Guía de procedimientos y servicios

PE627A

Autorización de venta de productos pesqueros que no sean objeto de primera venta en lonja.

Procedimiento dirigido a: Ciudadanos, Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería del Mar

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Si Usted pretende realizar primera venta de productos de la acuicultura que no son objeto de venta en lonja, productos congelados, ultracongelados o transformados a bordo o en instalaciones de acuicultura, deberá solicitar la correspondiente autorización a la consejería competente en materia pesquera,
Establecimientos o centros que realicen, o pretendan realizar la primera venta de dichos productos.

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Pesca, Acuicultura e Innovación Tecnolóxica

Subdirección Xeral de Valorización dos Produtos do Mar

Servizo de Mercados

Praza de Europa 5A – 4º (Fontiñas)

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546261

Fax: 981546288

Email: sxmar.cmrm@xunta.es

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

RÚA RAMÓN Y CAJAL, N 2 - 5º ANDAR

15006  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182029

Fax: 981182027

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Celeiro

Avda. Gerardo Harguindey Banet, 2 - Celeiro

27863  Viveiro  (Lugo)

Teléfono: 982555002

Fax: 982555005

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

RÚA CONCEPCIÓN ARENAL, N 8

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817113

Fax: 986817102

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

Xefatura Comarcal de Pontevedra

Avda. Mª Victoria Moreno, 43-1º

36071  Pontevedra  (Pontevedra)

Teléfono: 986805470

Fax: 986805512

Email: Xefatura-comarcal.cmar.pontevedra@xunta.gal

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

Xefatura Comarcal de Ferrol

PRAZA CAMILO JOSÉ CELA,S/N,

15403  Ferrol  (Coruña, A)

Teléfono: 981337315

Fax: 981337318

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

Xefatura Comarcal de Ribeira

PRAZA DOS MARIÑEIROS, S/N

15960  Ribeira  (Coruña, A)

Teléfono: 881997155

Fax: 881997151

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

Xefatura Comarcal de Vilagarcía de Arousa

Alto da Rosa s/n - Carril

36610  Vilagarcía de Arousa  (Pontevedra)

Teléfono: 886206308

Fax: 886206314

Email: xefatura.cmar.vilaGarcia@xunta.gal

Servizo de Mercados
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

60 días naturais a partir do día seguinte da entrada en vigor da Orde.

- Las empresas o centros donde se realicen primeras ventas deberán figurar en el Registro Gallego de Empresas Halioalimentarias regulado por el decreto de la Xunta de Galicia 420/1993, del 17 de diciembre, por el que se refunde la normativa vigente en materia de Registro de Buques y de Empresas Halioalimentarias.

- Deberán disponer de equipos informáticos suficientes y adecuados para la obtención y transmisión de datos a la consejería competente en materia pesquera de todas las transacciones efectuadas en primera venta.

  • Solicitud (Anexo I).

  • Para los casos de personas físicas.

    • Copia del DNI o NIE de la persona solicitante, sólo en el caso de no autorizar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad.

    • En el supuesto de cotitularidades, copia del DNI o NIE del resto de personas titulares, sólo en el caso de no autorizar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad en el Anexo II.

  • Para los casos de personas jurídicas.

    • Copia del DNI o NIE de la persona representante, sólo en el caso de no autorizar su consulta en el Sistema de verificación de datos de identidad.

    • Solicitud de alta en el Registro Gallego de Empresas Halioalimentarias segundo el establecido en el Decreto 420/1993, del 17 de diciembre, por lo que se refunde la normativa vigente en materia de Registro de Buques y de Empresas Halioalimentarias, cuando no este ya inscrito, en el caso de no autorizar su consulta.

  • En el caso de buques congeladores/factoría

    • Copia de la licencia de pesca.

    • Copia del registro sanitario.

    • Traducción jurada del equivalente a la licencia de pesca, del permiso temporal de pesca, del registro sanitario y poder del representante en relación con la 1º venta de productos pesqueros, para buques UE de pabellón

      no español.

Después de presentar

Plazo de resolución: Tres meses

Sentido del silencio: Positivo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 22 de abril de 2015 del Vicepresidente y Conselleiro de Presidencia, Administracións Públicas e Xustiza por la que se adaptan e incorporan a la sede electrónica de la Xunta de Galicia los procedimientos administrativos de plazo abierto de la Consellería del Medio Rural y del Mar (DOG núm. 77 del 24.04.2015).

    • Orden del 27 de Mayo de 2005 por la que se regula la descarga, transporte y primera venta de los productos pesqueros y acuícolas de los que no sea obligada su primera venta en lonja, y se establece el procedimiento para la autorización (DOG nº 105 de 2 de Junio de 2005).

    • Corrección de errores.-Orden de 27 de Mayo de 2005 por la que se regula la descarga, transporte y primera venta de los productos pesqueros y acuícolas de los que no sea obligada su primera venta en lonja y se establece el procedimiento para la autorización (DOG nº 125 del 30 de Junio de 2005).

    • Orden de 28 de julio de 2005 por la que se modifica la de 27 de mayo de 2005, por la que se regula la descarga, transporte y primera venta de los productos pesqueros y acuícolas de los que no sea obligada su primera venta en lonja, y se establece el procedimiento para la autorización (DOG nº 151 del 8 de Agosto de 2005).

    • Orden de 27 de octubre de 2006 por la que se modifica la de 27 de mayo de 2005, por la que se regula la descarga, transporte y primera venta de los productos pesqueros y acuícolas de los que no sea obligada su primera venta en lonja, y se establece el procedimiento para la autorización (DOG nº 217 del 10 de noviembre de 2006).

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