Guía de procedimientos y servicios

AU208A

Concesión de aguas.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Medio Ambiente y Cambio Climático

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Si usted, como particular o representante de una persona jurídica, desea realizar un uso privativo de las aguas superficiales o subterráneas para alguno de los siguientes fines:

- Usos domésticos hasta 2000 personas, constituyan o no un núcleo habitado.

- Riego con caudal inferior a 8 litros/segundo.

- Acuicultura hasta 100 litros/segundo.

- Otros destinos no energéticos, con caudal inferior a 5 litros/segundo.

Debe solicitar a la Xunta de Galicia el inicio del procedimiento y la apertura del trámite de competencias de proyectos, si fuera procedente. La concesión se otorgará con carácter temporal y plazo no superior a setenta y cinco años, según las previsiones de los planes hidrológicos, y no podrá ser aplicado a otros usos distintos.

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Augas de Galicia

Zona Hidrográfica de Galicia Norte

Rúa Vicente Ferrer, nº 2 - 9ª planta

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182531/ 981182536

Fax: 981182532

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Augas de Galicia

Zona Hidrográfica de Galicia Centro

Rúa Tomiño, nº 16 baixo

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544726/ 981543959

Fax: 981545347

Xunta de Galicia

Consellería de Medio Ambiente e Cambio Climático

Augas de Galicia

Zona Hidrográfica de Galicia Sur

Rúa López de Neira, nº 3 - 4ª planta, local 403

36202  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817159

Fax: 986817155

Augas de Galicia
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Según la Orden de modificación del 18 de junio de 2019 (DOG nº 118 del 24 de junio de 2019), el plazo de presentación de solicitud comenzará el día 15 de julio de 2019 y permanecerá abierto durante todo el año.

  • Concesiones en materia de aguas, incluida la inscripción en el Registro de Aguas ( 31.29.17)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

  • Solicitud según el Anexo I.

  • Relación de parcela/s destinataria/s del agua (en el caso de concesión para riego)

  • Justificante del pago de la tasa administrativa (código tasa: 31.29.17).

  • Proyecto suscrito por técnico competente. Se definirán las obras e instalaciones, indicando las propiedades particulares que se atraviesen con las conducciones. Se justificará la necesidad del caudal solicitado. Se indicarán las coordenadas U.T.M. de los puntos de toma y el detalle de potabilización adoptado, cuando proceda. Plano donde figurarán claramente el punto o puntos de toma y el esquema de las instalaciones.

  • Certificación de la no existencia de abastecimiento municipal (en el caso de concesión para abastecimiento).

  • Justificación de la capacidad de actuar. (En los supuestos de Ayuntamientos solicitantes, de acuerdo con la legislación de régimen local o con el reglamento de la entidad constituida por la asociación de corporaciones locales. En este último caso, se justificará la aprobación del reglamento).

  • Censos de población y ganadero (cuando proceda según el destino de las aguas).

  • Cualquiera otra documentación que se considere oportuno presentar.

  • Informe sanitario de la Administración competente (en el caso de concesión para abastecimiento).

  • Comprobación de datos.

Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos.

  • DNI/NIE de la persona solicitante.

  • DNI/NIE de la persona representante.

  • NIF de la entidad solicitante.

Después de presentar

Contra la resolución de este procedimiento podrá interponerse recurso a través de "IF321D. Recurso en materia de aguas"

Plazo de resolución: Seis meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 9/2010, de 4 de noviembre, de aguas de Galicia (DOG nº 222 do 18 de noviembre de 2010).

    • Orden de 7 de abril de 2016 por la que se adaptan y se habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda (DOG nº 69 del 12 de abril de 2016).

    • Orden de 18 de junio de 2019 por la que se modifica la Orden de 7 de abril de 2016 por la que se adaptan y habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Infraestructuras y Vivienda (DOG nº 118 del 24 de junio de 2019).

    • Orden de 9 de junio de 2016 por la que se adaptan y se habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (DOG nº 113 del 15 de junio de 2016).

  • Ámbito Estatal
    • Real Decreto 849/1986, de 11 de abril, por el que se aprueba el Reglamento del Dominio Público Hidráulico, que desarrolla los títulos preliminar I, IV, V, VI y VII de la Ley 29/1985, de 2 de agosto, de Aguas (BOE nº 103 del 30 de abril de 1986).

    • Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Aguas (BOE nº 176 de 24 de julio de 2001).

    • Corrección de errores del texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (BOE nº 287, de 30 de noviembre de 2001).

    • Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano (BOE nº 45, de 21 de febrero de 2003).

    • Corrección de erratas del Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano (BOE nº 54, de 4 de marzo de 2003).

    • Real Decreto-Ley 4/2007, de 13 de abril, por el que se modifica el texto refundido de la Ley de Aguas, aprobado por el Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio (BOE nº 90, de 14 de abril de 2007).

    • Real Decreto 1120/2012, de 20 de julio, por el que se modifica el Real Decreto 140/2003, de 7 de febrero, por el que se establecen los criterios sanitarios de la calidad del agua de consumo humano (BOE nº 207, de 29 de agosto de 2012).

    • Real Decreto 11/2016, de 8 de enero, por el que se aprueban los Planes Hidrológicos de las demarcaciones hidrográficas de Galicia-Costa, de las Cuencas Mediterráneas Andaluzas, del Guadalete y Barbate y del Tinto, Odiel y Piedras (BOE nº 19, de 22 de enero de 2016).

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