Guía de procedimientos y servicios
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Detalle procedemento
PE606A
Plazas de residencia en los centros dependientes de la Consejería del Mar.
Procedimiento dirigido a: Ciudadanos
Consellería del Mar
La presente orden tiene por objeto establecer las bases reguladoras para el acceso a las plazas de residencia y de comedor en los centros residenciales de la Consellería del Mar, así como convocar las plazas residenciales vacantes para el curso escolar 2022/23 (código de procedimiento PE606A).
Clases de plazas.
Las plazas podrán adjudicarse en las siguientes modalidades:
a) Servicios de residencia en pensión completa: habitación, desayuno, comida y cena.
b) Servicios en media pensión: comida cinco días a la semana de lunes a viernes.
c) Servicio de comida diaria no regular.
Alumnado que, durante el curso escolar, esté matriculado en los centros de formación dependientes de esta consellería.
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Escola Oficial Náutico Pesqueira de Ribeira
Praia de Coroso, s/n
15950 Ribeira (Coruña, A)
Teléfono: 981874476
Fax: 981874368
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Escola Oficial Náutico Pesqueira de Ferrol
Rúa Aneiros, s/n - Serantes
15405 Ferrol (Coruña, A)
Teléfono: 981317611
Fax: 981328005
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Instituto Politécnico Marítimo-pesqueiro del Atlántico de Vigo
Beiramar, nº 55
36202 Vigo (Pontevedra)
Teléfono: 986235609
Fax: 986201286
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Centros Públicos de Ensinanzas Náuticas e Marítimo-pesqueiro
Instituto Galego de Formación en Acuicultura da Illa de Arousa
Niño do Corvo, s/n
36626 Vilanova de Arousa (Pontevedra)
Teléfono: 986527101
Fax: 986527161
Xunta de Galicia
Consellería do Mar
Dirección Xeral de Desenvolvemento Pesqueiro
Subdirección Xeral de Xestión, Ensino e Relacións Sectoriais
Servizo de Ensino e Titulacións Náutico-pesqueiras
Rúa dos Irmandiños, s/n - Salgueiriños
15781 Santiago de Compostela (Coruña, A)
Teléfono: 981546141
Email: cma.dxdesenvolvemento@xunta.es
Plazo de presentación: CERRADO
08/07/2022 00:00 - 29/07/2022 23:59
16/09/2022 00:00 - 23/09/2022 23:59
Plazo ordinario (8/07/2022-29/07/2022).
Según el artículo 17.5 de la Orden del 7 de junio de 2022 (DOG nº 129 del 7 de julio de 2022), se establece un plazo extraordinario de presentación de solicitudes para los ciclos formativos, que será del 16 al 23 de septiembre de 2022.
Podrán ser personas beneficiarias de las plazas de residencia o de comedor todo el alumnado que, durante el curso escolar, esté matriculado en los centros de formación dependientes de esta consellería y realice los siguientes estudios:
a) Marítimo-pesqueros:
– Ciclos formativos de grado medio y superior de la familia profesional marítimo-pesquera.
b) Náutico-pesqueros:
– Cursos de capitán/capitana de pesca, patrón/patrona costero/a polivalente, ampliación de atribuciones para patrones/as costeros/as polivalentes, patrón/patrona local de pesca y marinero/a pescador/a.
Solicitudes.
1. Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal
2. Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común. También podrán presentarse directamente en las secretarías de los centros residenciales correspondientes.
3. Para la presentación electrónica de las solicitudes se podrá emplear cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).
4. En el caso de existir plazas vacantes, se establece un plazo extraordinario de presentación de solicitudes para los ciclos formativos, que será del 16 al 23 de septiembre de 2022.
5. Además, se podrán presentar solicitudes a lo largo del curso escolar. En este caso, el plazo para la presentación de solicitudes finalizará el mismo día en el que finalicen los plazos de matrícula de cada modalidad de curso.
6. Las personas que en el curso académico anterior hubiesen tenido plaza de residencia la conservarán para el siguiente curso de un ciclo formativo, previa presentación de la correspondiente solicitud en período ordinario, de acuerdo con el plazo establecido en el apartado 4, y siempre que acrediten el cumplimiento de los requisitos académicos para el curso y no sean repetidores/as de este.
Documentación complementaria.
1. Las personas interesadas deberán adjuntar con la solicitud la siguiente documentación, que será requerida por la Comisión de Valoración para justificar cada uno de los criterios de valoración declarados en el artículo 10:
a) Anexo II. Comprobación de los datos de otras personas que componen la unidad familiar, en su caso.
b) Certificado de convivencia de las personas que componen la unidad familiar, en su caso. La fecha de su expedición será posterior a la publicación de esta convocatoria.
c) Documentación acreditativa de la condición de orfandad, en su caso.
d) Documentación acreditativa de familia monoparental, mediante certificado de familia monoparental, convenio regulador o resolución de medidas paterno/maternofiliales, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
e) Copia de la certificación académica en la que figuren las notas correspondientes al curso escolar inmediatamente anterior a esta convocatoria para aquellos/as solicitantes que procedan de otro centro formativo. Estará exento de presentar esta certificación el alumnado de los cursos especificados en el artículo 2, apartado b).
f) Título de familia numerosa, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
g) Documentación acreditativa del grado de discapacidad igual o superior al 33 % de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar, en el caso de ser expedido por otra comunidad autónoma.
