Guía de procedimientos y servicios

SA665A

Autorizaciones especiales para inhumación antes de 24 horas y exposición de cadáveres en lugares públicos.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería de Sanidad

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento

Obtener la autorización en los supuestos de cremación de cadáveres después de 48 horas, inhumación antes de 24 horas y para la exposición en lugares públicos.

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de A Coruña

Servizo de Control de Riscos Ambientais de A Coruña

R/ Durán Loriga, 3-7ª

15003  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981155832

Fax: 981155813

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Lugo

Servizo de Control de Riscos Ambientais de Lugo

Montevideo, 9

27001  Lugo  (Lugo)

Teléfono: 982292087

Fax: 982292128

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Ourense

Servizo de Control de Riscos Ambientais de Ourense

Avda. Zamora, 13

32005  Ourense  (Ourense)

Teléfono: 988066325

Fax: 988066331

Xunta de Galicia

Consellería de Sanidade

Departamento Territorial da Consellería de Sanidade de Pontevedra

Servizo de Control de Riscos Ambientais de Pontevedra

R/Fernández Ladreda, 43-1º

36003  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986885878

Fax: 986505610

Secretaría Xeral Técnica da Consellería de Sanidade
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Esta orden entrará en vigor a los veinte días naturales desde su publicación en el Diario Oficial de Galicia y el plazo de presentación de solicitudes comenzará el día 24 de agosto de 2016.

Las entidades autorizadas deberán cumplir con los requisitos técnicos-sanitarios fijados en la normativa.

La autorización para cremación de cadáveres podrá obtenerse una vez obtenida la certificación médica de defunción y la certificación del Registro Civil, después de 24 horas y antes de 48 horas posteriores al fallecimiento.

La inhumación de cadáveres podrá realizarse una vez obtenida la certificación médica de defunción y la licencia de soterramiento, después de 24 horas del fallecimiento y siempre antes de las 48 horas.

En los casos en que previamente se había practicado la autoría o se habían obtenido órganos para trasplantes, se podrá autorizar la inhumación antes de que transcurran las 24 horas del fallecimiento.

Puede autorizarse la exposición del cadáver en lugares públicos, previo embolsamiento, por un período superior a 48 horas desde que se produjera la defunción.

  • Solicitud según el Anexo I.

  • PARA AS AUTORIZACIÓNS DE INHUMACIÓN ANTES DAS 24 HORAS DO FALECEMENTO:

    • Licenza de enterramento.

    • Certificado médico de defunción.

    • Certificado da autopsia e da doazón de órganos.

  • PARA AS AUTORIZACIÓN DE EXPOSICIÓN DE CADÁVERES EN LUGARES PÚBLICOS:

    • Licenza de enterramento.

    • Certificado médico de defunción.

    • Certificado de embalsamamento.

Después de presentar

Plazo de resolución: Un día

Sentido del silencio: Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 151/2014, de 20 de noviembre, de sanidad mortuoria de Galicia. (DOG nº 237, de 11 de diciembre de 2014)

    • Orden de 28 de julio de 2016 por la que se adaptan y habilitan electrónicamente los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería de Sanidad (DOG nº 147 del 4 de agosto de 2016).

  • Ámbito Estatal
    • Decreto 2263/1974, de 20 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Policía Sanitaria Mortuoria (BOE nº 197 del 17 de agosto de 1974).

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