Guía de procedimientos y servicios
Ir á sección pai
Detalle procedemento
PR770M
Becas de formación, dirigidas a personas con un título universitario, para la realización de prácticas en materia de políticas y programas europeos en el ámbito de la innovación y la investigación.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes
Estas bases regulan las condiciones por las que se regirá la concesión, en régimen de concurrencia competitiva, de becas de formación para personas con un título universitario, para la realización de prácticas en materia de políticas y programas europeos en el ámbito de la innovación y la investigación.
El objetivo de las becas es que las personas becarias adquieran conocimientos prácticos sobre políticas comunitarias relacionadas con la innovación y la investigación, la identificación de las convocatorias, y la participación en las reuniones de las redes de cooperación regional en las que participa la Xunta de Galicia para promover la participación gallega en iniciativas de I+D+i, singularmente ERRIN (European Regions Research and Innovation Network) y Vanguard Initiative.
Duración y lugar de realización de las becas.
1. El programa formativo de las becas tendrá una duración máxima de doce (12) meses.
La convocatoria anual de la FGE determinará la duración exacta de las becas.
2. El lugar de desarrollo de las becas será la oficina de la FGE en Bruselas, pudiendo realizar también breves períodos formativos en las dependencias de Gain en Santiago de Compostela o donde esta indique.
Personas con un título universitario, para la realización de prácticas en materia de políticas y programas europeos en el ámbito de la innovación y la investigación.
Además de las obligaciones previstas por el artículo 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, las personas seleccionadas quedan obligadas por la aceptación de la beca a:
1. Aceptar en todos sus términos esta resolución. La comprobación de datos no ajustada a la realidad, tanto en la solicitud como en la documentación aportada, podrá suponer la denegación o revocación de la ayuda.
2. Comenzar el disfrute de la beca dentro del plazo que se señala en cada caso y desarrollar su labor sin que ningún otro compromiso anterior o futuro lo impida o dificulte.
3. Mantener un comportamiento que en ningún caso implique un perjuicio para los intereses de la Xunta de Galicia ni para la imagen exterior de Galicia y actuar según los principios de eficacia, integridad y confidencialidad.
4. Las becas serán indivisibles, improrrogables e incompatibles con cualquier otra beca concedida para el mismo período y con cualquier actividad laboral o remunerada.
La persona adjudicataria en el momento de aceptación de la beca no podrá ser perceptora de salarios o de otros ingresos que impliquen vinculación contractual o estatutaria. La beca es incompatible con la percepción de prestación o subsidio por desempleo.
La concesión y disfrute de la beca no supondrá vinculación civil, laboral o funcionarial entre la persona becaria y la FGE.
A estas becas no les será aplicable el Estatuto del personal investigador en formación.
5. Facilitar toda la información que le sea requerida por la Intervención General de la Comunidad Autónoma, el Tribunal de Cuentas y el Consejo de Cuentas de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes
Dirección Xeral de Relacións Exteriores e coa Unión Europea
Fundación Galicia Europa
Rúa do Hórreo, 61
15701 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541012 ou +32 (0) 27355440
Email: santiago@fundaciongaliciaeuropa.eu ou bruselas@fundaciongaliciaeuropa.eu
http://www.fundaciongaliciaeuropa.eu
En Bruxelas: Rue de la Loi / Wetstraat, 38 - 2°, b
Plazo de presentación: CERRADO
31/01/2019 00:00 - 28/02/2019 23:59
El plazo de presentación de solicitudes y de la documentación complementaria será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación del anuncio de la correspondiente convocatoria en el Diario Oficial de Galicia. Se entenderá como último día del plazo el correspondiente al mismo ordinal del día de la publicación. Si el último día del plazo es inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente y, si en el mes del vencimiento no hay día equivalente al inicial del cómputo, se entenderá que el plazo expira el último del mes.
Podrán optar a la obtención de las becas las personas que reúnan los siguientes requisitos, que deberán poseer en el momento de finalizar el plazo de presentación de solicitudes:
1. Tener la nacionalidad española o ser nacional de un Estado miembro de la Unión Europea.
2. Ser natural de Galicia, ser hijo/hija de gallegos o acreditar su residencia en Galicia por lo menos desde los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria y nivel B2 en alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia.
3. Poseer un título universitario de grado, licenciatura, ingeniería o equivalente o acreditar el pago de los derechos para su expedición. Los estudios conducentes a obtención del título deberán haber finalizado dentro de los seis años anteriores al de la publicación de la convocatoria.
4. Poseer un nivel B2 o superior en lengua inglesa.
5. Poseer la capacidad funcional necesaria para el desempeño de las funciones que se deriven del objeto de esta beca.
6. No estar incursas en las prohibiciones para obtener la condición de persona beneficiaria señaladas en el artículo 10.2 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia (DOG núm. 121, de 25 de junio).
7. No haber disfrutado anteriormente de otra beca de la FGE en convocatorias anteriores, excepto que en la convocatoria del año inmediatamente anterior fuese llamado de la lista de suplentes y disfrutara de la beca por un período de tiempo no superior a 3 meses.
