Guía de procedimientos y servicios

PR461B

Inscripción proceso selectivo unitario de policía local. Oposición libre.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 07/07/2025 00:00 - 01/09/2025 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Convocar el proceso selectivo de acceso por oposición libre en los cuerpos de Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía.

Personas aspirantes a los Cuerpos de la Policia Local.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)

Dirección Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Secretaría Xeral da Academia Galega de Seguridade Pública

Servizo de Coordinación, Planificación e Selección

Rúa da Cultura, s/n

36680  Estrada, A  (Pontevedra)

Teléfono: 886206109

Email: seleccion.agasp@xunta.gal

https://agasp.xunta.gal/es

Academia Galega de Seguridade Pública (AGASP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

07/07/2025 00:00 - 01/09/2025 23:59

Segun la Orden de 29 de julio de 2025 por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2025 se abre un nuevo plazo de presentación de solicitudes de veinte días (20) hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta Orden en el Boletín Oficial del Estado.

El plazo de presentación de solicitudes será de veinte (20) días hábiles, contados a partir del día siguiente al de la publicación de la presente convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. El anuncio de esta convocatoria será publicado también en los boletines provinciales de las cuatro provincias gallegas.

a. Tener nacionalidad española.

b. Haber cumplido los dieciocho años y no exceder, en su caso, de la edad de jubilación forzosa.

c. Estar en posesión o en condiciones de obtener la titulación exigida para acceder a la condición de funcionario del subgrupo C1, conforme a la normativa de función pública (bachillerato, técnico o equivalente).

A los efectos de equivalencia de la titulación, se estará a lo dispuesto en la Orden EDU/1603/2009, de 10 de junio, por la que se establecen equivalencias con los títulos de graduado en educación secundaria obligatoria y de bachillerato regulados en la Ley orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de educación, modificada mediante la Orden EDU/520/2011, de 7 de marzo.

d. No padecer enfermedad o defecto físico que impida el desempeño de las correspondientes funciones.

e. No haber sido separado/a mediante expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración pública o de los órganos constitucionales o estatutarios de las comunidades autónomas, ni encontrarse en inhabilitación absoluta o especial para empleos o cargos públicos por resolución judicial, cuando se trate de acceder al cuerpo o escala de personal funcionario de que la persona haya sido separada o inhabilitada.

f. Carecer de antecedentes penales por delito doloso.

g. Ser titular de los permisos de conducir de las clases A2 y B.

h. Compromiso por escrito de portar armas durante el servicio y, en su caso, llegar a utilizarlas en los casos y circunstancias legalmente establecidos, que presentará en forma de declaración jurada, o según el modelo que se exija en la convocatoria.

i. Presentar un informe de salud, firmado por personal facultativo, en que se haga constar expresamente que la persona aspirante reúne las condiciones físicas y psíquicas para realizar los ejercicios físicos que se especifiquen en la correspondiente prueba de la oposición, que no excluirá las comprobaciones posteriores de lo que se refleja en dicho informe. Este informe de salud debe ser expedido dentro de los 15 días inmediatamente anteriores a la fecha de realización de la primera prueba de aptitud física.

  • Inscripción en los procesos selectivos para la selección de los miembros de los cuerpos de la policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local derivada de la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos ( 30.03.04)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Solicitudes

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia: https://sede.xunta.gal, que es el anexo I de esta orden (código de procedimiento PR461B).

Opcionalmente, se podrán presentar presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas aspirantes deberán indicar en su solicitud, en el apartado «Idioma del examen» si el texto de la primera prueba deberá entregarse en idioma gallego o en idioma castellano. Una vez realizada la opción y presentada la solicitud, la persona aspirante no podrá modificar la opción.

Presentación electrónica. Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Tasas.

1. Abono de las tasas.

Por imperativo legal, de conformidad con lo dispuesto en la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, como requisito necesario para participar en este proceso, se deberá abonar dentro del plazo de presentación de solicitudes, en concepto de derecho de inscripción, el importe de 33,13 euros y, en su caso, los gastos de transferencia correspondientes.

