Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
ED517B - Inscripción en el proceso de evaluación y acreditación de las competencias profesionales.
El objeto de esta orden es establecer, en el ámbito del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Galicia, un procedimiento disponible permanentemente para la evaluación y la acreditación de las competencias profesionales adquiridas por las personas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación (código de procedimiento ED517B), al amparo de lo establecido en el Real decreto1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral, y en el Real decreto 143/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real decreto 1224/2009, para unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales.
Lugar de realización .
1. Con carácter general, el desarrollo del proceso tendrá lugar en centros educativos con oferta de formación profesional: centros integrados de formación profesional (CIFP), en los institutos de educación secundaria (IES) o en otros centros educativos que se determinen.
2. La Secretaría General de Educación y Formación Profesional dará publicidad de los centros que en cada momento estén participando en el procedimiento.
Los trabajadores y las trabajadoras en activo o en situación de desempleo sin acreditación oficial de su competencia profesional y con una experiencia profesional.
1. Para acceder a este procedimiento, las personas candidatas deberán cumplir los requisitos siguientes:
a) Poseer la nacionalidad española, encontrarse incluido como persona residente comunitaria o familiar de esta, en el ámbito de la aplicación del Real decreto 240/2007, de 16 de febrero, sobre entrada, libre circulación y residencia en España de personas ciudadanas de la UE; o ser titular de una autorización de residencia en España en vigor.
b) Tener cumplidos 18 años, en el momento de realizar la inscripción, para las unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 1, y 20 años para unidades de competencia correspondientes a cualificaciones de nivel 2 y 3.
c) Tener experiencia laboral y/o formación relacionada con las competencias profesionales que se quiere acreditar.
c.1) En el caso de experiencia laboral, se justificarán por lo menos tres años, con un mínimo de 2.000 horas trabajadas en total, en los últimos quince años transcurridos antes de la presentación de la solicitud para unidades de competencia de nivel 2 y 3. Para las unidades de competencia de nivel 1 se requerirán como mínimo dos años de experiencia laboral con un mínimo de 1.200 horas trabajadas en total.
c.2) En el caso de formación, se justificarán por lo menos 200 horas para unidades de competencia de nivel 1 o 300 horas para las unidades de competencia de los niveles 2 y 3, en los últimos diez años transcurridos antes de la presentación de la solicitud. En los casos en que los módulos formativos asociados a las unidades de competencia que se pretendan acreditar tuviesen una duración inferior, se deberán acreditar como mínimo las horas establecidas en esos módulos formativos.
d) Las personas candidatas no podrán estar matriculadas en un ciclo de formación profesional (ni en régimen común ni en el régimen para las personas adultas) o realizando formación profesional para el empleo, conducente a la acreditación de las unidades de competencia en las cuales solicita su inscripción. Tampoco podrán poseer o estar en condiciones de obtener un título de formación profesional o un certificado de profesionalidad que contenga la/s unidad/es de competencia que solicita, ni sus equivalentes o la acreditación parcial de las unidades de competencia que solicita. Además, no podrán estar inscritas en otro procedimiento de reconocimiento de la experiencia profesional, o en las pruebas libres para la obtención del título de formación profesional, llevado a cabo por cualquier Administración u organismo público, conducente a la acreditación de las mismas unidades de competencia que solicita. Para todo esto presentarán declaración responsable que harán constar en la solicitud.
2. Las personas mayores de 25 años que cumplan los requisitos de experiencia laboral o formativa indicados en el apartado anterior y que no puedan justificarlos mediante los documentos señalados podrán solicitar su inscripción provisional en el procedimiento, siempre y cuando presenten la justificación, mediante alguna prueba admitida en derecho, de su experiencia laboral o de los aprendizajes no formales de formación. El centro encargado de tramitar la solicitud consultará a la Subdirección General de Formación Profesional que emitirá un informe sobre la procedencia o no de la participación de la persona candidata en el procedimiento. Si el informe es positivo, se procederá a su inscripción definitiva como solicitante en el centro correspondiente.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Dirección Xeral de Formación Profesional
Subdirección Xeral de Cualificacións, Planificación e Xestión da Formación Profesional
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546566
Fax: 981546542
Dirección Xeral de Formación Profesional
Orden de 4 de junio de 2021 por la que se regula, en el ámbito del sistema educativo de la Comunidad Autónoma de Galicia, el proceso de acreditación de competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral para unidades de competencia del Catálogo nacional de cualificaciones profesionales (DOG nº 112 del 15 de junio de 2021).
Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE nº 205 de 25 de agosto de 2009).
Real Decreto 143/2021, de 9 de marzo, por el que se modifica el Real Decreto 1224/2009, de 17 de julio, de reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas por experiencia laboral (BOE nº 59, de 10 de marzo de 2021).
Plazo de presentación: Abierto todo el año
El procedimiento se mantendrá abierto con carácter permanente garantizándose el inicio de este para cada persona solicitante de acuerdo con los plazos previstos en el artículo 21 de la Ley 39/ 2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas.
Información de tasas .
Exención de la tasa de asesoramiento y de la tasa de evaluación del Procedimiento ARA
En el DOG Núm. 246, del viernes 29 de diciembre de 2023, se publicó la Ley 10/2023, de 28 de diciembre, de medidas fiscales y administrativas https://www.xunta.gal/dog/Publicados/2023/20231229/AnuncioC3B0-281223-0005_es.html
En el capítulo II de esta ley, que trata de los tributos propios, el artículo 6.2 modifica el apartado 10 del artículo 23 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacción reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.
De acuerdo con el nuevo texto del apartado 10 quedan exentas de la tasa por servicios, en las actuaciones en materia de competencia profesional, las siguientes personas:
– Las que participen en la fase de asesoramiento del procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, regulado en el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
– Las que participen en la fase de evaluación de unidades de competencia del procedimiento para el reconocimiento de las competencias profesionales adquiridas a través de la experiencia laboral o de vías no formales de formación, regulado en el Real decreto 659/2023, de 18 de julio, por el que se desarrolla la ordenación del Sistema de Formación Profesional.
Presentación de solicitudes .
1. La solicitud de participación en el procedimiento deberá presentarse obligatoriamente por vía electrónica cubriendo previamente los datos en el sistema de información Acreditación (https://www.edu.xunta.gal/acreditacion), desde donde deberá generarse el formulario normalizado que se presentará necesariamente en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
2. Los datos relacionados con la documentación justificativa del historial profesional y/o formativo alegados y de los requisitos de participación en el procedimiento, según lo establecido en los artículos 4 y 5 de esta orden, también se cargarán en el sistema de información Acreditación.
3. Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
4. Las personas que no posean DNI, NIE o certificado electrónico aceptado por la sede electrónica de la Xunta de Galicia deberán generar e imprimir la solicitud desde el sistema de información Acreditación, y presentarla, junto con la documentación establecida en el artículo 8, en la secretaría del centro donde se vaya a desarrollar el procedimiento. Solo para estos casos, de enviarse por correo, el envío de la solicitud deberá ser certificado, con el sello de Correos en el encabezamiento de la primera hoja del formulario para garantizar la fecha de remisión. Se deberá juntar copia de la documentación que se precise, que será comparada con los originales en la Secretaría del centro donde se presenten.
5. En este caso, a los efectos de lo establecido en el artículo 14.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, la Consellería de Cultura, Educación y Universidad pone a disposición de las personas solicitantes en los centros educativos que imparten enseñanzas de formación profesional, los medios técnicos y humanos suficientes, lo que posibilita que las solicitudes se presenten exclusivamente por medios electrónicos. Las personas solicitantes que lo necesiten serán informadas y ayudadas a completar la solicitud en cualquier centro educativo público que imparta enseñanzas de formación profesional.
6. En su solicitud las personas candidatas podrán elegir participar en una o en varias unidades de competencia de entre las ofertadas por el sistema de información Acreditación.
7. Deberán seleccionar un centro para la presentación de la solicitud.
a) No será necesario esperar a la finalización del procedimiento para presentar una nueva solicitud de participación en unidades de competencia distintas a las ya solicitadas.
b) No se podrá volver a solicitar participar en el procedimiento en unidades de competencia en las que ya se está participando mientras el proceso actual no finalice para dichas unidades de competencia.
Documentación justificativa .
1. Las personas interesadas deberán acercar con la solicitud a siguiente documentación:
a) Para todas las personas solicitantes:
a.1) Currículo en el formato Europass. Se podrá generar desde el sistema de información Acreditación con los datos incorporados en las pestañas de formación, experiencia e historial profesional y formativo.
a.2) Copia de los certificados que acrediten la formación alegada, en que consten los contenidos y las horas de formación, y el organismo que la acredita.
b) Solicitantes que reúnan los requisitos por la vía de la experiencia laboral.
b.1) Solicitantes que adquieran las competencias como personas trabajadoras asalariadas:
• Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social, del Instituto Social de la Marina, o de la mutualidad laboral en la que se tenga afiliación, donde consten la empresa, la categoría laboral (grupo de cotización) y el período de contratación (informe de vida laboral).