Las personas solicitantes deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Copia del pasaporte en el caso de nacionales de la Unión Europea residentes fuera de España y que no posean NIE.
b) Copia del libro de familia o documento equivalente para aquellos solicitantes que pretendan acreditar la filiación de progenitores gallegos.
c) Copia del documento que acredita el nivel B2 en alguna de las lenguas oficiales de la Comunidad Autónoma de Galicia, solo para aquellas personas candidatas que deben acreditar su residencia en Galicia al menos desde los dos años anteriores a la publicación de la convocatoria.
d) Copia de la justificación del pago de los derechos de expedición de la titulación correspondiente (en el caso de no estar en posesión del título universitario).
e) Copia de la homologación o validación del título por la Administración educativa española en el caso de presentar un título académico extranjero.
f) Copia del documento que acredita el nivel B2 en lengua inglesa.
g) Currículo: preferentemente en formato Europass, en el que se relacionen los estudios cursados y, en su caso, experiencia en proyectos de innovación e investigación.
h) Anexo III junto con la copia de los documentos acreditativos de los méritos alegados relacionados en dicho anexo (ver artículo 12, criterios de adjudicación).
– El expediente académico se acreditará mediante copia de la certificación académica de los estudios realizados, en la que consten las materias cursadas, las calificaciones obtenidas y la nota media del expediente, calculada según el sistema establecido en el Real decreto 1125/2003, de 5 de septiembre, por el que se establece el sistema europeo de créditos y el sistema de calificaciones en las titulaciones universitarias de carácter oficial y validez en todo el territorio nacional, o normativa que lo modifique.
– Los cursos relacionados en materia de investigación o innovación se acreditarán mediante el correspondiente título o certificado de participación en las entidades formativas. No se tendrán en cuenta los cursos que no acrediten las horas de duración o los inferiores a 20 horas lectivas ni los diplomas relativos la jornadas, seminarios, simposios y similares.
– La participación en proyectos de investigación e innovación se acreditará mediante certificación expedida por la entidad donde se realizó el proyecto. La duración se puede acreditar mediante copia del contrato de trabajo o certificado de vida laboral emitido por la Tesorería General de la Seguridad Social.
– El conocimiento del idioma gallego se acreditará mediante el Celga 4, Celga 3 o titulación equivalente, solo en el caso de no estar expedidos por la Secretaría General de Política Lingüística o el órgano competente que corresponda.
– El conocimiento de idiomas extranjeros se acreditará mediante los documentos a los que hace referencia a Orden de 21 de junio de 2016 de la Consellería de Cultura, Educación y Ordenación Universitaria (DOG núm. 128, de 7 de julio).
– Sin perjuicio de los puntos anteriores, se podrá requerir al solicitante para que aporte cuantos datos, documentos y aclaración resulten procedentes para la tramitación del procedimiento.
No se valorarán los cursos e idiomas que formen parte del plan de estudios de una titulación académica.
Los méritos que no estén acreditados no se computarán y no procederá el requerimiento al que se refiere el artículo 14.3. Asimismo, no se tendrán aquellos méritos obtenidos con posterioridad a la fecha de finalización del plazo de presentación de las solicitudes.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante.
c) Consulta de títulos oficiales universitarios.
d) Datos de residencia con fecha de última variación padronal.
e) Celga 4, Celga 3 o titulación equivalente, si están expedidos por la Secretaría General de Política Lingüística o el órgano competente que corresponda.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y aportar los documentos.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo II) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
Si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que fue realizada la enmienda.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Los documentos presentados en lengua distinta al español, gallego o inglés deberán acompañarse de una traducción jurada.
No será necesario aportar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos. En los supuestos de imposibilidad material de obtener el documento, el órgano competente podrá requerirle a la persona interesada su presentación o, en su defecto, la acreditación por otros medios de los requisitos a los que se refiere el documento, con anterioridad a la formulación de la propuesta de resolución.
La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en que fue realizada la enmienda.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente si se dispone de él.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de este procedimiento deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
- Fase de solicitud
- Relación de méritos (Anexo III)
- Solicitud (Anexo II)
Plazo de resolución: Cuatro meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
-
Ámbito Autonómico
-
Orden de 17 de diciembre de 2018 por la que se autoriza a la Fundación Galicia Europa a conceder subvenciones y se aprueban las bases reguladoras para la concesión de becas de formación, dirigidas a personas con un título universitario, para la realización de prácticas en materia de políticas y programas europeos en el ámbito de la innovación y la investigación (DOG nº 7 del 10 de enero de 2019)
-
Anuncio de 18 de enero de 2019 por el que se convoca una beca para la realización de prácticas en materia de políticas y programas europeos en el ámbito de la innovación y la investigación (DOG nº 21 del 30 de enero de 2019).
-
Extracto del Anuncio de 18 de enero de 2019 por el que se convoca una beca para la realización de prácticas en materia de políticas y programas europeos en el ámbito de la innovación y la investigación (DOG nº 21 del 30 de enero de 2019.
-
Otros procedimientos relacionados
Programas sanitarios excepcionales y de investigación o experimentación en apicultura.
Abierto todo el año
Autorización de las entidades que imparten cursos de capacitación de él personal que trabaja con animales para la experimentación y otros fines científicos, incluídas la docencia.
Abierto todo el año
Inscripción de laboratorios que realicen ensayos de control de productos alimenticios relacionados con el consumo humano.
Abierto todo el año
Ayudas para la consolidación y estructuración de unidades de investigación competitivas y otras acciones de fomento en las universidades del SUG - GPC.
Plazo cerrado: 24/01/2025 00:00 - 24/02/2025 23:59