Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
SA304A
Premios de innovación en salud.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales
Consellería de Sanidad
La finalidad del premio es incentivar las ideas de innovación de los profesionales sanitarios en el ámbito de la Consellería de Sanidad y en su sector público en el año 2022, así como las de los pacientes y sus asociaciones. Los premios pretenden potenciar las ideas innovadoras en las cuales sus profesionales trabajan, para mejorar la calidad de vida de las personas y la sostenibilidad del sistema sanitario público gallego, y también aquellas propuestas aportadas por personas físicas (pacientes, cuidadores, etc.), organizaciones o asociaciones de pacientes sin ánimo de lucro.
Asimismo, por medio de esta resolución, se convocan los premios al amparo de estas bases (código de procedimiento SA304A) (capítulo II).
Características de los Premios de innovación en salud.
1. En cada modalidad se galardonarán dos proyectos ganadores que se clasificarán como primero y segundo premio:
• Modalidad de idea de profesionales. Los premios consistirán en la:
a) adquisición de material y pequeño equipamiento inventariable, subcontratación de servicios de I+D+i o gastos similares vinculados a las actividades de las ideas seleccionadas; y/o
b) Asistencia a cursos de formación, a congresos relacionados con la innovación, a un centro innovador de ámbito internacional o actividades relacionadas con un límite de 812,5 euros por persona para alojamiento, viaje y dietas de manutención en el caso de resultar ganador del segundo premio, y de 1.625 euros por persona en los mismos conceptos para el proyecto ganador del primer premio de esta modalidad.
La dotación económica máxima en la modalidad de profesionales es de 3.250 euros para el proyecto ganador del segundo premio y 6.500 euros para la candidatura ganadora del primer premio.
• Modalidad de idea de pacientes. Los premios consistirán en la:
a) Adquisición de material y pequeño equipamiento inventariable o subcontratación de servicios de I+D+i vinculados a las actividades de las ideas seleccionadas; y/o
b) Formación en aspectos relacionados con los fines fundacionales de la asociación u organización sin ánimo de lucro relacionada con la salud que los premiados de esta modalidad seleccionen.
La dotación económica máxima en la modalidad de pacientes es de 1.000 euros para el proyecto ganador del segundo premio y 2.000 euros para el ganador del primer premio.
2. Las personas ganadoras recibirán el premio en especie y la ACIS se encargará de contratar y/o pagar los gastos correspondientes al premio de cada modalidad.
3. Todas las personas premiadas de las diferentes categorías del premio disfrutarán de reconocimiento público a través del acto de entrega, entrevistas para publicación y diploma acreditativo de tal condición.
4. Todos los ganadores podrán hacer uso de tal circunstancia en el material promocional de su actividad, siempre que en él se haga constar año y organismo que convoca los premios.
5. Las candidaturas que sean galardonadas con el premio deberán continuar en el proceso de innovación aprobado por la Administración en la Plataforma de innovación sanitaria para su posible desarrollo o implantación en el Servicio Gallego de Salud. El Servicio Gallego de Salud impulsará las ideas galardonadas para su implantación en el sistema.
También podrán continuar en el proceso de innovación aprobado por la Administración en la Plataforma de innovación sanitaria para su acompañamiento las cuatro ideas preseleccionadas y no galardonadas en cada una de las modalidades.
6. El Servicio Gallego de Salud podrá promover, de acuerdo con los ganadores de los premios, el desarrollo posterior de sus ideas en sus instalaciones y con su colaboración. En caso de que en el marco de estos desarrollos posteriores surja un resultado susceptible de protección mediante un título de propiedad industrial o intelectual, el Servicio Gallego de Salud tendría el derecho, pero no la obligación, de protegerlo siendo el Servicio Gallego de Salud el único titular de este, respetando a todos sus participantes el derecho a ser reconocidos como autores intelectuales e inventores suyos.
1. Respecto a la modalidad de idea de profesionales: personal al servicio del Sistema público de salud de Galicia que desarrolle una idea innovadora en el sistema sanitario gallego. Las personas físicas que presenten una idea pueden representar un equipo (máximo 4 personas, incluido el representante), que deberá describirse tal y como se recoge en el artículo 6 de estas bases.
2. Respecto a la modalidad de idea de pacientes: podrá presentar su idea cualquier persona física (pacientes, cuidadores, etc.), organización o asociación de pacientes sin ánimo de lucro. También podrán presentarse varias personas físicas, organizaciones o asociaciones de pacientes representadas por una de ellas (máximo 4, incluido el representante).
Xunta de Galicia
Consellería de Sanidade
Axencia Galega para a Xestión do Coñecemento en Saúde
Xerencia da Axencia Galega para a Xestión do Coñecemento en Saúde
Área de Desenvolvemento e Innovación Sanitaria
Avda. Fernando de Casas Novoa, nº 37 - 1º
15707 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981568055
Email: innovacion.acis@sergas.es
Plazo de presentación: CERRADO
28/05/2022 00:00 - 16/09/2022 23:59
Según la Resolución del 15 de julio de 2022 (DOG nº 141 del 26 de julio de 2022), se amplía el plazo de presentación de solicitudes hasta el día 16 de septiembre de 2022.
No pueden optar al premio los miembros del jurado o personas vinculadas a ellos por parentesco de consanguinidad o afinidad.
