Guía de procedimientos y servicios

IF310B

Pruebas dirigidas a la renovación del certificado de consejero de seguridad para el transporte de mercancias peligrosas por carretera y por ferrocarril.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 23/07/2025 00:00 - 22/08/2025 23:59

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Renovar el certificado de consejeros de seguridad.

Aquellas personas que ya sean titulares del certificado y precisen renovarlo de conformidad con la normativa vigente; en concreto, dicho certificado estará en vigor y dentro de su último año de validez el día de la realización de las pruebas.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Dirección Xeral de Mobilidade

Subdirección Xeral de Inspección do Transporte

Servizo de Inspección

Edifilcio Administrativo San Caetano

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981544554/ 981544573

Email: control-transportes@xunta.gal

https://infraestruturasemobilidade.xunta.gal/mobil

Dirección Xeral de Mobilidade
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

23/07/2025 00:00 - 22/08/2025 23:59

El plazo de presentación de solicitudes para participar en las pruebas será de un mes contado a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

La prueba que deben superar las personas aspirantes en la modalidad de renovación del certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas consistirá en responder 50 preguntas tipo test, con cuatro respuestas alternativas, de las cuales solo una es correcta.

Cada respuesta acertada se valorará con 2 puntos y será necesario alcanzar un mínimo de 50 puntos para superar la prueba. Las respuestas erróneas o en blanco no tendrán penalización.

Las personas aspirantes no podrán consultar textos normativos ni utilizar máquina calculadora para realizar esta prueba y dispondrán para hacerlo de, como máximo, 60 minutos.

  • Inscripción en las pruebas para la obtención y/o renovación de la competencia profesional para la actividad de transporte ( 31.01.20)

Puede realizar el pago de estas tasas en la sede electrónica como uno de los pasos de la tramitación en línea.

Solicitudes.

1. Las solicitudes para tomar parte en las pruebas para renovar el certificado de capacitación profesional de consejero de seguridad se ajustarán al modelo normalizado que se recoge como anexo III de esta resolución, y que estará disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia (https://sede.xunta.gal) con el código IF310B.

2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Para la presentación electrónica de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

3. La no presentación de la solicitud y el no pago de la tasa en tiempo y forma supondrá la exclusión de la persona aspirante; igualmente, la consignación de datos falsos en la solicitud o en la documentación presentada por las personas aspirantes dará lugar a su exclusión, sin perjuicio de las demás medidas legales que correspondan.

Documentación complementaria

1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud, en el procedimiento IF310B, la siguiente documentación:

– Justificante de pago de la tasa (código 31.01.20), excepto que el pago de la tasa se inicie y se finalice electrónicamente a través de la sede electrónica; en este caso no es necesario adjuntar dicho justificante.

– Certificado de discapacidad emitido por otra Administración distinta de la Xunta de Galicia, en su caso.

2. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.

Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

 Comprobación de datos

1. Para tramitar este procedimiento IF310B se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga su consulta.

a) DNI/NIE de la persona solicitante.

b) DNI/NIE de la persona representante.

Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:

a) Certificado de discapacidad expedido por la Administración autonómica.

b) Estar inscrito como demandante de empleo a fecha concreta.

c) Importes de la prestación de desempleo percibidos a fecha actual.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de dichos datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.

 Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes

La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

 Derechos de examen

1. De conformidad con la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, de tasas, precios y exacción reguladoras de la Comunidad Autónoma de Galicia, para acceder a estas pruebas deberá abonarse, en concepto de tasas por derechos de examen, la cantidad de veintisiete con treinta y un euros (27,31 €), por cada una de las modalidades de prueba y especialidades a las que la persona solicitante se presente.

2. El ingreso de la/s tasa/s se efectuará en cualquiera de las entidades financieras colaboradoras autorizadas para la recaudación de tasas y precios por la Comunidad Autónoma de Galicia (https://www.atriga.gal/informacion-tributaria/formas-de-pago/autoliquidacions-e-liquidacions-notificadas-pola-administracion/entidades-colaboradoras); a tal fin, las personas aspirantes tendrán que utilizar los impresos de autoliquidación oficiales, que se podrán obtener en los servicios centrales de la Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes, Servicio de Registro y Atención a la Ciudadanía o en las Oficinas de Registro y Atención a la Ciudadanía de los departamentos territoriales de la Consellería.

Los impresos de autoliquidación se cubrirán indicando los siguientes códigos:

– Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes: código 04.

– Delegación de Servicios Centrales: código 13.

– Servicio de Movilidad: código 26.

– Denominación: Inscripción en las pruebas para la calificación como consejeros de seguridad: código 31 01 20.

3. Asimismo, el ingreso de la/las tasa/s podrá hacerse en línea, a través de la Oficina Virtual Tributaria disponible en la web de la Consellería de Hacienda (https://ovt.atriga.gal/), indicando al efecto los mismos códigos señalados en el apartado anterior.

4. De conformidad con lo dispuesto en el artículo 30.5 de la Ley 6/2003, de 9 de diciembre, quedan exentos del abono de tasas por derechos de examen las personas que figuren como demandantes de empleo desde al menos seis meses antes a la fecha de convocatoria de las pruebas en las que soliciten su participación y no estén percibiendo prestación o subsidio por desempleo.

Después de presentar

Contra la resolución de este procedimiento podrá interponerse recurso a través de "IF321C. Recurso  en materia de movilidad"

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 10 de julio de 2025, de la Dirección General de Movilidad, por la que se convoca la realización de las pruebas dirigidas a la obtención y renovación del certificado de conselleiro de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril (DOG nº 139 de 22 de julio de 2025).

    • Resolución de 15 de septiembre de 2025 del tribunal designado para calificar las pruebas dirigidas a la obtención y renovación del certificado de conselleiro de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, por la que se acuerda la relación definitiva de personas admitidas en la modalidad de renovación.

    • Resolución de 15 de septiembre de 2025 del tribunal designado para calificar las pruebas dirigidas a la obtención y renovación del certificado de conselleiro de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, por la que se acuerda la relación definitiva de personas excluidas en la modalidad de renovación.

    • Resolución de 17 de septiembre de 2025, del tribunal designado para calificar las pruebas dirigidas a la obtención y renovación del certificado de conselleiro de seguridad para el transporte de mercancías peligrosas por carretera y por ferrocarril, por la que se determinan las fechas, el lugar y los horarios de realización de los ejercicios correspondientes a la renovación del certificado (DOG nº 187 de 29 de septiembre de 2025).

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