Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
SA441B
Exposición de cadáveres del grupo III en lugares públicos
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales
Consellería de Sanidad
La sanidad mortuoria, como parte integrante de la actividad de las administraciones públicas en materia de salud, comprende:
a) La regulación de toda clase de prácticas sanitarias sobre cadáveres o restos, excepto las actividades relacionadas con la obtención de órganos, tejidos y piezas anatómicas de personas donantes fallecidas y las autopsias clínicas o judiciales, que se regirán por su normativa específica.
b) Las normas sanitarias de exposición, transporte, cremación, inhumación, exhumación y reinhumación.
c) Las condiciones técnico-sanitarias que deben reunir las empresas funerarias, tanatorios, velatorios y crematorios.
d) Las condiciones técnico-sanitarias que tienen que cumplir los cementerios y lugares especiales de enterramiento.
e) La función inspectora y la potestad sancionadora para el caso del incumplimiento de la normativa vigente en la materia.
f) La creación del censo de empresas y establecimientos funerarios de Galicia.
Empresas do sector funerario.
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Dirección Xeral de Saúde Pública
Subdirección Xeral de Saúde Ambiental e Seguridade Alimentaria
Servizo de Saúde Ambiental
San Lázaro s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 881542955
Fax: 881542943
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de A Coruña
Servizo de Control de Riscos Ambientais de A Coruña
R/ Durán Loriga, 3-7ª
15003 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981155832
Fax: 981155813
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Lugo
Servizo de Control de Riscos Ambientais de Lugo
Montevideo, 9
27001 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982292087
Fax: 982292128
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Ourense
Servizo de Control de Riscos Ambientais de Ourense
Avda. Zamora, 13
32005 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988066325
Fax: 988066331
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Pontevedra
Servizo de Control de Riscos Ambientais de Pontevedra
R/Fernández Ladreda, 43-1º
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986885878
Fax: 986505610
Plazo de presentación: Abierto todo el año
El presente Decreto entrará en vigor al mes de su publicación en el Diario Oficial de Galicia (a partir del 18 de octubre de 2023).
1. Con carácter excepcional, cuando por razón de la notoriedad o la relevancia política, social o cultural de la persona fallecida, así se declare, su cadáver podrá exponerse en un lugar público distinto de los establecidos en el presente decreto, con las siguientes condiciones:
a) Que se trate de un cadáver del grupo III.
b) Que la persona fallecida haya adquirido notoriedad o relevancia política, social o cultural, de manera que, en el caso de requerirse posteriormente, pueda ser acreditado este extremo mediante la presentación de al menos dos memorias o informes emitidos por una institución o entidad, pública o privada, de carácter político, social o cultural, de ámbito local, autonómico o nacional, que expresen los motivos de aquella relevancia.
c) Que exista certificado médico de la defunción.
d) El cadáver se someterá previamente a las técnicas de conservación transitoria o al embalsamamiento.
e) El plazo máximo de permanencia en exposición del cadáver de grupo III en lugar público será de 48 horas si se realizó conservación transitoria, y 96 horas si se realizó embalsamamiento, contando en ambos casos desde la hora del fallecimiento.
f) Durante la exposición el féretro permanecerá cerrado.
g) Que exista consentimiento previo de la familia o de la persona que ostente la representación legal de la persona fallecida respecto de su exposición.
h) Que en el formulario de declaración se indique el lugar en el que se realizará la exposición pública, contando para ello con la conformidad de la persona o entidad titular del mismo.
2. Con carácter previo a la exposición, la persona o entidad prestadora del servicio funerario presentará una declaración responsable ajustada al modelo que se recoge en el anexo II (SA441B), ante la jefatura territorial correspondiente de la consellería competente en materia de sanidad.
Declaración responsable según el Anexo II.
Comprobación de datos.
1. En relación con las declaraciones responsables, solicitudes y comunicaciones previstas en este decreto se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI/NIE de la persona declarante, solicitante o comunicante.
b) DNI/NIE de la persona representante.
c) NIF de la entidad declarante, solicitante o comunicante.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario y aportar una copia de los documentos. Cuando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de una copia de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de declaraciones responsables, solicitudes o comunicaciones.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Fase de Solicitud
- Declaración responsable (Anexo II)
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Ámbito Autonómico
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Decreto 129/2023, de 31 de agosto, de sanidad mortuoria de Galicia (DOG nº 177 del 18 de septiembre de 2023).
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Corrección de errores. Decreto 129/2023, de 31 de agosto, de sanidad mortuoria de Galicia (DOG nº 187 del 2 de octubre de 2023).
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