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Detalle procedemento
BS650F
Complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de las/los pensionistas de la seguridad social en su modalidad no contributiva.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería de Política Social e Igualdad
Esta orden tiene por objeto publicar el modelo actualizado de solicitud de complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de las/los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva para su presentación en la Comunidad Autónoma de Galicia.
Pensionistas de la seguridad social en su modalidad no contributiva.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña
Servizo de Prestacións, Inclusión e Inmigración da Coruña
Gregorio Hernández, nº 2 (Espazo Amizar)
15011 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 881881246/ 881881903
Fax: 881881202
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Lugo
Servizo de Prestacións, Inclusión e Inmigración de Lugo
Ronda da Muralla, 70
27071 Lugo (Lugo)
Teléfono: 982294437
Fax: 982294359
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Ourense
Servizo de Prestacións, Inclusión e Inmigración de Ourense
Saenz Díez, 33 baixo
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386192
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo
Servizo de Prestacións, Inclusión e Inmigración de Vigo
Rúa Concepción Arenal, 8
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986817230
Fax: 986817294
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Inclusión Social
Subdirección Xeral de Prestacións e Programas de Inclusión
Servizo de Prestacións e Acción Social
SAN CAETANO S/N
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981541899
Plazo de presentación: Abierto todo el año
Esta orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Diario Oficial de Galicia y las solicitudes podrán presentarse desde el 1 de enero al 31 de diciembre de cada año.
La persona pensionista, para el cumplimiento de los requisitos establecidos en el artículo 2 del Real decreto 1191/2012, de 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de las/los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva, deberá adjuntar a la solicitud la siguiente documentación:
a) Documento que acredite la representación cuando la solicitud la suscriba una persona distinta de la persona beneficiaria de la pensión no contributiva.
b) Copia compulsada del contrato de alquiler en vigor.
En el caso de que ya hubiese sido presentada anteriormente no será necesario adjuntarla. A estos efectos, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó el citado documento.
Si no existiera contrato de arrendamiento escrito, la condición de arrendatario se justificará por otro medio de prueba válido en derecho, siempre que éste acredite la localización de la vivienda, que debe coincidir con la residencia habitual del pensionista, la vigencia mínima del arrendamiento de un año, la identificación del arrendador y del arrendatario, figurando nombre y apellidos, NIF y domicilio de ambos.
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de las solicitudes podrá utilizarse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y llave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica. Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, la Administración podrá requerir la exhibición del documento original para el cotejo de la copia electrónica presentada.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
En el caso de que alguno de los documentos a presentar de forma electrónica superase los tamaños máximos establecidos o tuviera un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de éstos de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el párrafo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
A través de la carpeta del ciudadano disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia las personas interesadas podrán relacionarse electrónicamente con la Administración competente y realizar los trámites necesarios para la tramitación del procedimiento, consultar su estado de tramitación y conocer los actos de trámite realizados.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia tiene a disposición de las personas interesadas una serie de modelos normalizados para facilitar la realización de trámites administrativos después de la presentación de las solicitudes de inicio. Estos modelos se presentarán por medios electrónicos accediendo a la carpeta del ciudadano de la persona interesada disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia. Cuando las personas interesadas no estén obligadas a la presentación electrónica de las solicitudes también podrán presentarlas presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
- Inicio
- Solicitud (Anexo I)
Plazo de resolución: Tres meses
Sentido del silencio: Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Orden de 11 de abril de 2017 por la que se publica el modelo actualizado de solicitud de complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de las/los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva para su presentación en la Comunidad Autónoma de Galicia (DOG nº 83 del 2 de mayo de 2017).
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Ámbito Estatal
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Real Decreto 1191/2012, del 3 de agosto, por el que se establecen normas para el reconocimiento del complemento de pensión para el alquiler de vivienda a favor de los pensionistas de la Seguridad Social en su modalidad no contributiva (BOE nº 186 del 4 de agosto de 2012).
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