Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
IN407B
Registro de instalaciones de autoconsumo en baja tensión y potencia meno 100Kw.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Economía e Industria
Más información y guía sobre el autoconsumo de energía eléctrica en esta página.
Procedimiento de comunicación de los sujetos consumidores que realicen autoconsumo, conectados a baja tensión, en los que la instalación de generación sea de baja tensión y la potencia instalada de generación sea menor de 100 kW, para su inscripción en el Registro de Autoconsumo del Ministerio de Transición Ecológica, según lo aprobado por el Real decreto 244/2019, de 5 de abril. Procedimiento IN407B que se recoge en el anexo I de esta resolución.
Las personas físicas o jurídicas que realicen autoconsumo, con instalaciones de generación conectadas a baja tensión, cuando la generación sea de baja tensión y la potencia instalada de generación sea menor de 100 kW.
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético
Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas
Subdirección Xeral de Enerxía e Planificación de Recursos
Servizo de Planificación, Ordenación e Eficiencia Enerxética
San Caetano, s/n
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545575
Email: subdireccion.enerxia@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria da Coruña
Servizo de Industria da Coruña
Vicente Ferrer, nº 2
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981184906
Email: cei.xtcoruna@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Lugo
Servizo de Industria de Lugo
Ronda da Muralla, nº 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294669
Email: administracionindustrial.ceei.lugo@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Ourense
Servizo de Industria de Ourense
Curros Enríquez, nº 1, 4º
32071 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386755
Email: xefaturaindustria.cei.ourense@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Departamento Territorial da Consellería de Economía e Industria de Pontevedra
Servizo de Industria de Pontevedra
Avenida Mª Victoria Moreno, nº 43, 5º
36071 Pontevedra (Pontevedra)
Teléfono: 986805255
Email: xt.ceei.po@xunta.gal
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Plazo de presentación: ABIERTO
El procedimiento IN407B regula la comunicación telemática que deberán emplear las personas físicas o jurídicas que realicen autoconsumo, con instalaciones de generación conectadas a baja tensión, cuando la generación sea de baja tensión y la potencia instalada de generación sea menor de 100 kW, para su inscripción en el Registro de Autoconsumo del Ministerio de Transición Ecológica, anexo I: IN407B.
Forma de presentación de las comunicaciones
Las personas interesadas, incluidas las personas físicas que no sean autónomas tal como establece el artículo 19.1 del Real decreto 244/2019, de 5 de abril, presentarán las citadas comunicaciones obligatoriamente por medios electrónicos, a través de los formularios normalizados, anexo I o anexo II, según el caso, accesibles desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Si alguna de las personas interesadas presenta dichas comunicaciones presencialmente se le requerirá para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos se considerará como fecha de presentación aquella en que fuera realizada la enmienda.
Para la presentación de las comunicaciones podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
El procedimiento IN407B de comunicación de datos al Registro Administrativo de Autoconsumo es un procedimiento electrónico, declarativo y de acceso gratuito tal y como se establece en el artículo 19.1 del Real decreto 244/2019, de 5 de abril, por lo que se regulan las condiciones administrativas, técnicas y económicas del autoconsumo de energía eléctrica. El procedimiento administrativo IN407B es de plazo abierto. La comunicación de datos al Registro Administrativo de Autoconsumo se dirigirá a la Jefatura Territorial de la Consellería de Economía, Empleo e Industria al Servicio de Administración Industrial (en adelante, la Jefatura Territorial) donde se encuentre implantada la instalación de autoconsumo.
Comprobación de datos.
Para la tramitación del procedimiento IN407B se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas:
• DNI o NIE de la persona comunicante.
• DNI o NIE de la persona representante.
• NIF de la persona jurídica comunicante.
• NIF de la persona jurídica representante.
• El boletín de baja tensión de la instalación.
• La autorización de explotación de la instalación.
• Resolución de inscripción en el Registro de Productores de Energía Eléctrica de la Xunta de Galicia.
En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en el cuadro correspondiente habilitado en el formulario de inicio y presentar los documentos.
Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilitara la obtención de los citados datos se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
d) De acuerdo con el establecido en el Real decreto 244/2019, de 5 de abril, la Comunidad Autónoma dará traslado de los datos de las comunicaciones presentadas dentro del procedimiento IN407B mediante notificación electrónica a la empresa distribuidora afectada por la instalación de autoconsumo.
Las empresas distribuidoras contarán con un plazo de 5 días hábiles para comunicar su conformidad u oposición, a los datos remitidos mediante comunicación a la jefatura territorial correspondiente, mediante el procedimiento de comunicación IN407C recogido en esta resolución.
e) En el plazo máximo de 15 días hábiles, desde la recepción de la contestación hecha por la empresa distribuidora (procedimiento IN407C), la jefatura territorial dentro del procedimiento IN407B le notificará de manera automática a las personas interesadas el traslado de los datos al Registro Administrativo de Autoconsumo del Ministerio dentro del mes en curso, en el supuesto de conformidad, o en el supuesto de oposición se le notificará la imposibilidad de realizar la comunicación al Registro del Ministerio indicándole las causas, así como que para la inscripción de la instalación será necesario enmendar los defectos y realizar una nueva comunicación a través del IN407B. Las citadas notificaciones se practicarán solo por medios electrónicos, en los términos previstos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Trámites posteriores.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar durante la tramitación de los procedimientos (IN407B e IN407C) deberán ser realizados electrónicamente accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada accesible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
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Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Resolución de 18 de febrero de 2020, de la Dirección General de Energía y Minas, por la que se regula el procedimiento de comunicación de instalaciones de autoconsumo conectadas en baja tensión y potencia instalada menor a 100 kW, así como el procedimiento de contestación de las empresas distribuidoras (DOG nº 43 de 4 de marzo de 2020).
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Orden de 5 de mayo de 2020 por la que se autoriza y se da publicidad de una relación de procedimientos que, por razones motivadas, deben continuar con su tramitación durante la vigencia del estado de alarma. (DOG nº 90 de 11 de mayo de 2020).
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