Guía de procedimientos y servicios

PR771A

Premio Manuel Colmeiro para trabajos de investigación que tengan como objeto la Administración pública de Galicia.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 10/04/2025 00:00 - 01/10/2025 23:59

Consellería de Hacienda y Administración Pública

Sobre el procedimiento

Fomentar y distinguir trabajos de estudio e investigación sobre las administraciones territoriales, institucionales y los entes públicos instrumentales del sector público de la Comunidad Autónoma.

Convocatoria del XXVIII Premio Manuel Colmeiro para trabajos de estudio e investigación sobre la Administración Pública de Galicia.

Personas individuales o grupos de trabajo de cualquier nacionalidad de los Estados miembros de la Unión Europea.

Xunta de Galicia

Consellería de Facenda e Administración Pública

Escola Galega de Administración Pública (EGAP)

Rúa Madrid, nº 2-4

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546044

Email: secretaria.egap@xunta.gal

Escola Galega de Administración Pública (EGAP)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

10/04/2025 00:00 - 01/10/2025 23:59

El plazo de presentación de las solicitudes y de los trabajos comenzará con la entrada en vigor de esta orden y finalizará el 1 de octubre de 2025.

1. Podrán participar en esta convocatoria personas individuales o grupos de trabajo de cualquier nacionalidad de los Estados miembros de la Unión Europea. Se guardará reserva sobre la identidad de cuantas personas participen en el premio y únicamente serán objeto de publicidad el nombre y los apellidos de la persona o personas ganadoras.

2. En el supuesto de que se trate de grupos de trabajo, se acreditará expresamente a la persona física responsable de la dirección del equipo, que será la persona que figure como solicitante en el modelo normalizado de solicitud, así como el porcentaje de participación de cada integrante del grupo en el trabajo presentado.

3. No podrán acceder a este premio las personas afectadas por alguna de las circunstancias previstas en los artículos 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio.

Solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I) disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia https://sede.xunta.gal

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud y/o trabajo de investigación presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquélla en la que fuera realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2. La solicitud deberá ser firmada electrónicamente por la persona solicitante, o representante, o por aquella que se responsabilice de la dirección del grupo de trabajo, en su caso.

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán anexar con la solicitud el trabajo de investigación; de no hacerlo así no se admitirá la solicitud.

Al objeto de garantizar el anonimato, en los trabajos de investigación presentados no figurará ningún dato personal de la persona autora de ellos, sino únicamente el título en la primera página. Asimismo, el trabajo será presentado en un archivo independiente al del resto de la documentación. En el mismo sentido, la Dirección de la EGAP le facilitará al jurado, para el desarrollo de sus funciones, únicamente el documento que contenga el texto de los trabajos presentados y mantendrá custodiada la identidad de las personas autoras hasta que se resuelva el procedimiento.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación aquella en la que fuera realizada la subsanación.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias adjuntadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone del mismo.

4. En caso de que alguno de los documentos que se presente de forma electrónica superara los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el número anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

a) DNI o NIE de la persona solicitante.

b) DNI o NIE de la persona representante.

c) Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la Agencia Estatal de la Administración Tributaria.

d) Certificado de estar al corriente en el pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

e) Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y anexar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Antes del 31 de diciembre de 2025.

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 26 de marzo de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca la XXVIII edición del Premio Manuel Colmeiro para trabajos de investigación que tengan como objeto la Administración pública de Galicia (DOG nº 69 del 9 de abril de 2025).

    • Extracto de la Orden de 26 de marzo de 2025 por la que se aprueban las bases reguladoras y se convoca la XXVIII edición del Premio Manuel Colmeiro para trabajos de investigación que tengan como objeto la Administración pública de Galicia (DOG nº 69 del 9 de abril de 2025).

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