Guía de procedimientos y servicios

PE616B

Tarjetas de identidad profesional náutico-pesqueras.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería del Mar

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Si Usted quiere obtener, renovar o pedir un duplicado, en el caso de extravío, destrucción o robo, de su tarjeta acreditativa de su titulación náutico-pesquera debe solicitarla de la Xunta de Galicia.
Solicitantes de tarjetas acreditativos de titulaciones náutico-pesqueras de las correspondientes profesiones.

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro

Subdirección Xeral de Xestión, Ensino e Relacións Sectoriais

Servizo de Ensino e Titulacións Náutico-pesqueiras

Rúa dos Irmandiños, s/n Salgueiriños

15701  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546139

Fax: 981546138

Email: cma.dxdesenvolvemento@xunta.es

https://mar.xunta.gal/

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar da Coruña

RÚA RAMÓN Y CAJAL, N 2 - 5º ANDAR

15006  Coruña, A  (Coruña, A)

Teléfono: 981182029

Fax: 981182027

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Celeiro

RÚA RAMON CANOSA, N 1- CELEIRO

27863  Viveiro  (Lugo)

Teléfono: 982555002

Fax: 982555005

Xunta de Galicia

Consellería do Mar

Departamento Territorial da Consellería do Mar de Vigo

RÚA CONCEPCIÓN ARENAL, N 8

36201  Vigo  (Pontevedra)

Teléfono: 986817113

Fax: 986817160

Servizo de Ensino e Titulacións Náutico-pesqueiras
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

Según sea emisión inicial, renovación, emisión de duplicados o convalidaciones y cambios.

  • Por expedición de las tarjetas acreditativas de las titulaciones. ( 30.26.01)
  • Por renovación y emisión de duplicado de las tarjetas acreditativas de las titulaciones ( 30.26.02)

Puede realizar el pago de estas tasas en la Oficina Virtual Tributaria.

  • Solicitud según el Anexo I. 

  • DOCUMENTACIÓN COMÚN:

    • Una fotografía.

    • Justificante de pago de las tasas correspondientes.

    • Copia de la primera hoja de la libreta de inscripción marítima.

  • EXPEDICIÓN:

    • Certificado acreditativo de tener realizados los días de embarque o los períodos de embarque.

    • Certificado del exame.

    • Documentación que acredite los requisitos exigidos en cada titulación.

  • RENOVACIÓN:

    • Tarjeta antigua.

    • Certificado del ISM de no ser pensionista, tanto por jubilación como por invalidez o, se fuera el caso, de la seguridad social.

    • Certificado de reconocimiento médico.

  • DUPLICADO:

    • Declaración responsable de extravío, destrucción o robo.

    • Copia de las hojas de la libreta donde aparezca la titulación.

    • Certificado de reconocimiento médico.

  • CONVALIDACIÓN O CANJE:

    • Copia de las tarjetas que motivan la convalidación o el cambio.

    • Copia de la libreta de inscripción marítima. Copias de la primera hoja de la sección de titulaciones y del reconocimiento médico.

    • Documentación que acredite los requisitos exigidos para la convalidación.

  • Comprobación de datos.

Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y adjuntar una copia de los documentos.

  • DNI/NIE de la persona solicitante.

Después de presentar

Plazo de resolución: 3 meses

Sentido del silencio: Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Orden de 8 de junio de 1998 por la que se establece el procedimiento para la obtención de las tarjetas de identidad profesional náutico-pesquera y sus modelos (DOG nº 119 del 23 de junio de 1998).

    • Orden de 7 de marzo de 2000 por la que se modifica la de 8 de junio de 1998, por la que se establece el procedimiento para la obtención de las tarjetas de identidad profesional náutico-pesquera y sus modelos (DOG nº 55 del 20 de marzo de 2000).

    • Orden de 8 de marzo de 2012 por la que se modifica la Orden de 8 de junio de 1998 por la que se establece el procedimiento para la obtención de las tarjetas de identidad profesional náutico-pesqueras y sus modelos (DOG nº 61 del 28 de marzo de 2012).

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