Le orientamos, paso a paso, para presentar una solicitud en el registro electrónico
BS324A - Movilidad transnacional juvenil Galeuropa: Ayudas individuales de movilidad para la juventud gallega
1. Esta orden tiene por objeto establecer el procedimiento de concesión de subvenciones individuales para el programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa, para la realización de prácticas formativas no laborales por personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil (en adelante, SNGJ) en entidades o empresas públicas o privadas en países europeos, con cargo al programa operativo de empleo juvenil. El procedimiento de concesión de las subvenciones será en régimen de concurrencia competitiva y conforme a los principios de publicidad, transparencia, igualdad y no discriminación.
2. La finalidad del programa de movilidad trasnacional juvenil Galeuropa es fomentar la empleabilidad y las competencias profesionales de las personas jóvenes inscritas en el SNGJ que no estén ocupadas ni integradas en los sistemas de educación o formación, contribuyendo a la mejora de su formación y a la adquisición de la experiencia profesional necesaria para su incorporación al mercado de trabajo de una manera duradera en el tiempo. Además, la movilidad transnacional apoya la adquisición de competencias en idiomas extranjeros que contribuyen a aumentar la empleabilidad de las personas jóvenes.
3. La realización de las prácticas formativas podrá generar el derecho a solicitar la expedición del certificado de experiencias en educación no formal en materia de juventud, de conformidad con lo establecido en la Orden de 26 de febrero de 2015 por la que se regula el certificado de experiencias de educación no formal en materia de juventud.
4. Las subvenciones establecidas en esta orden se regularán a través del procedimiento BS324A: subvenciones individuales de movilidad para la juventud gallega.
Podrán solicitar las ayudas las personas jóvenes que cumplan los siguientes requisitos en la fecha de presentación de la solicitud:
a) Haber cumplido los 18 años y no superar la edad máxima que establezca la normativa vigente del SNGJ, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 97.c) de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, de aprobación de medidas urgentes para el crecimiento, la competitividad y la eficiencia.
b) Estar empadronadas en la Comunidad Autónoma de Galicia con una antigüedad mínima de un año.
c) Estar inscritas en el SNGJ y figurar como beneficiarias en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Galicia en la fecha de presentación de la solicitud.
- Serán excluidas las personas jóvenes solicitantes que se encuentren en alguna de las situaciones de prohibición recogidas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Dirección Xeral de Xuventude
Subdirección Xeral de Programas e Asesoramento para a Xuventude
Servizo de Programas e Mobilidade Xuvenil
Edificio Administrativo San Lázaro, 3º andar
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981544645
Fax: 981545843
Email: galeuropain-garantiaxuvenil@xunta.es
http://garantiaxuvenil.xunta.es/
Dirección Xeral de Xuventude
Orden de 10 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones individuales destinadas al programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa, dirigido a las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Fondo Social Europeo, programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (DOG nº 164 de 30 de agosto de 2022).
Extracto de la Orden de 10 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones individuales destinadas al programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa, dirigido a las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Fondo Social Europeo, programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (DOG nº 164 de 30 de agosto de 2022).
Orden de 26 de septiembre de 2022 por la que se modifica la Orden de 10 de agosto de 2022 por la que se establecen las bases para la concesión de subvenciones individuales destinadas al programa de movilidad trasnacional juvenil Galeuropa, dirigido a las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Fondo Social Europeo, programa operativo de empleo juvenil, y se procede a su convocatoria para el año 2022 (DOG nº 186 del 29 de septiembre de 2022).
Resolución de 5 de octubre de 2022, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publica la Resolución de 4 de octubre de 2022 de concesión de subvenciones individuales destinadas al programa de movilidad transnacional juvenil Galeuropa, dirigido a las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Fondo Social Europeo, programa operativo de empleo juvenil (DOG nº 193 do 10 de octubre de 2022).
Resolución de 13 de febrero de 2023, de la Dirección General de Juventud, Participación y Voluntariado, por la que se publican las resoluciones dictadas en el procedimiento de concesión de subvenciones individuales destinadas al programa de movilidad trasnacional juvenil Galeuropa, dirigido a las personas jóvenes inscritas en el Sistema nacional de garantía juvenil, con cargo al Fondo Social Europeo, programa operativo de empleo juvenil 2022 (DOG nº 56 del 21 de marzo de 2023).
Plazo de presentación: CERRADO
31/08/2022 00:00 - 30/09/2022 23:59
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes, contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación de la solicitud aquella en que haya sido realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria
1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud (anexo I) la siguiente documentación:
a) Curriculum vitae modelo europeo en cualquiera de los idiomas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Anexo III, con los datos de la empresa/entidad pública o privada donde se realizarán las prácticas formativas no laborales.
