Guía de procedimientos y servicios

ED421A

Ayudas destinadas a personas tituladas universitarias en situación de desempleo para la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades públicas del Sistema Universitario de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 06/09/2025 00:00 - 06/10/2025 23:59

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Sobre el procedimiento

Establecer las bases reguladoras y convocar, en régimen de concurrencia competitiva, ayudas a persoas desempleadas con titulación universitaria para financiar los gastos derivados de la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia.

Personas desempleadas con titulación universitaria matriculadas en el curso 2025/26 en un máster universitario oficial ofertado por las universidades públicas del Sistema universitario de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería de Educación, Ciencia, Universidades e Formación Profesional

Secretaría Xeral de Universidades

Subdirección Xeral de Universidades

Servizo de Apoio e Orientación ao Alumnado Universitario

San Caetano, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544430

Email: orientacion.sug@edu.xunta.es

http://www.edu.xunta.es

Secretaría Xeral de Universidades
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

06/09/2025 00:00 - 06/10/2025 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia hasta el 6 de octubre de 2025.

Podrán solicitar estas ayudas las personas tituladas universitarias que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar en situación de desempleo a la fecha de presentación de la solicitud.

b) Haber finalizado los estudios universitarios que le den acceso a los estudios del máster universitario con fecha límite de 30 de septiembre de 2024.

c) Estar matriculada en el curso académico 2025/26, en primera matrícula, en un máster universitario oficial de 60, 90 o 120 créditos ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia. La matrícula será de un mínimo de 60 créditos, excluidos los créditos reconocidos, convalidados o adaptados.

d) No estar incluidas en los casos de beneficios y exención total de matrícula que se prevean en el decreto por el que se fijan los precios públicos por la prestación de servicios académicos y administrativos en las universidades públicas del Sistema universitario de Galicia para el curso académico 2025/26.

e) No haber disfrutado de esta ayuda en convocatorias anteriores, salvo en el caso de un máster de 120 créditos, en el que se puede solicitar para la primera matrícula de los 60 créditos que restan para finalizar el máster.

Solicitudes

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la subsanación.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Una vez formalizada la solicitud, deberá ser firmada por la persona interesada con cualquiera de los sistemas de firma admitidos por la sede electrónica y enviada por el procedimiento electrónico establecido; quedará así presentada a todos los efectos. No se tendrán en cuenta aquellas solicitudes formalizadas por vía telemática que no completen el proceso de presentación establecido y obtengan el justificante de solicitud, que deberá conservar la persona solicitante para acreditar, en el caso de que resulte necesario, la presentación de su solicitud en el plazo y forma establecidos.

2. Las solicitudes las suscribirá electrónicamente la persona interesada o la persona que acredite su representación por cualquier medio válido en derecho.

3. Para la presentación electrónica de este procedimiento, la sede electrónica de la Xunta de Galicia dispone de instrucciones de ayuda, que deberán ser observadas en todo momento por las personas solicitantes. En caso de duda, dificultades técnicas o necesidad de más información durante el proceso de obtención de los formularios, podrán dirigirse al teléfono de información 012 o a la dirección electrónica 012@xunta.gal

Si las dudas están relacionadas con la presente convocatoria, podrán hacer sus consultas en la dirección electrónica orientacion.sug@edu.xunta.es

Documentación complementaria

1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:

Acreditación de la representación por cualquier medio válido en derecho, en el caso de actuar por medio de representante.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario aportar los documentos que hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.

De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Comprobación de datos

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante, solo en el caso de actuar por medio de representante.

c) Vida laboral de los últimos 12 meses.

d) Título universitario oficial que le da acceso al máster.

e) Documento emitido por la universidad correspondiente en el que deberán figurar el máster universitario oficial en que está matriculada la persona solicitante, los créditos matriculados en el curso académico 2025/26, excluidos los reconocidos, convalidados y adaptados y el importe de los créditos abonados.

f) Informe de períodos de inscripción como demandante de empleo de la persoa solicitante, expedido por la correspondiente oficina de empleo del Servicio Público de Empleo de Galicia, que determinará el número de días de inscripción ininterrumpida hasta la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

g) Certificado de estar al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria (AEAT).

h) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.

i) Certificado de estar al corriente en el pago con la Agencia Tributaria de Galicia (Atriga).

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable,se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar después de la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 26 de agosto de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de ayudas destinadas a personas tituladas universitarias en situación de desempleo para la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia en el curso académico 2025/26 (DOG nº 171 de 5 de septiembre de 2025).

    • Extracto de la Orden de 26 de agosto de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras y se procede a la convocatoria de ayudas destinadas a personas tituladas universitarias en situación de desempleo para la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia en el curso académico 2025/26 (DOG nº 171 de 5 de septiembre de 2025).

    • Resolución de 17 de noviembre de 2025 por la que se adjudican las ayudas destinadas a personas tituladas universitarias en situación de desempleo para la matrícula en un máster universitario oficial ofertado por las universidades del Sistema universitario de Galicia en el curso académico 2025/26, convocadas por la Orden de 26 de agosto de 2025(DOG nº 228 de 25 de noviembre de 2025).

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