Guía de procedimientos y servicios

PR475A

Autorización de cambio de nombre o capitalidad del municipio.

Procedimiento dirigido a: Entidades locales

Abierto todo el año

Consellería de Presidencia, Justicia y Deportes

Sobre el procedimiento
Si Usted actúa en representación de un ayuntamiento de Galicia que desea cambiar el nombre y/o capitalidad del mismo, debe solicitar de la Xunta de Galicia la correspondiente aprobación, luego del acuerdo del ayuntamiento e informe de la Diputación Provincial respectiva. Los motivos por los que se puede solicitar el cambio del nombre y/o capitalidad son los siguientes:

- Desaparición del núcleo urbano donde estuviera establecida la capitalidad.

- Mayor facilidad de comunicaciones.

- Carácter histórico de la población elegida.

- Mayor número de habitantes.

- Importancia económica o beneficios que obtengan los residentes en el término.

El acuerdo corporativo debe ser adoptado por el voto favorable de las dos terceras partes del número legal de miembros de la corporación.

Ayuntamientos.

Xunta de Galicia

Consellería de Presidencia, Xustiza e Deportes

Dirección Xeral de Administración Local

Subdirección Xeral de Réxime Xurídico Local

Rúa Madrid, 2-4, edificio EGAP

15707  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981540096

Fax: 881997599

Email: administracionlocal@xunta.es

Subdirección Xeral de Réxime Xurídico Local
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

  • Solicitud normalizada.

  • - La presentación de las solicitudes se realizará únicamente por medios electrónicos a traves del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de conformidad a lo establecido en los artículos 27.6 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24.2 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes. Para la presentación de las solicitudes será necesario el Documento Nacional de Identidad electrónico o cualquiera de los certificados electrónicos reconocidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia

Después de presentar

Plazo de resolución: Seis meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 2 de julio de 2014 por la que se adaptan e incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Presidencia de la Xunta de Galicia y de la Vicepresidencia y Consellería de Presidencia, Administraciones Públicas y Justicia (DOG nº 132 del 14 de julio de 2014).

    • Ley 5/1997, de 22 de julio, de Administración local de Galicia (DOG nº 149 del 5 de agosto de 1997).

  • Ámbito Estatal
    • Real Decreto 1690/1986, de 11 de julio, por el que se aprueba el Reglamento de Población y Demarcación Territorial de las Entidades Locales (BOE nº 194 de 14 de agosto de 1986).

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