En el caso de no presentar este anexo con la solicitud, deberá ser remitido en el plazo establecido en el artículo 18.1.
c) Si procede, acreditación de violencia de género, por cualquiera de los medios reconocidos en el artículo 5 de la Ley 11/2007, de 27 de julio, gallega para la prevención y el tratamiento integral de la violencia de género, que son:
1º. Certificación de la orden de protección o de la medida cautelar, o testimonio o copia autenticada por la secretaria o por el secretario judicial de la propia orden de protección o de la medida cautelar.
2º. Sentencia de cualquier orden jurisdiccional que declare que la mujer sufrió violencia en cualquiera de las modalidades definidas en la Ley 11/2007, de 27 de julio.
3º. Certificación y/o informe de los servicios sociales y/o sanitarios de la Administración pública autonómica o local.
4º. Certificación de los servicios de acogida de la Administración pública autonómica o local.
5º. Informe del Ministerio Fiscal que indique la existencia de indicio de violencia.
6º. Informe de la Inspección de Trabajo y de la Seguridad Social.
7º. Cualquier otra que se establezca reglamentariamente.
d) Si procede, acreditación de la situación de discapacidad cuando no haya sido expedida en la Comunidad Autónoma de Galicia.
e) Si procede, informe acreditativo de la situación de riesgo de exclusión social emitido por el Sistema gallego de los servicios sociales.
f) El/los certificado/s de empadronamiento histórico que acredite/n la antigüedad mínima exigida en el artículo 4, en caso de que la última variación del padrón sea inferior a un año.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no será necesario presentar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pudieran obtener los citados los documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona que los aporte.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que lo enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará fecha de presentación aquella en que haya sido realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI/NIE de la persona solicitante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
c) Certificado de residencia con fecha de última variación del padrón de la persona solicitante. En caso de que la última variación del padrón sea inferior a un año, deberá presentar con la solicitud el certificado indicado en el artículo 8.1.f).
d) Certificado de estar al corriente en el pago a la Seguridad Social.
e) Certificado de estar al corriente en el pago de las deudas a la Administración pública de la Comunidad Autónoma.
f) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias a la AEAT.
g) Comprobación de estar inscrita y ser beneficiaria en el SNGJ.
2. Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
Certificado de discapacidad de la persona solicitante cuando sea expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.
3. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla habilitada en el formulario correspondiente y presentar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas jóvenes solicitantes que presenten los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar después de la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Fase de solicitud
- Solicitud (Anexo I)
- Aceptación de la empresa o entidad extranjera (Anexo III)
Más información
Localice el procedimiento o servicio en la guía de procedimientos y servicios, consulte la información del trámite y revise la documentación obligatoria para presentar la solicitud que figura en la pestaña "Presentación" en el apartado "Documentación para la presentación".
En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles modelos en formato PDF para aquellos documentos para los que se precisen. Si los necesita:
- Primero descargue en su equipo los modelos PDF (asegúrese de que están descargados, no abiertos en el navegador).
- A continuación cubra los modelos. Si alguna tabla tiene filas y no son suficientes puede añadirlas en ese documento descargado.
- Por último, guarde o imprima en versión PDF un archivo electrónico de cada modelo cubierto.
- Firme el documento, si así se requiere.
- Para finalizar anexe el modelo o modelos en PDF en su presentación.
En caso de que el procedimiento no figure en la guía, podrá emplear la solicitud genérica.
Entre en "Tramitar en línea" para iniciar el trámite electrónico.
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Ahora ya está dentro de su espacio personal "Mi sede".
Cubra el formulario y recuerde que puede guardarlo para recuperarlo más adelante desde el apartado "Mis borradores" de "Mi sede".
Cuando lo haya cubierto, haga clic en "Continuar".
Anexe la documentación que quiera presentar junto con el formulario. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Puede consultar cómo enviar ficheros que no tienen el tamaño o el formato aceptados por esta sede.
Firme el formulario y la documentación que quiere entregar.
Puede hacerlo con un certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en su móvil.
Descargue el justificante de la presentación.
Podrá también acceder a este documento desde el apartado "Mis expedientes" de "Mi sede".
Consulte cómo proceder con los documentos de gran tamaño y en distintos formatos
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
Recuerde que este servicio solamente estará disponible desde el espacio "Mi sede" de la sede electrónica y en aquellos procedimientos que tengan habilitados trámites electrónicos posteriores a la solicitud cuando así lo establezca su norma reguladora.
Prepare los archivos electrónicos necesarios y compruebe que utiliza formatos compatibles con la sede: .bmp, .ce3, .cex, .csv, .cte, .dbf, .doc, .docx, .dwg, .dxfn, .gpx, .hexhash, .inp, .jpg, .kml, .kmz, .ods, .odt, .pd2, .pdf, .pdl, .png, .prj, .shp, .shx, .tgd, .tiff, .txt, .xls, .xlsx, .xml, .xsig, .mp4, .avi, .mov y .wmv
El tamaño máximo del conjunto de documentos aportados en una presentación en esta sede es de 100 MB, y no se admiten archivos comprimidos.
