Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
BS402B
Nuevo ingreso/renovación de plaza en escuelas infantiles 0-3 para hijas/os del personal de la Xunta de Galicia.
Procedimiento dirigido a: Empresas y profesionales
Consellería de Política Social e Igualdad
Covocatoria, para el curso 2025/2026, del procedimiento de adjudicación de plazas para hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico en escuelas infantiles dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales (AGASS) de la localidad donde presta servicios.
Hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico en escuelas infantiles dependientes de la Agencia Gallega de Servicios Sociales (AGASS) de la localidad donde presta servicios.
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Dirección Xeral de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica
Subdirección Xeral de Demografía e Conciliación
Servizo de Conciliación Familiar
Edificio Administrativo San Caetano. Edificio a Pirámide
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981545666
Email: demografiaeconciliacion@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade da Coruña
Servizo de familia, Infancia e Dinamización Demografica da Coruña
Rúa Gregorio Hernández, nº 2-4
15071 Coruña, A (Coruña, A)
Teléfono: 981185755
Fax: 981185737
Email: administrativos.familia.coruna@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Lugo
Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Lugo
Ronda da Muralla, nº 70
2707 Lugo (Lugo)
Teléfono: 981294354
Fax: 982294386
Email: familia.politicasocial.lugo@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Ourense
Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica de Ourense
Rúa Saénz Díez, nº 39-baixo
32003 Ourense (Ourense)
Teléfono: 988386595
Fax: 988386131
Email: familia.politicasocial.ourense@xunta.gal
Xunta de Galicia
Consellería de Política Social e Igualdade
Departamento Territorial da Consellería de Política Social e Igualdade de Vigo
Servizo de Familia, Infancia e Dinamización Demográfica Vigo
Rúa Concepción Arenal, nº 8 - 1º
36201 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986 817794/ 986 817816
Fax: 986817049
Email: Familia.ctb.vigo@xunta.gal
Plazo de presentación: CERRADO
15/03/2025 00:00 - 31/10/2025 23:59
1. El plazo para la presentación de las solicitudes, tanto de reserva de plaza como de nuevo ingreso, comienza el día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia y finaliza el día 4 de abril de 2025.
2. Se admitirán, con carácter excepcional, las solicitudes presentadas hasta el día 31 de octubre de 2025. Esta admisión estará condicionada a la existencia de plazas disponibles para el grupo de edad del niño o de la niña en el centro donde se solicita la plaza.
Serán requisitos para ser persona adjudicataria de plaza en las escuelas infantiles 0-3, objeto de esta resolución:
a) Que el niño o la niña ya haya nacido en el momento de presentación de la solicitud y tenga su residencia en Galicia.
b) Que tenga una edad mínima de tres meses en la fecha de ingreso en la escuela infantil en la que obtenga plaza y no tenga cumplidos los 3 años de edad a 31 de diciembre de 2025. No obstante lo anterior, se podrá eximir del límite de edad de los 3 años a los niños y las niñas con necesidades específicas de apoyo educativo, de acuerdo con el Decreto 229 /2011, de 7 de diciembre, por el que se regula la atención a la diversidad del alumnado de los centros docentes de la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Que las familias que ya hayan escolarizado a un hijo o hija en el mismo centro o en cualquier otro centro de la Red pública autonómica A Galiña Azul, que comprende las escuelas infantiles 0-3 dependientes de la Agass y del Consorcio Gallego de Servicios de la Igualdad y del Bienestar, deberán estar al corriente en el pago de las cuotas por los servicios complementarios recibidos en la fecha de presentación de la solicitud, tanto en los supuestos de renovación de plaza como de nuevo ingreso en los centros de la Agass.
Solicitudes.
1. Las solicitudes para la renovación de plaza del alumnado escolarizado durante el curso 2024/25, así como las de nuevo ingreso (procedimiento BS402B) se presentarán obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado (anexo I), marcando la opción que corresponda, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
De conformidad con el artículo 68.4 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común de las administraciones públicas, si alguna de las personas interesadas presenta su solicitud presencialmente, será requerida para que la subsane a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que sea realizada la enmienda.
Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
2. Se admitirán, con carácter excepcional, las solicitudes presentadas hasta el día 31 de octubre de 2025. Esta admisión estará condicionada a la existencia de plazas disponibles para el grupo de edad del niño o de la niña en el centro donde se solicita la plaza.
Documentación complementaria.
1. Para la renovación de plaza y nuevo ingreso, las personas interesadas al servicio del sector público autonómico deberán presentar con la solicitud el anexo III, en el caso de personas solicitantes separadas o divorciadas, que necesitan de una autorización expresa del progenitor o progenitora, no solicitante, para presentar la solicitud de plaza.