El pago de la tasa podrá hacerse:

a. Electrónicamente: con cargo a una tarjeta de crédito o débito y, en caso de que se tenga certificado digital, se podrá también hacer con cargo a una cuenta bancaria del titular. En el momento de hacer el pago se obtendrá un justificante (modelo 730).

b. Presencialmente: en este caso se deberá imprimir el documento de pago (modelo 739) y realizar el ingreso del importe de la tasa en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios en la Comunidad Autónoma de Galicia, donde se le deberá sellar el justificante con la fecha del pago.

Los códigos para cubrir las tasas son los siguientes:

Consellería: Presidencia, Justicia y Deportes. Código 04.

Delegación: Servicios centrales. Código 13.

Servicio: Academia Gallega de Seguridad Pública. Código 19.

Tasa: Denominación: inscripción en los procesos selectivos para la selección de personal de los cuerpos de la Policía Local de Galicia. Código 30.03.04.

El impago de la tasa correspondiente o la falta de justificación de la misma en plazo determinará la exclusión de la persona aspirante en el proceso, no siendo posible su corrección fuera del plazo de presentación de solicitudes.

La presentación del justificante del abono de las tasas no supondrá el relevo del trámite de presentación, en tiempo y forma, de la solicitud de participación en el proceso.

Finalizado correctamente el proceso de pago, se podrá presentar la solicitud.

2. Exención y bonificación en el abono de la tasa. Siempre que se cumpla el resto de requisitos.

a. Estarán exentos del pago de esta tasa por derecho de inscripción:

• Personas miembros de familias numerosas clasificadas en la categoría especial.

• Personas con discapacidad igual o superior al 33 %.

b. Se aplicará una bonificación del 50 % del importe de la tasa a las:

• Personas miembros de familias numerosas de categoría general.

• Personas que figuren como demandantes de empleo desde, por lo menos, los seis meses anteriores a la fecha de la convocatoria de las pruebas selectivas en que soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.

• Víctimas del terrorismo, tal y como se describe en el artículo 23 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacciones reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia.

Las circunstancias de exención y bonificación deberán ser acreditadas, según el supuesto que corresponda, presentando con la solicitud la documentación que se especifica en el punto 3.4 de esta orden.

3. Documentación complementaria que se debe presentar para participar en el proceso.

a. Solicitud (anexo I) debidamente cubierta y firmada (código de procedimiento PR461B).

b. Justificante del pago de la tasa (código 30.03.04), excepto que el pago de la tasa se inicie y finalice electrónicamente a través de la sede.

c. Certificado de familia numerosa de carácter general o especial, o carné familiar en el que conste dicho carácter, siempre que no haya sido expedido por la Xunta de Galicia, en cuyo caso se podrá consultar, siempre que la persona no se oponga a su consulta en el anexo I de la solicitud.

d. Resolución administrativa por la que se reconozca la condición de víctima de terrorismo, en su caso.

e. En caso de ser demandante de empleo: a) Certificación negativa de la percepción actual de prestación/subsidio por desempleo y b) antigüedad como demandante de empleo.

f. Certificado del Celga 4 o equivalente, siempre que no haya sido expedido por la Secretaría General de Política Lingüística de la Xunta de Galicia, en cuyo caso se podrá consultar, siempre que la persona no se oponga a su consulta en el anexo I de la solicitud.

g. Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o certificado de discapacidad expedido por el órgano competente en la materia, siempre que no haya sido expedido por la Xunta de Galicia.

h. Documentación acreditativa de la representación.

De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario aportar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada. De forma excepcional, si no se pudiesen obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.

Presentación.

Para el proceso de acceso por oposición libre (PR461B): los documentos relacionados se presentarán preferiblemente por vía electrónica. Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentarla presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Responsabilidad. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.

La consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación aportada por los/las aspirantes se sancionará con la anulación de la solicitud, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.

Presentación separada. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberán indicar el código del procedimiento (PR461B), el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

Tamaño máximo y formatos admitidos. En caso de que alguno de los documentos para presentar de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá su presentación de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

Para la tramitación de estos procedimientos se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI de la persona solicitante.

b ) DNI o NIE de la persona representante.

c) Título oficial no universitario exigido (bachillerato, técnico o equivalente).

d) Certificado de inexistencia de antecedentes penales.

e) Consulta de los permisos de conducir de la persona solicitante.

f) Certificado del Celga 4 o equivalente expedido por la Secretaría General de Política Lingüística.

Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a. Título de familia numerosa expedido por la Administración autonómica.

b. Situación de desempleo.

c. Tarjeta acreditativa del grado de discapacidad o certificado de discapacidad expedido por la Xunta de Galicia.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Para el proceso de acceso por oposición libre (PR461B): la sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 85 del 3 de mayo de 2007).

    • Decreto 115/2017, de 17 de noviembre, por el que se regula la cooperación de la Administración general de la Comunidad Autónoma de Galicia con los ayuntamientos en la selección de los miembros de los cuerpos de policía local, vigilantes municipales y auxiliares de policía local (DOG nº 222 del 22 de noviembre de 2017).

    • Decreto 15/2023, de 12 de enero, por el que se desarrolla la Ley 4/2007, de 20 de abril, de coordinación de policías locales (DOG nº 30 del 13 de febrero de 2023).

    • Orden de 28 de enero de 2009 por la que se determinan las pruebas de selección, temarios y baremos de méritos para el ingreso, promoción interna y movilidad en los cuerpos de policías locales, para la integración de los vigilantes y auxiliares de policía o interinos, para el acceso como vigilantes municipales y la contratación de auxiliares de policía de temporada (DOG nº 22 del 2 de febrero de 2009)

    • Orden de 26 de junio de 2025 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convocan el proceso selectivo de acceso por oposición libre (código de procedimiento PR461B) y el proceso de provisión por movilidad (código de procedimiento PR461D) en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía (DOG nº 125 de 2 de julio de 2025).

    • Orden de 29 de julio de 2025 por la que se modifica la Orden de 26 de junio de 2025 por la que se aprueban las bases generales reguladoras y se convocan el proceso selectivo de acceso por oposición libre (código de procedimiento PR461B) y el proceso de provisión por movilidad (DOG nº 145 de 31 de julio de 2025).

    • Resolución de 2 de septiembre de 2025 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones provisionales de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo de acceso por oposición libre (código de procedimiento PR461B) en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía, convocado por la Orden de 26 de junio de 2025 (DOG nº 169 de 3 de septiembre de 2025).

    • Resolución de 5 de septiembre de 2025 por la que se nombra al tribunal que deberá calificar el proceso selectivo unitario de acceso por oposición libre en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía (código de procedImIento PR461B), convocado mediante la Orden de 26 de junio de 2025 (DOG nº 174 de 10 de septiembre de 2025).

    • Resolución de 11 de septiembre de 2025 por la que se declara la tramitación de urgencia en el proceso selectivo de acceso por oposición libre (código de procedimiento PR461B) y el proceso de provisión por movilidad (código de procedimiento PR461D) en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía, convocados mediante la Orden de 26 de junio de 2025 (Diario Oficial de Galicia número 125, de 2 de julio) (DOG nº 180 de 18 de septiembre de 2025).

    • Resolución de 18 de septiembre de 2025 por la que se aprueban y se hacen públicas las relaciones definitivas de personas admitidas y excluidas en el proceso selectivo de acceso por oposición libre (código de procedimiento PR461B) en los cuerpos de la Policía Local de Galicia, escala básica, categoría de policía, y se anuncian el lugar, la fecha y la hora de realización del primer y del segundo ejercicio (DOG nº 181 de 19 de septiembre de 2025).

  • Ámbito Estatal
    • Resolución de 2 de julio de 2025, de la Dirección General de la Academia Gallega de Seguridad Pública, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se publica la convocatoria del proceso selectivo de acceso por oposición libre y provisión por movilidad, en los Cuerpos de la Policía Local de Galicia, Escala Básica, categoría de Policía (BOE nº 160, de 4 de julio de 2025)

    • Resolución de 31 de julio de 2025, de la Academia Gallega de Seguridad Pública, de la Consejería de Presidencia, Justicia y Deportes, por la que se publica la modificación de la convocatoria del proceso selectivo de acceso por oposición y provisión por movilidad, en los Cuerpos de Policía Local de Galicia, Escala Básica, categoría de Policía (BOE nº 184, de 1 de agosto de 2025)

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