Guía de procedimientos y servicios

ED527A

Inscripción en las pruebas para la obtención de determinados carnés profesionales y habilitaciones profesionales.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 16/06/2025 00:00 - 30/06/2025 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

La inscripción para la realización de los exámenes encaminados a la obtención de los carnés profesionales y de las habilitaciones profesionales de determinadas especialidades.

Personas aspirantes para ser admitidas a la realización de las pruebas.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Dirección Xeral de Formación Profesional

Subdirección Xeral de Cualificacións, Planificación e Xestión da Formación Profesional

Servizo de Xestión da Formación Profesional

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881996529

Email: habilitacions.profesionais@edu.xunta.gal

http://www.edu.xunta.gal/fp

Dirección Xeral de Formación Profesional
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

09/04/2025 00:00 - 25/04/2025 23:59

16/06/2025 00:00 - 30/06/2025 23:59

1. Para la primera convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será desde el día 9 de abril al día 25 de abril de 2025, ambos incluidos.

2. Para la segunda convocatoria, el plazo de presentación de solicitudes será desde el día 16 de junio al día 30 de junio de 2025, ambos incluidos.

Para ser admitidas a la realización de las pruebas, las personas aspirantes deberán cumplir los siguientes requisitos:

a) Estar en edad legal laboral o tener la edad mínima que, en su caso, pueda exigir la normativa sectorial correspondiente.

b) Requisitos específicos que para cada especialidad se establezcan en la normativa vigente.

  • Capacitación profesional para el ejercicio de actividades en materia de seguridad industrial: realización de pruebas para la obtención del certificado y la expedición de certificados de capacitación profesional ( 32.07.01)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Solicitudes.

1. Las personas aspirantes deberán solicitar su admisión a las pruebas mediante solicitud, según el modelo que figura en el anexo I (código de procedimiento ED527A) de esta orden. En el caso de tener interés en la obtención de más de un carné profesional o habilitación profesional presentarán una solicitud por cada uno de ellos, junto con la correspondiente documentación justificativa.

2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas en participar en cualquiera de las especialidades deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Justificante de liquidación de tasas (clave 32.07.01), con arreglo a lo establecido en el artículo 7 de esta orden.

2. Las personas interesadas en participar en las pruebas para la obtención de alguno de los cuatro carnés profesionales deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Certificación de superación del curso teórico-práctico impartido por una entidad reconocida por la Consellería de Economía e Industria.

b) Certificado de estar cursando un curso teórico-práctico impartido por una entidad reconocida por la Consellería de Economía e Industria. Será necesario presentar este certificado en el caso de no haber terminado dicho curso. Habrá que presentar la certificación de superación el día de la realización de la primera parte de la prueba.

3. Las personas interesadas en participar en las pruebas para la obtención de alguna de las habilitaciones profesionales de gases fluorados deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Certificación de superación del programa formativo para la manipulación de gases fluorados. El certificado del curso asociado a la modalidad de certificado por el que se concurre a la prueba, a pesar de no constituir un requisito para presentarse a la prueba, es imprescindible para la expedición del certificado personal, una vez superada esta.

4. Las personas interesadas en participar en las pruebas para la obtención del carné de instalaciones térmicas en edificios y de las habilitaciones profesionales de gases fluorados también deberán aportar con la solicitud:

a) Informe de vida laboral para la acreditación de la experiencia laboral, expedido por la Tesorería General de la Seguridad Social.

b) Certificación de empresa según el anexo II, para acreditación de la experiencia laboral. En el anexo II, la experiencia laboral se describirá mediante la relación de actividades desarrolladas, en los términos recogidos en la normativa de la especialidad que corresponda.

5. Las personas interesadas en participar en las pruebas para la obtención de los carnés de grúa torre y grúa móvil autopropulsada, categorías A y B, también deberán aportar con la solicitud lo siguiente:

a) Justificación de la equivalencia del título de la ESO a efectos académicos o profesionales.

b) Certificado médico y psicotécnico específico en vigor. Este certificado será expedido en los términos establecidos para cada carné en el Real decreto 560/2010, de 7 de mayo, por el que se modifican diversas normas reglamentarias en materia de seguridad industrial.

6. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo que se podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

7. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) Títulos oficiales no universitarios requeridos, cuando lo establezca la especialidad.

2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y aportar los documentos correspondientes.

Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud.

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 31 de marzo de 2025 por la que se convocan pruebas para la obtención de determinados carnés profesionales y habilitaciones profesionales en el año 2025 (DOG nº 68 del 8 de abril de 2025).

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