Compruebe el tamaño total del conjunto de documentos que precisa aportar:
- Si es inferior a 100 MB puede adjuntar todos los documentos a la solicitud
- Si es superior a 100 MB separe los archivos de más de 100 MB, agrupe el resto en subconjuntos de documentos que no superen los 100 MB y proceda según los siguientes pasos
- Presente a solicitud adjuntando un subconjunto de documentos de menos de 100 MB.
- Repita el trámite de adjuntar documentación separada de la solicitud para cada uno de los subconjuntos restantes de documentos, siguiendo estos pasos:
- Una vez finalizada la presentación acceda al apartado "Mis expedientes" de "Mi sede", seleccione el expediente de la solicitud que acaba de realizar, haga clic en la opción "Acciones" y seleccione "Aportación de documentación separada de la solicitud".
- Cubra el formulario y pulse en "continuar"
- Adjunte el siguiente subconjunto de documentos
- Firme y complete la aportación de documentación separada
- Repita este proceso para cada subconjunto de documentos de menos de 100 MB
Si algún archivo supera individualmente los 100 MB:
- Proceda según se explica en los pasos anteriores para el resto de archivos
- Descargue en su equipo el modelo genérico para la aportación de documentación separada
- Cubra el modelo, indicando el expediente o número de registro de entrada de la solicitud electrónica realizada y la unidad responsable del procedimiento
- Imprima el modelo y preséntelo de forma presencial, junto con la documentación en formato físico -CD, DVD, USB-, en cualquiera de las oficinas de registro
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Más información
Consulte cómo responder a un requerimiento de enmienda de documentación
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios. En la pestaña "Presentación", en el apartado "Documentación para la presentación" figura el listado de documentos requeridos para la presentación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos. Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede". Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365. Busque el expediente relacionado con el requerimiento y seleccione en el menú "Acción" de la derecha la opción "Enmienda al requerimiento".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Enmienda al requerimiento" no estuviera disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la enmienda utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario indicando los datos o documentos aportados para la enmienda.
Anexe los documentos que quiera presentar. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la enmienda.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si utiliza Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la enmienda.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Conozca cómo aportar documentación justificativa a un expediente en curso
Revise la documentación obligatoria para el trámite que va a realizar en la ficha del procedimiento en la Guía de procedimientos y servicios.
En la pestaña "Después de la presentación", en el apartado "Justificación" figura el listado de documentos requeridos para la justificación. En el apartado "Anexos asociados" tiene disponibles los modelos en formato .pdf para aquellos documentos para los que se necesitan.
Descargue en su equipo los modelos que deba presentar y cúbralos.
Guarde o imprima a un archivo electrónico cada modelo cubierto para anexarlo posteriormente en la presentación.
Acceda a su espacio personal "Mi sede".
Identifíquese utilizando un certificado electrónico o Chave365.
Busque el expediente para el cual necesita aportar documentación justificativa. En el menú "Acción" que aparece a la derecha seleccione la opción "Aportación de documentación justificativa".
* En caso de que el expediente no aparezca en su espacio personal, o la opción "Aportación de documentación justificativa" no estuviese disponible para ese expediente, podrá realizar electrónicamente la justificación utilizando la solicitud genérica.
Cubra el formulario.
Indique los documentos que aporta para la justificación.
Anexe los documentos que quiera presentar para la justificación. Incluya los modelos cubiertos en el paso 1.
Firme el formulario y los documentos que va a entregar para la justificación.
Puede hacerlo con certificado electrónico utilizando la aplicación Autofirma o, si emplea Chave365, con la clave de firma que recibirá en un mensaje en su móvil.
Descargue el justificante de presentación de la justificación.
Podrá acceder en cualquier momento a sus justificantes electrónicos desde su espacio personal "Mi sede".
Todos sus expedientes, presentaciones y borradores en "Mi sede"
Para gestionar sus expedientes lo primero que debe hacer es acceder su espacio personal entrando en "Mi sede" y, a continuación, identificarse utilizando cualquiera de los certificados admitidos en esta sede o Chave365.
Podrá ver en su bandeja de entrada sus últimos expedientes, presentaciones y borradores.
Verá en pantalla información detallada de cada expediente o presentación (número de expediente/registro, código y nombre del procedimiento etc.).
Si desea ver todos sus expedientes y presentaciones, haga clic en el botón "Ver todos/Buscar".
Al acceder a la pantalla de búsqueda, puede buscar expedientes o borradores por distintos criterios o localizarlos directamente si conoce el código de acceso.
Podrá realizar acciones concretas sobre un expediente (aportar documentación adicional, mejorar una solicitud, modificar sus datos de notificación etc.) desde:
- La bandeja de entrada de sus últimos expedientes, presentaciones y borradores, presionando el botón "Acción" de la columna "¿Qué puedo hacer?"
- El detalle del expediente electrónico, presionando directamente en las acciones disponibles de la columna "Qué puedo hacer?"