Solicitudes.
1. En la modalidad de idea de profesionales, tanto la persona firmante como, en su caso, todos los miembros de su equipo que presenten la candidatura, deberán ser personal tanto al servicio de la consellería competente en materia de sanidad, del Servicio Gallego de Salud, o de las restantes entidades instrumentales pertenecientes o participadas del Sistema público de salud de Galicia.
2. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal
La presentación electrónica será obligatoria para las personas jurídicas, las entidades sin personalidad jurídica, las personas que ejerzan una actividad profesional para la cual se requiera colegiación obligatoria para los trámites y actuaciones que realicen con las administraciones públicas en el ejercicio de su actividad profesional, las personas representantes de una de las anteriores y las personas empleadas de las administraciones públicas en los trámites realizados por su condición de empleado público y, en concreto, para los profesionales del Servicio Gallego de Salud y las organizaciones y asociaciones de pacientes sin ánimo de lucro.
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas obligadas a la presentación electrónica presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
Aquellas personas interesadas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Documentación complementaria.
1. Las personas interesadas deberán cumplimentar el formulario de solicitud (anexo I) en el que debe figurar la siguiente información:
a) Modalidad de idea de profesionales.
– Datos de la persona o del grupo de trabajo solicitante.
– Nombre de la idea.
– Necesidad detectada.
– Descripción de la idea/solución.
– Entorno de desarrollo o aplicación.
– Impacto/beneficio esperado.
– Objetivos y prioridades con que se alinea.
– Aspectos innovadores/tipo de innovación.
– Análisis de la situación (estado del arte).
– Fase de la tecnología o producto.
– Factores críticos de éxito y barreras.
– Descripción de la incorporación de ciudadanos o pacientes en el desarrollo de la idea.
– Recursos necesarios para su desarrollo.
b) Modalidad de idea de pacientes.
– Datos de la persona, organización o asociación solicitante.
– Nombre de la idea.
– Necesidad detectada.
– Descripción de la idea/solución.
– Entorno de desarrollo o aplicación.
– Impacto/beneficio esperado.
– Aspectos innovadores/tipo de innovación.
2. Las personas interesadas deberán aportar con la solicitud la siguiente documentación:
a) El formulario de descripción del equipo de trabajo (anexo II) en el caso de ideas que representen a un equipo, en el que deberán figurar los siguientes datos:
– Datos de la persona o del grupo de trabajo solicitante.
– Miembro representante del equipo (solo 1 miembro).
– Miembros del equipo (máximo 3 miembros).
3. Las personas interesadas podrán aportar, de forma opcional, junto con el formulario de solicitud (anexo I), una memoria en formato libre que aporte más información sobre su candidatura, así como un breve curriculum vitae (CV) de los miembros del equipo.
4. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
La presentación electrónica será obligatoria para los sujetos obligados a la presentación electrónica de la solicitud. Si alguna de estas personas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que haya sido realizada la subsanación.
Aquellas personas no obligadas a la presentación electrónica, opcionalmente, podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
5. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
En caso de que alguno de los documentos que se presenta de forma electrónica superare los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
6. Todos los anexos deberán estar firmados por el representante de la idea. Solo se admitirán aquellas candidaturas que estén debidamente firmadas.
7. La documentación presentada no será devuelta ni se mantendrá correspondencia sobre ella. No se podrá presentar documentación adicional una vez finalizado el plazo de admisión de candidaturas, salvo que sea requerida por el órgano instructor durante el período de subsanación.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante.
c) NIF de la entidad solicitante.
d) Certificado de estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.
e) Certificado de estar al corriente en el pago de la Agencia Tributaria de Galicia.
f) Certificado de estar al corriente en el pago de la Seguridad Social.
g) Certificado de no estar inhabilitado para obtener subvenciones y ayudas.
f) Vinculación de los participantes en la modalidad de idea de profesionales con el Sistema público de salud de Galicia.
2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario de inicio y aportar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos, con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Cuando las personas interesadas no resulten obligadas a la presentación electrónica, también podrán realizar dichos trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Fase de solicitud
- Descripción del grupo de trabajo (Anexo II)
- Solicitud (Anexo I)
Plazo de resolución:
Cinco meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Resolución de 9 de mayo de 2022 por la que se aprueban y se publican las bases reguladoras de la III edición de los Premios de innovación en salud en el Sistema público de salud de Galicia 2022 y se procede a su convocatoria (DOG nº 101 del 27 de mayo de 202).
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Extracto de la Resolución de 9 de mayo de 2022 por la que se aprueban y se publican las bases reguladoras de la III edición de los Premios de innovación en salud en el Sistema público de salud de Galicia 2022 y se procede a su convocatoria (DOG nº 101 del 27 de mayo de 2022).
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Resolución de 15 de julio de 2022 por la que se acuerda la ampliación del plazo para la presentación de solicitudes en el procedimiento regulado en la Resolución de 9 de mayo de 2022 por la que se aprueban y se publican las bases reguladoras de la III edición de los Premios de innovación en salud en el Sistema público de salud de Galicia 2022 y se procede a su convocatoria (DOG nº 141 del 26 de julio de 2022).
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Inspección periódica de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.
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Autorización de laboratorios de autocontrol de la salmonelas en las explotaciones ganaderas.
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