2. De conformidad con el artículo 28.3 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del procedimiento administrativo común, no será necesario aportar los documentos que ya hubiesen sido presentados anteriormente por la persona interesada ante cualquier Administración. En este caso, la persona interesada deberá indicar en qué momento y ante qué órgano administrativo presentó los mencionados documentos, que serán recabados electrónicamente a través de las redes corporativas o mediante consulta a las plataformas de intermediación de datos u otros sistemas electrónicos habilitados al efecto, excepto que conste en el procedimiento la oposición expresa de la persona interesada.
De forma excepcional, si no se pudiesen obtener los citados documentos, podrá solicitarse nuevamente a la persona interesada su aportación.
3. La documentación complementaria se presentará preferiblemente por vía electrónica.
Opcionalmente, las personas interesadas podrán presentar la documentación complementaria presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Las personas interesadas se responsabilizarán de la veracidad de los documentos que presenten. Excepcionalmente, cuando la relevancia del documento en el procedimiento lo exija o existan dudas derivadas de la calidad de la copia, la Administración podrá solicitar, de manera motivada, el cotejo de las copias aportadas por la persona interesada, para lo cual podrá requerir la exhibición del documento o de la información original.
4. Siempre que se realice la presentación de documentos separadamente de la solicitud, se deberán indicar el código y el órgano responsable del procedimiento, el número de registro de entrada de la solicitud y el número de expediente, si se dispone de él.
Comprobación de datos.
1. Para la tramitación de este procedimiento se consultarán automáticamente los datos incluidos en los siguientes documentos en poder de la Administración actuante o elaborados por las administraciones públicas, excepto que la persona interesada se oponga a su consulta:
a) DNI o NIE de la persona solicitante.
b) DNI o NIE de la persona representante, en su caso.
c) DNI o NIE del resto de las personas de la unidad familiar, en su caso.
d) Títulos oficiales no universitarios y títulos oficiales universitarios de los hermanos y de las hermanas de las personas solicitantes, en su caso.
e) Declaración del IRPF tanto de la persona solicitante como de los demás miembros que componen la unidad familiar obligados a declarar (anexo I en el caso del solicitante y anexo II para los demás miembros que componen la unidad familiar).
Se consultarán, además, los siguientes datos cuando la persona interesada haga constar en la solicitud que le es de aplicación la circunstancia que acredita el documento correspondiente:
a) Título de familia numerosa expedido por la Administración autonómica.
b) Certificación del grado de discapacidad igual o superior al 33 % de la persona solicitante o de cualquiera de las personas que componen la unidad familiar, cuando sea expedida por la Xunta de Galicia.
c) Certificado de familia monoparental, sentencia de separación/divorcio, convenio regulador o resolución de medidas paterno/maternofiliales, expedido por la Comunidad Autónoma de Galicia.
2. En el caso de que las personas interesadas se opongan a esta consulta, deberán indicarlo en la casilla correspondiente habilitada en el formulario correspondiente y adjuntar los documentos.
Cuando así lo exija la normativa aplicable, se solicitará el consentimiento expreso de la persona interesada para realizar la consulta.
3. Excepcionalmente, en el caso de que alguna circunstancia imposibilitase la obtención de los citados datos, se podrá solicitar a las personas interesadas la presentación de los documentos correspondientes.
Trámites administrativos posteriores a la presentación de solicitudes.
La sede electrónica de la Xunta de Galicia permite a las personas interesadas realizar trámites electrónicos con posterioridad al inicio del expediente, accediendo a la Carpeta ciudadana de la persona interesada. Opcionalmente, las personas interesadas también podrán realizar los mencionados trámites presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Plazo de resolución:
Tres meses
Sentido del silencio:
Negativo
Una vez presentado este trámite puede consultar su expediente en "Mi sede"
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Ámbito Autonómico
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Decreto 143/2013, de 12 de septiembre, por el que se fijan los precios públicos por los servicios de residencia y comedor prestados en los centros de formación de las familias marítimo-pesquera y agroforestal, así como los precios de matrícula en el Aula de Seguridad y Salvamento, dependientes de esta consellería (DOG nº 176 del 16 de septiembre de 2013).
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Orden de 7 de junio de 2022 por la que se establecen las bases reguladoras para el acceso a las plazas de residencia y de comedor en los centros residenciales de esta consellería y se convoca la oferta de plazas para el curso académico 2022/23 (DOG nº 129 del 7 de julio de 2022).
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Otros procedimientos relacionados
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