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PL500B
Ayudas para los proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad privada de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Cultura, Lengua y Juventud
Establecimiento de subvenciones para la realización de proyectos de fomento del uso del gallego de los centros privados de enseñanza de Galicia, promovidos por los equipos de dinamización de la lengua gallega o por el profesorado responsable del proyecto en aquellos centros de enseñanza que cuenten con menos de seis unidades, durante el curso escolar 2024/25.
Los centros de titularidad privada de Galicia que imparten enseñanza reglada de nivel no universitario, sean personas físicas o jurídicas, que cumplan los requisitos y las condiciones que se establecen en esta orden.
Las personas beneficiarias deberán cumplir los requisitos y las obligaciones señaladas en los artículos 10 y 11 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude da Coruña
Gabinete de Normalización Lingüística da Coruña
Rúa Vicente Ferrer, nº 2 - 7º andar
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184898/ 981182350
Email: sxpl.acoruna@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Lugo
Gabinete de Normalización Lingüística de Lugo
Ronda da Muralla, nº 70
27003 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294162/ 982294146
Email: sxpl.lugo@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Ourense
Gabinete de Normalización Lingüística de Ourense
Rúa Concello, nº 11 - 4º andar
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386659/ 988386649
Fax: 988386600
Email: sxpl.ourense@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude
Departamento Territorial da Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude de Pontevedra
Gabinete de Normalización Lingüística de Pontevedra
Rúa de Fernández Ladreda, nº 43 - 8º andar
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805537/ 986805529
Fax: 986805548
Email: sxpl.pontevedra@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
04/01/2025 00:00 - 03/02/2025 23:59
El plazo de presentación de las solicitudes y de la documentación señalada en la base sexta será de un mes, que se contará a partir del día siguiente al de la publicación de esta convocatoria en el Diario Oficial de Galicia.
1. Los proyectos y las actividades que se desarrollen al amparo de esta convocatoria se deberán presentar y realizar de acuerdo con la vigente normativa ortográfica y morfológica del idioma gallego, fijada por la Real Academia Gallega el 12 de julio de 2003, tal y como se establece en la disposición adicional de la Ley 3/1983, de 15 de junio, de normalización lingüística (DOG núm. 84, de 14 de julio). Asimismo, respetarán la toponimia oficial en los términos previstos en el artículo 10 de esta ley.
2. Para cumplir con la obligación de la adecuada publicidad que impone el artículo 15.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, los centros que reciban subvenciones para elaborar los proyectos de fomento del uso del gallego al amparo de esta convocatoria están obligados a integrar el logotipo oficial de los equipos de dinamización de la lengua gallega tanto en sus espacios web como en los documentos que difundan las actividades de estos equipos. Para poder hacerlo, la coordinación territorial de los equipos de dinamización de la lengua gallega remitirá a los centros el correspondiente archivo. De la misma forma, la página web del centro deberá incluir, entre la información de sus instalaciones, imágenes y una descripción mínima del equipo de dinamización de la lengua gallega, así como de sus principales recursos y servicios a la comunidad educativa.
Presentación de solicitudes
1. Los centros de enseñanza privados de Galicia que deseen acogerse a los beneficios de esta convocatoria deberán formalizar su solicitud en el modelo normalizado que se publica como anexo I de esta orden.
2. Las solicitudes, debidamente firmadas por la persona solicitante o representante, se dirigirán al departamento territorial de la Consellería de Cultura, Lengua y Juventud de la provincia que corresponda.
3. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Documentación complementaria
1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación:
a) Copia del proyecto firmado por la persona coordinadora del equipo de dinamización, con el visto bueno del director o directora del centro. El proyecto deberá analizar la realidad concreta del centro y, a partir de ella, establecer los objetivos y diseñar las actividades que permitan modificar la situación de partida. Desarrollará los siguientes puntos:
1º. Breve estudio sociolingüístico actualizado en que se tocarán los puntos que se indican a continuación:
– El entorno sociolingüístico del centro.
– La situación del profesorado.
– La situación del alumnado.
– La situación lingüística del centro.
2º. Descripción de los objetivos adecuados a cada uno de los cuatro puntos anteriores.
3º. Descripción detallada de las actividades de dinamización lingüística para cada uno de los objetivos propuestos.
b) Cuadro resumen de las actividades firmado por la persona solicitante o representante. En el cuadro tienen que constar de forma resumida la temporalización, el nombre de la actividad, la persona o personas responsables y el departamento o departamentos correspondientes, los destinatarios y destinatarias, así como el presupuesto previsto y el material necesario para la realización de las actividades. El modelo de este cuadro resumen figura en el anexo II de esta orden.
c) En su caso, documentación fehaciente acreditativa de la representación.
De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, no será necesario adjuntar los documentos que ya hayan sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los citados documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pueden obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su presentación.
2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
4. En caso de que alguno de los documentos que se vaya a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, salvo que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante, si es una persona física.
b) NIF de la entidad solicitante, si es una persona jurídica.
c) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
d) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.
e) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Tributaria de Galicia.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario y aportar los documentos.
Cando así lo exija la normativa aplicable se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Plazo de resolución:
Cuatro meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 11 de diciembre de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para la presentación de proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad privada de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios, para el curso escolar 2024/25 (DOG nº 2 de 3 de enero de 2025).
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Extracto de la Orden de 11 de diciembre de 2024 por la que se aprueban las bases reguladoras y se anuncia la convocatoria de subvenciones para la presentación de proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad privada de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios, para el curso escolar 2024/25 (DOG nº 2 de 3 de enero de 2025).
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Resolución de 18 de junio de 2025 por la que se conceden las subvenciones a los proyectos de fomento del uso del gallego de los centros de titularidad privada de Galicia que imparten enseñanzas regladas de niveles no universitarios, para el curso escolar 2024/25 (DOG nº 121 de 26 de junio de 2025).
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