Guía de procedimientos y servicios

MR435E

Inscripción de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Abierto todo el año

Consellería del Medio Rural

TRAMITAR PRESENCIALMENTE
Sobre el procedimiento
Este decreto tiene por objeto regular en la Comunidad Autónoma de Galicia las inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de los productos fitosanitarios, el censo de equipos de aplicación de los productos fitosanitarios, el procedimiento de autorización y registro de las estaciones de inspección, el procedimiento y el programa de inspección, la formación de los directores e inspectores de las estaciones de inspección y la creación del Comité Fitosanitario Gallego.

Para la mejora de la coordinación en materia de sanidad vegetal se crea el Comité Fitosanitario Gallego que asumirá las funciones y régimen de funcionamiento de la Comisión Técnica de Productos Fitosanitarios creada en la orden conjunta del 14 de abril de 2009, de las antiguas consejerías del Medio Rural y de Sanidad, por la que se regula la formación de las personas que realizan actividades relacionadas con la manipulación y aplicación de productos fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia y se crea la Comisión Técnica de Productos Fitosanitarios.

El Comité se reunirá por lo menos una vez al año luego de convocatoria de la persona que ejerza la presidencia.

O/a presidente/la, dependiendo de los temas a tratar, podrá convocar la totalidad de los integrantes del comité o parte de los/las suyos/suyas miembros según la orden del día de los temas a tratar.

Personas que realizan actividades relacionadas con la manipulación y aplicación de productos fitosanitarios en la Comunidad Autónoma de Galicia.

Xunta de Galicia

Consellería do Medio Rural

Dirección Xeral de Gandaría, Agricultura e Industrias Agroalimentarias

Subdirección Xeral de Explotacións Agrarias

EDIF, ADMINISTRATIVO SAN CAETANO

15701  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 981546186/ 981540048

Fax: 981546892

Subdirección Xeral de Explotacións Agrarias
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: Abierto todo el año

El presente decreto entrará en vigor a los veinte días de su publicación en el Diario Oficial de Galicia.

  • Solicitud según el Anexo III.

  • Impreso de autoliquidación de tasas.

  • Otra documentación.

  • Comprobación de datos.

Los documentos relacionados serán objeto de consulta a las administraciones públicas. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo y aportar una copia de los documentos:

  • NIF de la entidad solicitante.

  • DNI/NIE de la persona solicitante.

  • DNI/NIE de la persona representante.

  • NIF de la entidad representante.

  • Carné de manipulador/a de productos fitosanitarios.

Después de presentar

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Decreto 60/2014, de 15 de mayo, por el que se regulan las inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios y se crea el Comité Fitosanitario Gallego (DOG nº 104 del 3 de junio de 2014).

  • Ámbito Estatal
    • Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios (BOE nº 296 del 9 de diciembre de 2011).

    • Corrección de errores del Real Decreto 1702/2011, de 18 de noviembre, de inspecciones periódicas de los equipos de aplicación de productos fitosanitarios (BOE nº 107 de 4 de mayo de 2012).

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