Guía de procedimientos y servicios

CT302A

Adhesión a la marca "Fest Galicia" y la realización de contratos de patrocinio con entidades privadas para la realización de festivales de música profesionales.

Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales

Convocatoria 2025 - Plazo cerrado: 13/05/2025 00:00 - 02/06/2025 23:59

Consellería de Cultura, Lengua y Juventud

Sobre el procedimiento

Determinar los requisitos para la adhesión a la marca “FEST GALICIA” de los festivales de música profesionales que se celebren en Galicia durante el ano 2025 y establecer las condicións para poder optar a un contrato de patrocinio.

Empresas privadas organizadoras de festivales de música.

Xunta de Galicia

Consellería de Cultura, Lingua e Xuventude

Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)

Cidade da Cultura. Monte Gaiás, s/n

15781  Santiago de Compostela  (Coruña, A)

Teléfono: 881996078/ 881996079

Fax: 881996080

Email: agadic@xunta.gal

Axencia Galega das Industrias Culturais (AGADIC)
Requisitos y documentación

Plazo de presentación: CERRADO

13/05/2025 00:00 - 02/06/2025 23:59

El plazo de presentación de las solicitudes será de quince (15) días hábiles, desde el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia.

Requisitos de adhesión a la marca Fest Galicia.

Fest Galicia es la marca creada para difundir los festivales de música profesionales que se celebran en Galicia que tienen un carácter singular, entendiendo como tal aquellos que presentan características especiales y diferenciadoras respecto al resto de eventos de tipología similar. Se busca mostrar la diversidad y la pluralidad del talento musical, apoyando la descentralización de los festivales por todo el territorio de Galicia, para acercar la cultura musical a públicos diversos y parajes especiales, lo que contribuye a impulsar su notoriedad e impacto mediático.

1. Requisitos generales.

Para poder adherirse a la marca Fest Galicia y poder optar a esta convocatoria, los festivales de música, además de someterse a la normativa básica en materia de espectáculos públicos y demás legislación aplicable, deberán cumplir los siguientes requisitos:

– Estar adherido anteriormente a Fest Galicia.

– Celebrarse entre el 15 de junio y el 30 de septiembre de 2025, ambos días incluidos.

– Poner a la venta, al público general, conforme a precios de mercado, un mínimo del 95 % de su capacidad.

– Tener un presupuesto de ejecución en la edición del año 2024 superior a los 100.000,00 euros, más IVA.

– Programar un mínimo de cuatro artistas de Galicia.

– Estar adherido al programa Carné Xove de la Xunta de Galicia.

– Estar promovido por una empresa privada.

2. Categorías de adhesión.

– Categoría 1.

Para poder adherirse a esta categoría, además de los requisitos generales especificados en el epígrafe anterior, los festivales de música profesionales deberán cumplir los siguientes:

• Adhesión a la marca Fest Galicia de un mínimo de cinco ediciones, excepto aquellos que tengan lugar en las provincias de Ourense o Lugo, en los que el mínimo de ediciones adherido será de tres.

• Realización de diez ediciones del festival, excepto aquellos que tengan lugar en las provincias de Ourense o Lugo, en los que el número de ediciones será de cinco.

– Categoría 2.

Para poder adherirse a esta categoría, además de los requisitos generales especificados en el epígrafe anterior, los festivales de música profesionales deberán cumplir los siguientes:

• Adhesión a tres ediciones de Fest Galicia.

• Realización de cinco ediciones del festival.

– Categoría 3.

Para poder adherirse a esta categoría, además de los requisitos generales especificados en el epígrafe anterior, los festivales de música profesionales deberán cumplir los siguientes:

• Adhesión a dos ediciones de Fest Galicia.

• Realización de un mínimo de tres ediciones del festival.

3. Obligaciones del patrocinado.

Los festivales de música que, cumpliendo los requisitos de adhesión a Fest Galicia sean seleccionados en cualquier categoría y, por lo tanto, resulten beneficiarios de un contrato de patrocinio publicitario, deberán cumplir las siguientes prestaciones:

– Presencia de las marcas Xunta de Galicia, Xacobeo y Fest Galicia acompañadas del texto «Con el patrocinio de» en la publicidad del festival, en medios y en las acciones de promoción y comunicación: cartelería, ruedas de prensa, materiales audiovisuales, anuncios... La colocación de las marcas tendrá que ser aprobada por la Agadic con anterioridad a la producción de los materiales.

– Participación en una presentación pública conjunta de todos los festivales adheridos además de la presentación propia de cada festival patrocinado.

– Reserva de un espacio para la presencia en un lugar destacado de un stand de las marcas Xunta de Galicia, Xacobeo y Fest Galicia, con una superficie mínima de 15 m² en el que se desarrollen actividades en el festival y en el que se difunda la/las campaña/s que la Agadic considere de interés.

– Ofertar descuentos a las personas titulares del Carné Xove de la Xunta de Galicia.

– Poner a disposición de la Agadic 10 abonos/entradas para sorteo en redes sociales.

Solicitudes.

1. Las solicitudes se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, http://sede.xunta.gal, y se tramitarán por orden de entrada del registro.

