Guía de procedimientos y servicios

MR250A

Pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al sistema integrado de gestión y control (Solicitud única).

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2018 - Plazo cerrado: 01/02/2018 00:00 - 07/05/2018 23:59

Consellería del Medio Rural

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Regular los elementos y procedimientos, así como la solicitud de las ayudas que se indican a continuación:

1. Líneas de ayuda integradas por los pagos directos a la agricultura y a la ganadería, en concreto, los siguientes regímenes de ayuda comunitarios:

a) Un pago básico a los agricultores ("régimen de pago básico").

b) Un pago para los agricultores que apliquen prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.

c) Un pago suplementario para los nuevos agricultores que comiencen su actividad agrícola.

d) Un régimen de ayuda asociada:

1ª.- Ayuda asociada a los cultivos proteicos.

2ª.- Ayuda asociada a las legumbres de calidad.

3ª.- Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nutrices.

4ª.- Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo.

5ª.- Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche.

6ª.- Ayuda asociada para las explotaciones de ovino.

7ª.- Ayuda asociada para las explotaciones de cabrún.

8ª.- Ayudas asociadas para los ganaderos de vacuno de leche, vacuna de cebo y de ovino y cabrún que mantuvo derechos especiales en 2014 y no dispone de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

9ª.- Cualquier otra ayuda asociada regulada en el título IV del Real Decreto 1075/2014, del 19 de diciembre.

e) Un régimen simplificado para los pequeños agricultores.

2. También se incluyen las solicitudes de ayuda de la medida de agricultura ecológica así como las solicitudes de pago de las medidas de desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control, que en la Comunidad Autónoma de Galicia son:

a) Solicitud de pago de la Prima anual de mantenimiento asociada a las ayudas de primera forestación de tierras no agrícolas.

b) Solicitud de ayudas y de pago del Pago a Zonas con limitaciones naturales (ZLN)

c) Solicitud del pago de las ayudas Agroambiente y clima.

d) Solicitud de pago de las ayudas de Agricultura ecológica.

Plazo de resolución:

a) Para las ayudas de los pago directos a la agricultura y a la ganadería: Una vez realizados los controles administrativos y sobre el terreno y comunicados por el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente los coeficientes previstos, se es el caso, la Subdirección General de Gestión de la PAC.

b) Para las solicitudes de indemnización compensatoria, de agroambiente y clima y de agricultura ecológica: nueve meses. Sentido del silencio administrativo: Negativo

Agricultores/las activos y con actividad agraria con explotaciones situadas en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Ourense

Servizo Territorial do Fogga de Ourense

Rúa do Paseo, 22 - 1º

32003  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988386948

Fax: 988386940

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural da Coruña

Servizo Territorial do FOGGA da Coruña

Praza Luis Seoane, s/n

15008  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981184525

Fax: 981184559

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Fondo Galego de Garantía Agraria (FOGGA)

Subdirección Xeral de Xestión da Pac

Servizo de Axudas Agrícolas da Pac

Rúa dos Irmandiños, s/n - Salgueiriños

15701  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546262

Fax: 981546268

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Pontevedra

Servizo Territorial do Fogga de Pontevedra

Paseo de Cervantes, 7-1º

36002  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805455

Fax: 986805569

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Departamento Territorial da Consellería do Medio Rural de Lugo

Servizo Territorial do FOGGA de Lugo

Rolda da Muralla, 70

27071  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982294462

Fax: 982294411

Fondo Galego de Garantía Agraria (FOGGA)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

01/02/2018 00:00 - 07/05/2018 23:59

Se iniciará el 1 de febrero e finalizará el día 7 de mayo de 2018, ambos inclusive.

Para que una explotación agraria se considere situada en Galicia deberá encontrarse en una de las dos situaciones siguientes:

a) En el caso de que el/la productor/a presente una solicitud de ayuda basada en la superficie, cuando la mayor parte de la superficie de la explotación esté en esta comunidad autónoma.

b) En los demás casos, cuando el mayor número de animales se encuentre en Galicia.

