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IN308C
Subvenciones a entidades locales para actuaciones encaminadas al acondicionamiento y mejora de las instalaciones de los espacios termales de uso lúdico de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Procedimiento dirigido a: Entidades locales
Consellería de Economía e Industria
Concesión de las ayudas que tienen por objeto fomentar la actividad termal mediante la realización de actuaciones encaminadas al acondicionamiento y mejora de las instalaciones de los espacios termales de uso lúdico de la Comunidad Autónoma de Galicia.
Las actuaciones a subvencionar al amparo de esta convocatoria deberán desarrollarse a lo largo de los años 2025 y 2026.
Las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia
Xunta de Galicia
Consellería de Economía e Industria
Secretaría Xeral de Industria e Desenvolvemento Enerxético
Dirección Xeral de Planificación Enerxética e Minas
Subdirección Xeral de Recursos Minerais
Rúa de Avelino Pousa Antelo, nº 5 (San Lázaro)
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981957092/ 981957259
Email: sx-recursosminerais.ceei@xunta.es
Desde o resto do Estado: 981900643
Plazo de presentación: CERRADO
11/09/2025 09:00 - 13/10/2025 09:00
El plazo de presentación de solicitudes será de un mes; comenzará a las nueve horas del decimoquinto día hábil posterior a aquel en que se publique esta orden en el DOG y concluirá en el mes de vencimiento, a las nueve horas del mismo día ordinal en que comenzó el plazo. Si en el mes de vencimiento no hubiere día equivalente a aquel en que comienza el cómputo, se entenderá que el plazo finaliza el último día del mes. Cuando el último día del plazo sea inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las entidades locales de la Comunidad Autónoma de Galicia que cuenten con el título habilitante para el aprovechamiento lúdico de las aguas termales, al amparo de la Ley 8/2019, de 23 de diciembre, de regulación de aprovechamientos lúdicos de las aguas termales de Galicia, o aquellas en que, con anterioridad a la fecha de presentación de la solicitud de la ayuda, haya sido declarada la condición termal de dichas aguas. En este último caso, será requisito necesario para cobrar la ayuda concedida que en el momento de la justificación, según el plazo establecido en el artículo 20 de estas bases reguladoras, dispongan del título habilitante para su aprovechamiento lúdico.
Las entidades locales podrán gestionar estos aprovechamientos lúdicos directamente o mediante sistema de concesión.
2. No podrán obtener la condición de entidad beneficiaria las entidades en las que concurra alguna de las circunstancias previstas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, general de subvenciones, y en los artículos 10.2 y 10.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.
3. Además, solo podrán ser beneficiarias las entidades locales que cumplieran con el deber de remisión de las cuentas generales de cada ejercicio al Consejo de Cuentas, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 4 del Decreto 193/2011, de 6 de octubre.
Solicitudes.
Plazo de resolución:
Cuatro meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orde de 15 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a entidades locales para actuaciones encaminadas al acondicionamiento y mejora de las instalaciones de los espacios termales de uso lúdico de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (DOG nº 159 de 21 de agosto de 2025).
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Extracto de la Orden de 15 de julio de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de las subvenciones a entidades locales para actuaciones encaminadas al acondicionamiento y mejora de las instalaciones de los espacios termales de uso lúdico de la Comunidad Autónoma de Galicia, y se procede a su convocatoria para el año 2025 (DOG nº 159 de 21 de agosto de 2025).
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