• Copia de los contratos de trabajo.
• Certificado de la empresa en que se adquirió la experiencia laboral, en que se refleje específicamente la duración de los períodos de prestación del contrato, la actividad desarrollada y el intervalo de tiempo en que se realizó dicha actividad, según el modelo de anexo II.
b.2) Solicitantes que adquieran las competencias como personas trabajadoras autónomas o por cuenta propia:
• Certificado de la Tesorería General de la Seguridad Social o del Instituto Social de la Marina de los períodos de alta en la Seguridad Social en el régimen especial correspondiente.
• Descripción de la actividad desarrollada y del intervalo de tiempo en que se realizó, adaptada al modelo de anexo II.
b.3) Solicitantes que adquieran las competencias como personas trabajadoras autónomas o becarias: certificación de la organización donde consten las actividades y las funciones realizadas, y el número total de horas, adaptada al modelo de anexo II.
c) Solicitantes que no puedan justificar su experiencia acogiéndose al artículo 4.2: cualquier documentación de carácter laboral y/o formativo que sirva como prueba potencial de la competencia que se pretenda demostrar y permita contrastar los requisitos.
d) Solicitantes que no poseen DNI o NIE:
d.1) Permiso de trabajo, en el caso de personas extranjeras, solo en el caso de no disponer de la acreditación de residencia en España en vigor.
d.2) Certificado del registro de ciudadano o ciudadana comunitario o tarjeta familiar de ciudadano de la Unión Europea o, de ser el caso, copia del pasaporte en vigor (en el caso de personas con ciudadanía comunitaria que no estén incluidas en la situación anterior).
e) Solicitantes con discapacidad: certificado acreditativo de la discapacidad, si no fue emitido por la Xunta, en el caso de solicitar alguna adaptación.
2. No será necesario acercar los documentos que ya fueran presentados anteriormente para el caso de solicitantes que participaran en procedimientos anteriores dentro de los últimos cinco años, y pasaran a la fase de asesoramiento. También podrán acogerse en el sistema de información Acreditación a la opción de recuperar los datos cargados para actualizarlos, o cargar una solicitud de nuevo.
3. La documentación justificativa deberá presentarse electrónicamente. Las personas solicitantes se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten.
Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
4. Si alguna de las personas solicitantes presenta la documentación justificativa de manera presencial, será requerida para que la enmiende, a través de su carga en el sistema de información Acreditación, y posterior presentación electrónica, excepto en los casos de personas que no posean DNI, NIE o certificado electrónico a las que se hace referencia en el artículo 6.4. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fuera realizada la enmienda.
5. De no presentar la solicitud y documentación conforme a lo establecido anteriormente, las solicitudes serán excluidas del proceso de admisión al procedimiento.
6. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
7. La falsedad en los datos aportados o declarados supondrá la exclusión del procedimiento.
Comprobación de datos .
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) DNI/NIE de la persona solicitante.
Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación a circunstancia que acredita el documento correspondiente:
b) En el caso de personas extranjeras, certificado de residencia en España.
c) Discapacidad reconocida por la Xunta de Galicia.
d) Situación actual de desempleo.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente del formulario de la solicitud, anexo I, y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se les podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud .
Los trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud se realizarán a través del sistema de información Acreditación, y posterior presentación electrónica en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Aquellos trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento que no sean objeto del establecido en esta orden deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución:
Seis meses
Sentido del silencio:
Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"
Otras convocatorias o publicaciones
Procedimientos y servicios relacionados
Solicitud de validación de módulos de enseñanzas profesionales de artes plásticas y diseño.
Plan de mejora de bibliotecas escolares en centros públicos no universitarios.
Ayudas para centros privados concertados en el ámbito de las bibliotecas escolares y fomento de la lectura.
Convocatoria de pruebas libres de títulos extinguidos establecidos al amparo de la Ley Orgánica 1/1990, del 3 de octubre grado medio
Inscripción para las pruebas libres de módulos profesionales de ciclos formativos de formación profesional al amparo de la Ley orgánica 1/1990.
Admisión a ciclos formativos de grado medio y de grado superior en el régimen para las personas adultas en centros sostenidos con fondos públicos.