Para que un agricultor se considere activo y que una actividad se considere actividad agraria deberán:

Acreditar el cumplimiento de lo establecido respectivamente en los capítulos I e II, del título II del Real Decreto 1075/2014, del 19 de diciembre.

  • En todos os casos:

    Solicitud única normalizada según los formularios electrónicos accesibles para cada línea de ayuda en la dirección http://sgapac.xunta.es.

  • General:

    • Fotocopia del DNI del solicitante en el caso de personas físicas que no otorguen la autorización para consultar los datos de identidad en la Dirección General de la Policía.

    • Fotocopia del NIF cuando el solicitante no sea persona física.

    • Fotocopia del DNI del representante legal cuando el solicitante no sea persona física.

    • Documentación de autorización de firma si el solicitante no es persona física o, siendo persona física, no es quien presenta la solicitud. En el caso de personas físicas, esta documentación consistirá en un documento de autorización firmado por el autorizante y por el autorizado al que se juntarán las fotocopias de los DNI en vigor, de ambos.

  • Solicitud única:

    Además de la documentación general anterior, se presentará la documentación que se relaciona a continuación:

    • 1. Para las solicitudes con declaración de parcelas:

      • Certificado de la entidad gestora, según el modelo del anexo 4-A, en el caso de superficies de uso en común donde existan pastos permanentes utilizados conjuntamente por varios productores. En el caso de superficies que ya disponen de código, la relación de recintos SIXPAC y los tipos de pasto que la componen, deberán ser remitidas por el representante de la entidad al servicio territorial del Fogga.

    • 2. Para acreditar a condición de agricultor activo:

      • a) Personas físicas que denieguen expresamente la autorización para recaudar de la Agencia Estatal de la Administración Tributaria la información fiscal necesaria o bien para personas físicas que pertenecen a una integradora de ganado:

        1º.- Declaración del IRPF correspondiente al período impositivo disponible más reciente o impreso de alta censual (modelo 036 o 037)

        2º.- Certificación que acredite la procedencia de los rendimientos del trabajo del declarante, cónyuge o de ambos.

      • b) Personas jurídicas o grupos de personas físicas o jurídicas. A petición del órgano gestor deberán acercar la documentación justificativa de los ingresos agrarios declarados en su solicitud única.

    • 3. Para el pago para prácticas agrícolas beneficiosas para el clima y el medio ambiente.

      • Certificado que acredite la producción ecológica en los recintos declarados con este tipo de producción cuando no se otorgue la autorización para consultar los datos de consejos reguladores, marcas de calidad, organismos de control o entidades asociativas.

    • 4. Pago suplementario para los nuevos agricultores que comiencen su actividad agrícola:

      • Cuando el solicitante no sea persona física, documentación que permita verificar que los agricultores jóvenes forman parte de la junta rectora o del órgano de gobierno de la entidad a la que pertenecen.

    • 5. Para las ayudas al desarrollo rural:

      • a) Prima anual de mantenimiento asociada a las ayudas de primera forestación de tierras no agrícolas:

        1º.- Factura

        2º.- Justificante de pago de la misma

        3º.- En el caso de que el beneficiario realice los trabajos por sus propios medios, un documento justificativo de tal circunstancia.

        4º.- Declaración de otras ayudas según el modelo del anexo XII.

      • b) Pagos a zonas con limitaciones naturales:

        1º.- Declaración do IRPF do ano 2017.

        2º.- Certificación que acredite la procedencia de los rendimientos del trabajo del declarante, cónyuge o de ambos, en el caso de que en la declaración del IRPF presentada figuren estos.

        3º.- Informe de vida laboral del solicitante. No será exigible si el solicitante autoriza al Fogga para su solicitud a la Tesourería Xeral da Seguridade Social.

