Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
ED442B
Acreditación de los campus de especialización del Sistema universitario de Galicia.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Regular el procedimiento para otorgar la acreditación de campus de especialización en el SUG con base en el proceso de transformación llevado a cabo desde las universidades para alcanzar los objetivos de mayor especialización, compactidad y calidad de la docencia y de la investigación.
Podrán obtener la acreditación los campus de las universidades del SUG que superen la evaluación establecida en esta orden.
Xunta de Galicia
Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional
Secretaría Xeral de Universidades
Subdirección Xeral de Promoción Científica e Tecnolóxica Universitaria
Edificio administrativo San Caetano Bloque 2, 1º andar.
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881995150
Email: promocioncientifica.educacion@xunta.gal
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Es un procedimiento abierto por lo que se puede iniciar en cualquier momento, a partir del día siguiente a su publicación en el Diario Oficial de Galicia, a solicitud de la universidad del SUG a la que pertenezca el campus.
Las universidades del SUG podrán presentar, para obtener el reconocimiento como CE, aquellos campus que cuenten con un Plan estratégico aprobado formalmente por la universidad, como máximo en los tres años previos a la fecha de presentación de la solicitud, y que demuestren una trayectoria que ponga de manifiesto su enfoque hacia la especialización que presentan.
Asimismo se requiere que la universidad solicitante no presentara una solicitud para la acreditación de uno campus de especialización en los últimos dos años, a contar desde la fecha de publicación de la resolución de la última acreditación reconocida, o de la renovación de la acreditación en su caso.
Solicitudes.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado ED442B (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
De conformidad con el articulo 68.4 de la Ley 39/2015, del 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las Administraciones Públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará cómo fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes se podrá emplear cualesquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365)
Documentación a aportar.
La solicitud deberá ir acompañada de la siguinte documentación:
- Informe sobre la evolución del alcance del campus en los ámbitos de docencia, investigación, servicios y alianza externas. El informe reflejará la trayectoria de los últimos 4 años que de fundamento a la solicitud de especialización del campus e incluirá las actuaciones realizadas que pongan de manifiesto su enfoque hacia la especialización que si solicita. Se incluirán en este informe:
a) Anexo de indicadores que reflejen la evolución durante ese período en los diferentes ámbitos.
b) Informe de autoevaluación que incluirá, como mínimo, información sobre las fortalezas y debilidades el centro respeto, por lo menos, a las dimensiones de organización y gobernanza, estrategia de especialización, docencia, investigación, interacción con el tejido productivo e información pública y transparencia.
c) Relación de principales infraestructuras y equipamientos del campus, grupos de investigación, personal en sus diferentes tipologías (científico, de gestión, en formación, técnico...) y personal docente.
- Plan estratégico del campus para los próximos 4 años aprobado formalmente por la universidad (extensión total máxima de 100 páginas) en el que se especifiquen los retos prioritarios y actuaciones para desplegar la estrategia de especialización en las dimensiones de organización y gobernanza, docencia, investigación, interacción con el tejido productivo e información pública y transparencia.
Deberá acreditarse su aprobación mediante certificado de la universidad y se presentará en un único documento con diferentes apartados que comprenderá, cuando menos, los siguientes aspectos:
a ) Presentación del campus donde si identifiquen las estrategias, líneas de especialización y acrónimo.
b) Resumen ejecutivo del Proyecto estratégico (no incluirá aspectos que no figuren detallados en lo dicho proyecto).
c) Gobernanza y estructura organizativa.
d) Docencia: relación de títulos de grado, de máster y doctorado vinculados directamente a las líneas de especialización del campus. Se considerarán títulos vinculados al CE aquellos que desarrollen su actividad formativa (en lo caso de grados y másters/másteres) en áreas afines a las líneas de especialización del CE. La inclusión de los títulos de grado y de máster en lo alcance del CE deberá venir justificada por la relación de los ámbitos donde si produce la inserción laboral de las personas tituladas con las líneas de especialización, así como por la presencia mayoritaria (en tener de créditos impartidos) de profesorado que realice su labor en los ámbitos de especialización del campus. En las titulaciones de grado y máster se determinará una tasa de alumnos mínima en base a un ratio entre plazas ofertadas y plazas cubiertas. En lo caso de los doctorados serán aquellos cuyas líneas de investigación están alineadas con la especialización del CE.
e) Investigación: se proporcionarán los datos de las estructuras de investigación (grupos, institutos, centros de investigación y otras estructuras supragrupais), cuya actividad investigadora se enmarca en las líneas de especialización del campus. Se indicarán expresamente los Grupos de Referencia Competitiva y Grupos de Potencial Crecimiento con ayuda activa en lo marco de las Convocatorias de la Xunta de Galicia.
f) Transferencia de tecnología e interacción con el entorno industrial. Se indicarán parámetros tales cómo patentes solicitadas/conseguidas, en explotación, modelos de utilidad, secretos industriales, contratos de I+D con empresas, contratos de servicios científico-técnicos, convenios... así como un listado de aquellas empresas con las que tengan acuerdos relativos a doctorados industriales, prácticas externas etc.
g) Propuesta de indicadores de seguimiento, evaluación, resultado e impacto en lo CE. La presentación de los indicadores se hará en hoja de cálculo en formato editable y se acompañará del correspondiente documento en formato PDF firmado. Los indicadores deberán incluir valor de partida y propuesta de metas a alcanzar nos próximos 4 años.
h) Planes operativos para los próximos 4 años, que desarrollen el Plan estratégico. Deberán especificarse los retos prioritarios y actuaciones para desplegar la estrategia de especialización en las distintas dimensiones consideradas. La universidad debe definir cuál es el alcance del CE identificando, en cada ámbito de su actividad, que elementos de la estructura se adscribirían al CE.”
Forma de presentación de la documentación.
La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará cómo fecha de presentación aquella en que fuera realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de la copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
Siempre que si realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona representante de la entidad solicitante.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el recuadro correspondiente habilitado en el formulario correspondiente y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se le podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo á Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
Plazo de resolución:
Ocho meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 10 de septiembre de 2019 por la que se regula el procedimiento para la acreditación de los campus de especialización del Sistema universitario de Galicia (DOG nº 177 del 18 de septiembre de 2019).
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Corrección de errores. Orden de 10 de septiembre de 2019 por la que se regula el procedimiento para la acreditación de los campus de especialización del Sistema universitario de Galicia (DOG nº 200 del 21 de octubre de 2019).
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Orden de 17 de abril de 2024 por la que se modifica la Orden de 10 de septiembre de 2019 por la que se regula el procedimiento para la acreditación de los campus de especialización del Sistema universitario de Galicia (DOG nº 83 del 26 de abril de 2024).
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