Guía de procedimientos y servicios

TR880C

Concurso eduemprende idea dirigido al alumnado de las enseñanzas de formación profesional, deportivas o de artes plásticas y diseño de la Comunidad Autónoma de Galicia, sostenidas con fondos públicos

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2026 - Plazo abierto: 07/02/2026 00:00 - 15/05/2026 23:59

Consellería de Empleo, Comercio y Emigración

Sobre el procedimiento

Promover la realización de proyectos empresariales por parte del alumnado de las enseñanzas de formación profesional, deportivas o de artes plásticas y diseño de la Comunidade Autónoma de Galicia sostendas con fondos públicos.

Podrá participar en esta convocatoria el alumnado que cumpla los siguientes requisitos:

1. Estar matriculado durante el curso 2025/26 en las enseñanzas de formación profesional, deportivas o de artes plásticas y diseño de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidas con fondos públicos.

2. La participación tendrá que ser en grupo, formado por un mínimo de dos personas y un máximo de cuatro, que tendrán igualmente la consideración de personas beneficiarias. En cualquier caso, deberán nombrar a una persona representante o apoderada única con el poder suficiente para cumplir con las obligaciones que como beneficiaria corresponden a la agrupación.

3. Las personas participantes deben cumplir los requisitos para obtener la condición de beneficiarias, de acuerdo con el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, de estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias o frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna deuda con la Administración pública de la Comunidad Autónoma, según indica el artículo 11 del Decreto 11/2009, de 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007.

Xunta de Galicia

Consellería de Emprego, Comercio e Emigración

Secretaría Xeral de Emprego e Relacións Laborais

Dirección Xeral de Traballo Autónomo e Economía Social

Subdirección Xeral de Emprendemento

San Lázaro, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981-544647 / 545679

Email: sxemprendemento.emprego@xunta.gal

Subdirección Xeral de Emprendemento
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: ABIERTO

07/02/2026 00:00 - 15/05/2026 23:59

El plazo de presentación de solicitudes será desde el día siguiente al de la publicación de esta orden en el Diario Oficial de Galicia y hasta el 15 de mayo de 2026.

Requisitos generales de los materiales y recursos digitales

1. Requisitos de forma:

a) Los trabajos serán originales e inéditos.

b) Los materiales no incluirán publicidad de empresas, productos ni servicios comerciales.

2. Requisitos técnicos:

a) Los materiales y recursos digitales tendrán que visualizarse correctamente en las últimas versiones de los navegadores más comunes. Deben funcionar sin necesidad de instalar ningún complemento específico en un navegador.

b) Los materiales estarán realizados con tecnología que permita su visualización con un navegador estándar sobre distintos sistemas operativos, libres y propietarios, y podrán ser ejecutados en local.

Solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por vía electrónica a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal).

Dado el nivel educativo en que se encuentran las personas candidatas y la posibilidad de utilizar los recursos de que dispone el centro de enseñanza al que pertenecen, queda acreditado que tienen acceso y disponibilidad de los medios electrónicos necesarios, por lo que la única vía de presentación de la solicitud de la ayuda será la electrónica.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de la presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en que se realizó la subsanación.

 Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán presentar con la solicitud la siguiente documentación:

a) Anexo II: ficha de personas participantes (una por cada participante).

b) Anexo III: proyecto empresarial.

c) Vídeo de presentación del proyecto, tipo Elevator Pitch, con una duración máxima de 2 minutos. En el caso de no poder presentar el vídeo por el tamaño del archivo, podrá presentarse un documento en el cual se recoja una dirección web en donde poder ver o descargar el vídeo.

2. La documentación complementaria deberá presentarse por vía electrónica.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la subsane a través de la presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que se realizó la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone del mismo.

4. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el apartado anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos se puede consultar en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona participante.

c) DNI o NIE de la persona representante de la persona solicitante, solo en el caso de actuar por medio de representante.

d) DNI o NIE de la persona representante de la persona participante, solo en el caso de actuar por medio de representante.

e) Certificado de que la persona solicitante y la persona participante están al corriente en el pago con la Seguridad Social.

f) Certificado de que la persona solicitante y la persona participante están al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de AdministraciónTributaria (AEAT).

g) Certificado de que la persona solicitante y la persona participante están al corriente en el pago de las obligaciones tributarias con la Administración Tributaria de Galicia (Atriga).

h) Concesiones de subvenciones y ayudas.

i) Inhabilitación para obtener subvenciones y ayudas.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de solicitud (anexo I) o en la ficha de personas solicitantes (anexo II), según el caso, y presentar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores.

Los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán realizarse electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cuatro meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se convoca el concurso Eduemprende Idea 2026 dirigido al alumnado de las enseñanzas de formación profesional, deportivas o de artes plásticas y diseño de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidas con fondos públicos(DOG nº 25 del 06 de febrero de 2026).

    • Extracto de la Orden de 29 de diciembre de 2025 por la que se convoca el concurso Eduemprende Idea 2026 dirigido al alumnado de las enseñanzas de formación profesional, deportivas o de artes plásticas y diseño de la Comunidad Autónoma de Galicia sostenidas con fondos públicos(DOG nº 25 del 06 de febrero de 2026).

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