      • c) Agroambiente y clima y agricultura ecológica

        En el caso de que no autorice al órgano gestor para realizar las comprobaciones oportunas que acrediten la veracidad de los datos, los solicitantes deberán aportar la documentación necesaria para acreditar el cumplimiento de los requisitos y compromisos aplicables a cada línea de ayuda:

        1º.- Para todas las líneas de ayuda: Informe de una entidad inscrita en el Registro de Entidades con Servicios de Asesoramiento o Gestión de Galicia (Resaxega) que acredite que el solicitante recibe el asesoramiento especializado.

        2º.- Razas autóctonas en peligro de extinción:

        - Certificado de la Asociación gestora del Libro Genealógico Oficial de la Raza o de la asociación oficialmente reconocida.

        - Certificado firmado por el tecnico responsable del Programa de Mejora Genetica de participación del solicitante en el citado programa.

        3º.- Producción integrada: Certificado de una entidad acreditada.

        4º.- Agricultura ecológica: Certificados del Consejo Regulador de la Agricultura Ecológica de Galicia (CRAEGA).

Después de presentar

Plazo de resolución: nueve meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 27 de agosto de 2020 por la que se da publicidad a la asignación y a la denegación de las solicitudes de derechos de pago básico de la reserva nacional de la campaña 2019 y se notifican las resoluciones pendientes de las campañas 2015, 2016, 2017 y 2018 (DOG nº 178 de 2 septiembre de 2020).

    • Orden de 6 de febrero de 2018 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control (DOG nº 30 del 12 de febrero de 2018).

    • Orden de 26 de febrero de 2018 por la que se establecen excepciones a las normas de condicionalidad de aplicación de purines y estiércol de la Orden de 6 de febrero de 2018 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control (DOG nº 43 del 1 de marzo de 2018).

    • Corrección de errores. Orden de 6 de febrero de 2018 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control (DOG nº 57 del 21 de marzo de 2018).

    • Resolución de 28 de junio de 2019 por la que se da publicidad a la relación de personas beneficiarias y a los importes de las ayudas a zonas con limitaciones naturales en áreas distintas de montaña solicitadas al amparo a la Orden de 6 de febrero de 2018 (DOG nº 134 del 16 de julio de 2019).

    • Resolución de 28 de junio de 2019 por la que se da publicidad a la relación de personas beneficiarias y a los importes de las ayudas a zonas con limitaciones naturales en áreas de montaña solicitadas al amparo de la Orden de 6 de febrero de 2018 (DOG nº 134 del 16 de julio de 2019).

    • Orden de 26 de abril de 2018 por la que se modifica la Orden de 6 de febrero de 2018 por la que se regula la aplicación de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y de las ayudas al desarrollo rural sujetas al Sistema integrado de gestión y control (DOG nº 83 de 30 de abril de 2018).

    • Resolución de 12 de noviembre de 2019 por la que se notifican las resoluciones de las solicitudes de ayudas financiadas por el Fondo Europeo Agrícola de Garantía (Feaga) relativas a los pagos directos a la agricultura y ganadería reguladas en la Orden de 6 de febrero de 2018 (DOG nº 225 del 26 de noviembre de 2019).

  • Ámbito Estatal
    • Real Decreto 1075/2014, del 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural (BOE nº 307 del 20 de diciembre de 2014).

    • Real Decreto 1172/2015, de 29 de diciembre, por el que se modifica el Real Decreto 1075/2014, de 19 de diciembre, sobre la aplicación a partir de 2015 de los pagos directos a la agricultura y a la ganadería y otros regímenes de ayuda, así como sobre la gestión y control de los pagos directos y de los pagos al desarrollo rural, el Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, sobre asignación de derechos de régimen de pago básico de la Política Agrícola Común, y el Real Decreto 1077/2014, de 19 de diciembre, por el que se regula el sistema de información geográfica de parcelas agrícolas (BOE nº 312, de 30 de diciembre de 2015).

  • Ámbito Europeo
    • Reglamento (UE) nº 1307/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, del 17 de diciembre de 2013.

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