Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
TU986C
Informe previo relativo al cumplimiento de los requisitos mínimos de infraestructura y servicios para apartamentos y viviendas turísticas.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Presidencia de la Xunta de Galicia
2. El órgano competente para la emisión de este será el Área Provincial de la Agencia Turismo de Galicia en la que radique el establecimiento, que deberá emitirlo en el plazo máximo de dos meses, con expresa inclusión del pronunciamiento correspondiente a la clasificación solicitada. La validez del informe será de un año siempre que permanezca en vigor la normativa turística respecto de la cual se emite informe.
3. En ningún caso este informe será suficiente para la clasificación del establecimiento, debiendo contar con la correspondiente clasificación turística prevista en este decreto.
Xunta de Galicia
Presidencia da Xunta de Galicia
Axencia Turismo de Galicia
Área Provincial de Turismo da Coruña
R/ Vicente Ferrer, 2
15008 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184674/ 981184681
Fax: 981184678
Xunta de Galicia
Presidencia da Xunta de Galicia
Axencia Turismo de Galicia
Área Provincial de Turismo de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294220/ 982294227
Fax: 982889053
Xunta de Galicia
Presidencia da Xunta de Galicia
Axencia Turismo de Galicia
Área Provincial de Turismo de Ourense
Avenida da Habana nº 81
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386069/ 988386035
Fax: 988386727
Xunta de Galicia
Presidencia da Xunta de Galicia
Axencia Turismo de Galicia
Área Provincial de Turismo de Pontevedra
María Victoria Moreno 43 – 6º andar
36003 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805553
Fax: 986805575
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Este decreto entrará en vigor a los 3 meses de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 10 de mayo de 2017.
Solicitud según el Anexo II.
Memoria que describa y justifique el cumplimiento de los requisitos recogidos en el decreto referidos a infraestructuras y servicios mínimos, así como planos acotados a escala de la distribución de plantas y de sección.
Otra documentación (Indicar otra documentación de interes que se aporta).
Las solicitudes, se presentarán preferiblemente por vía electrónica a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
- Inicio
- Documento de solicitud
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Positivo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Decreto 12/2017, de 26 de enero, por el que se establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 29 del 10 de febrero de 2017).
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Instrucción interpretativa 1/2017, de 9 de mayo, para la aplicación del Decreto 12/2017, de 26 de enero, por el que se establece la ordenación de apartamentos turísticos, viviendas turísticas y viviendas de uso turístico en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 89 del 10 de mayo de 2017).
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