2. Además, para nuevo ingreso, las personas interesadas deberán presentar, con la solicitud, la siguiente documentación:
a) Copia del libro de familia o, en su defecto, otro documento que acredite oficialmente la situación familiar.
b) Informe sobre la necesidad de integración en la escuela infantil, acreditada por un equipo de valoración y orientación de la Consellería de Política Social e Igualdad, en el caso de los niños y de las niñas con necesidades específicas de apoyo educativo.
c) Copia de la resolución administrativa de acogimiento o de guarda con fines adoptivos cuando estén formalizados por otra comunidad autónoma distinta de la gallega.
d) Si procede, otros documentos en los que consten incidencias sociofamiliares, computables en el baremo, en los supuestos en los que este sea de aplicación y que a continuación se relacionan:
1º. Justificante actualizado de ocupación de la persona cónyuge o pareja, en su caso, en el supuesto de personas trabajadoras que no estén dadas de alta en el régimen general de la Seguridad Social.
2º. Certificado administrativo de monoparentalidade expedido por otra comunidad autónoma.
3º. Copia del título de familia numerosa, en caso de que no sea expedido por la Administración de la Comunidad Autónoma de Galicia.
3. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, no será necesario presentar los documentos que ya hubieran sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó dichos documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se hubieran podido obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
4. La documentación complementaria deberá presentarse electrónicamente.
Si alguna de las personas interesadas presenta la documentación complementaria presencialmente, será requerida para que la enmiende a través de su presentación electrónica. A estos efectos, se considerará como fecha de presentación aquella en la que sea realizada la enmienda.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar de manera motivada el cotejo de las copias presentadas por la persona interesada, para lo cual podrán requerir la exhibición del documento o de la información original.
5. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberá indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si dispone de él.
6. En caso de que alguno de los documentos que se van a presentar de forma electrónica supere los tamaños máximos establecidos o tenga un formato no admitido por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, se permitirá la presentación de este de forma presencial dentro de los plazos previstos y en la forma indicada en el artículo anterior. La información actualizada sobre el tamaño máximo y los formatos admitidos puede consultarse en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
Comprobación de datos.
1. Para tramitar este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) Documento nacional de identidad/número de identificación de extranjero (DNI/NIE) de la persona al servicio del sector público autonómico solicitante y de la persona cónyuge o pareja, en su caso.
b) Declaración del impuesto sobre la renta de las personas físicas (IRPF), de la persona solicitante, de la/del cónyuge o pareja y demás miembros de la unidad familiar, en su caso, correspondiente al último período impositivo con plazo de presentación vencido en el momento de presentación de la solicitud.
c) Situación física del puesto de trabajo del Registro Central de Personal de la Dirección General de Empleo Público y Administración de Personal de la Consellería de Hacienda y Administración Pública.
2. En los supuestos de solicitudes de nuevo ingreso, se consultarán además los siguientes datos, cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) Resolución de acogimiento o guarda con fines adoptivos del niño o de la niña para quien se solicita plaza, formalizados por la Comunidad Autónoma de Galicia.
b) Certificado de monoparentalidade reconocida por la Comunidad Autónoma de Galicia.
c) Título de familia numerosa expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.
d) Certificado de alta en la Seguridad Social, en la fecha de presentación de la solicitud, de la persona cónyuge o pareja, en su caso.
3. En caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario y presentar los documentos acreditativos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
4. Excepcionalmente, en caso de que alguna circunstancia imposibilite la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas que presenten los documentos correspondientes.
5. La persona solicitante firmará en la declaración responsable que forma parte de la solicitud que dispone del documento firmado por la persona cónyuge o pareja de la persona solicitante u otros miembros de la unidad familiar, en su caso, en el que autoriza la comprobación de los datos de esta última, conforme al modelo del anexo II. Dicho documento podrá ser requerido por la Administración pública en cualquier momento.
Asimismo, en caso de que la persona cónyuge o pareja de la persona solicitante, u otros miembros de la unidad familiar, en su caso, se opongan a la comprobación de datos, lo harán constar en dicha declaración responsable y, consecuentemente, presentarán los documentos que los acrediten.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de la solicitud.
Todos los trámites administrativos que las personas interesadas deban realizar tras la presentación de la solicitud deberán ser efectuados electrónicamente accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.
- Fase de Solicitud
- En el caso de personas solicitantes, separadas o divorciadas, que necesitan de una autorización expresa del progenitor o progenitora no solicitante para presentar la solicitud de plaza (Anexo III)
- Comprobación de datos de la persona cónyuge, pareja u otros miembros de la unidad familiar (Anexo II)
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
-
Ámbito Autonómico
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Resolución de 10 de marzo de 2025 por la que se convoca el procedimiento de adjudicación de plazas en las escuelas infantiles dependientes de esta agencia destinadas a hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico para el curso 2025/26 (DOG nº 51 del 14 de marzo de 2025).
-
Resolución de 21 de mayo de 2025 por la que se publican las resoluciones de 20 de mayo de 2025 por las que se resuelve la aprobación de la relación definitiva de personas admitidas y de la lista de espera de los hijos e hijas del personal al servicio del sector público autonómico para el curso 2025/26 en las escuelas infantiles 0-3 dependientes de esta agencia (DOG nº 102 de 30 de mayo de 2025).
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Nuevo ingreso en escuelas infantiles 0-3.
Plazo abierto: 15/03/2025 00:00 - 13/03/2026 23:59