias concernientes al canon eólico, y la creación del Censo electrónico de parques eólicos de Galicia (CEPEG).
Las aplicaciones informáticas del canon eólico podrán ser empleadas por los usuarios que se relacionan a continuación, siempre que sean autorizados previamente por la dirección de la Atriga:
a) Los sujetos pasivos que dispongan del correspondiente certificado de usuario otorgado por la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda (FNMT-RCM) para la presentación y pago de sus propios tributos, o de otras autoridades certificadoras admitidas por la consellería competente en materia de hacienda.
b) Los miembros de los colegios profesionales, las entidades privadas, así como las instituciones u organizaciones representativas de sectores o intereses sociales, laborales, empresariales o profesionales, que hubiesen suscrito con la comunidad autónoma el correspondiente convenio de colaboración, en los términos acordados en este.
Xunta de Galicia
Consellería de Facenda e Administración Pública
Axencia Tributaria de Galicia (ATRIGA)
P/ Pastoriza, 8
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981 544 196
Email: xestion.centralizada@atriga.es
Plazo de presentación: Abierto todo el año
La Orden de 31 de octubre de 2025 entra en vigor el 1 de enero de 2026, salvo la Disposición adicional séptima que entra en vigor el 8 de noviembre de 2025.
Los sujetos pasivos deberán presentar, desde el 8 de noviembre de 2025 hasta el 15 de diciembre de 2025, una declaración consignando en el modelo 007 los datos del parque y de los aerogeneradores.
Los usuarios anteriores, para poder emplear las aplicaciones informáticas del canon eólico, deberán presentar ante la dirección de la Atriga una solicitud de autorización junto a una ficha de usuario, ajustadas a los modelos que contiene el anexo I, con anterioridad al primer plazo en el que deban cumplir las obligaciones tributarias referidas al canon eólico. Se otorgará la autorización a todos aquellos que reúnan las condiciones establecidas en el apartado anterior.
Se aprueban los modelos en formato electrónico que figuran en los anexos II y III de esta orden y que se relacionan a continuación, a efectos de la aplicación del canon eólico:
Modelo 007. Modelo de declaración de alta/modificación de datos en el Censo electrónico de parques eólicos de Galicia (CEPEG).
Modelo 012. Modelo de autoliquidación del canon eólico.
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Ámbito Autonómico
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Orden de 27 de enero de 2014 por la que se aprueban las normas de aplicación del canon eólico (DOG nº 20 del 30 de enero de 2014).
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Resolución de 7 de marzo de 2014 por la que se actualiza el modelo en formato electrónico de autoliquidación del canon eólico (modelo 012) y las fichas de usuario de la oficina virtual tributaria del canon eólico y de la tasa fiscal sobre el juego del bingo (DOG nº 53 do 18 de marzo de 2014).
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Orden de 22 de diciembre de 2020 por la que se modifican las órdenes de aplicación de impuestos propios de la Comunidad Autónoma de Galicia y de las tasas fiscales sobre el juego.(DOG nº 6 de 12 de enero de 2021).
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Resolución de 24 de noviembre de 2021 por la que se modifican los anexos I, II, III, IV y V de la Orden de 21 de junio de 2006 por la que se regulan los procedimientos de gestión recaudatoria y la actuación de las entidades colaboradoras. (DOG nº 233 de 3 de diciembre de 2021).
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Orden de 16 de diciembre de 2021 por la que se modifican diversas normas tributarias (DOG nº 245 del 23 de diciembre de 2021).
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Orden de 31 de octubre de 2025 por la que se modifica la Orden de 27 de enero de 2014 por la que se aprueban las normas de aplicación del canon eólico (DOG nº 216 de 07 de noviembre de 2025).
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Resolución de 1 de noviembre de 2025 por la que se modifican los anexos de la Orden de 27 de enero de 2014 por la que se aprueban las normas de aplicación del canon eólico (DOG nº 216 de 07 de noviembre de 2025).
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Autorización de obras o trabajos en el dominio público hidráulico ou zona de policía de cauces.
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