De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

2. Las personas solicitantes deben presentar la solicitud de adhesión a la marca Fest Galicia y de patrocinio, según el modelo del anexo II, e irá acompañada de los documentos que se especifican en la base séptima, así como cumplir con los requisitos establecidos en la base cuarta de esta convocatoria.

El anexo II incluye las siguientes declaraciones responsables:

– Que el evento cumple la normativa vigente en este tipo de actividades, contando con los permisos o autorizaciones administrativas que correspondan, así como las pólizas de seguros y responsabilidad civil necesarias.

– Que la entidad patrocinada asume, de forma expresa, la responsabilidad frente a terceros, participantes o espectadores de cualquier incidencia que pudiera derivarse de la celebración del festival, manteniendo indemne a la Agadic de estas circunstancias.

Documentación complementaria.

1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud (anexo II) la siguiente documentación:

1.1. Documentación administrativa relacionada con la entidad solicitante:

a) DEUC, documento europeo único de contratación que confirma que el operador económico cumple las condiciones siguientes:

– Que cumple las condiciones establecidas legalmente para contratar con la Administración.

– Que no se encuentra en ninguna de las situaciones de exclusión o posible exclusión previstas en la normativa de contratos (prohibiciones de contratar).

– Que cumple los criterios de selección pertinentes (los criterios de solvencia).

Puede accederse al formato electrónico en:

https://visor.registrodelicitadores.gob.es/espd-web/filter?lang=es

El formulario, disponible en castellano, podrá, en ese sitio, cumplimentarse e imprimirse para enviar al órgano de contratación junto con el resto de la oferta.

También puede accederse al formulario DEUC en la web de la Consellería de Hacienda y Administración Pública de la Xunta de Galicia, en el apartado de la Xunta consultiva de contratación administrativa, en formato odt:

– Versión en gallego:

https://www.conselleriadefacenda.gal/areas-tematicas/patrimonio/xunta-consultiva-de-contratacion-administrativa/procedemento-de-contratacion

– Versión en castellano:

https://www.conselleriadefacenda.gal/es/areas-tematicas/patrimonio/xunta-consultiva-de-contratacion-administrativa/procedemento-de-contratacion

Para facilitar su elaboración, puede consultar las instrucciones para completar el formulario DEUC en el anexo III.

b) Declaración complementaria al DEUC que figura como anexo IV de esta resolución.

c) Memoria que acredite las razones técnicas o artísticas o los motivos por los que solo pueda encomendarse a un empresario determinado para justificar la no competencia por razones técnicas de conformidad con lo establecido en el artículo 168.a).2 de la Ley 9/2017, de 8 de noviembre, de contratos del sector público.

1.2. Documentación técnica.

Las personas solicitantes tendrán que presentar:

a) Anexo V con el resumen de su propuesta técnica donde especificarán cuales serían las contraprestaciones de las relacionadas en la base 11 de los pliegos así como cualquier otra documentación complementaria a su propuesta técnica.

También contendrá la memoria del festival, con un máximo de 25 páginas, en la que se recojan de manera detallada los siguientes aspectos:

– Descripción del festival.

– Lugar de celebración.

– Antecedentes, trayectoria, historia.

– Perfil del público al que se dirige.

– Objetivos generales y específicos que se quieren alcanzar con este festival.

– Programa del festival.

– Artistas de Galicia.

– Beneficios que reportará a las marcas, explicando las contraprestaciones de conformidad con lo exigido en estos pliegos.

– Plano del recinto o lugar donde se desarrolla el festival, indicando la situación prevista de las marcas.

– Entidades implicadas (indicar las entidades, tanto públicas como privadas, que avalan o colaboran en el desarrollo del festival).

– Justificante de adhesión al Carné Xove de la Xunta de Galicia.

– Porcentaje de descuento y entradas puestas a disposición de los titulares del Carné Xove de la Xunta de Galicia.

2. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.

Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.

Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias adjuntadas por la persona interesada, para lo que podrá requerir la presentación del documento o de la información original.

3. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.

4. En caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el punto anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Comprobación de datos.

1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:

– DNI o NIE de la persona solicitante.

– DNI o NIE de la persona representante.

– NIF de la entidad solicitante.

– Certificado de estar al corriente en el pago de obligaciones tributarias con la AEAT.

– Certificado de estar al corriente en el pago con la Seguridad Social.

– Certificado de estar al corriente en el pago de las deudas con la Administración pública de la Comunidad Autónoma.

2. En caso de que las personas interesadas se opongan a la consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.

Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.

3. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.

4. En caso de que las actuaciones de oficio, llevadas a cabo por la Agadic, diesen como resultado que la persona solicitante tiene deudas u obligaciones con alguna de estas administraciones, se requerirá al solicitante para que regularice la situación y presente por sí mismo el correspondiente certificado.

Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.

Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Después de presentar

Plazo de resolución:

Cinco meses

Sentido del silencio:

Negativo

Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"

Normativa
  • Ámbito Autonómico
    • Resolución de 23 de abril de 2025 por la que se establecen las condiciones para la adhesión a la marca Fest Galicia y los requisitos para la realización de contratos de patrocinio con entidades privadas para la realización de festivales de música profesionales en el año 2025 (DOG nº 89 del 12 de mayo de 2025).

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